El diputado Luis Lacalle Pou (Aire Fresco) presentó un proyecto de ley por el cual se suprime la duración máxima de la medida de privación de libertad de cinco años en los menores de edad.

“La modificación propuesta del inciso primero del artículo 91 del Código de la Niñez y Adolescencia, viene suprimir la duración máxima de la medida de privación de libertad establecida en cinco (5) años”, expresa Lacalle Pou en su fundamento de voto.

Precisamente, fue de cinco años la pena que le otorgaron en la víspera al menor de edad de 17 años que fue el asesinato del pizzero de La Pasiva.

Asimismo, “considerando que la realidad actual impone como objetivo la rehabilitación integral del adolescente, que no necesariamente se va a cumplir en el plazo acotado antes referido y que dependerá en cuanto a su máximo en cada caso, de la gravedad ontológica de la conducta y pronunciamiento del Tribunal competente”.

El Artículo único propono que se sustituya el inciso 1º del artículo 91 de la Ley 17.823 de 7 de setiembre de 2004, el cuál quedara redactado de la siguiente forma: “Artículo 91. (Duración de las medidas de privación de libertad). Las medidas de privación de libertad tendrán una duración acorde a la gravedad ontológica de la conducta. Dependerán de la pretensión punitiva que el Ministerio Publico ejerza y de la figura delictiva a recaer según el Magistrado actuante”.

En ningún caso el adolescente que al llegar a los dieciocho años permanece sujeto a medidas, cumplirá lo que le resta en establecimientos destinados a los adultos.

En situaciones de peligrosidad manifiesta, “se adoptarán las medidas que fueren compatibles con la seguridad de la población y los propósitos de recuperación del infractor”.