Hasta el 31 de julio de 2014 los jubilados y pensionistas pueden tramitar la exoneración de la Contribución Inmobiliaria en Montevideo.

Para acceder a este beneficio deben cumplirse las siguientes condiciones:

El jubilado o pensionista debe ser sujeto pasivo del impuesto: propietario, poseedor a cualquier título, promitente comprador con promesa inscripta, mejor postor en remate judicialmente aprobado. El bien puede ser propio o ganancial, con independencia de cuál de los cónyuges tenga la administración.

El inmueble objeto de la exoneración debe ser la casa habitación del jubilado.

Debe ser la única propiedad en todo el país.

Los ingresos nominales del núcleo familiar no deben superar las cinco bases de prestaciones y contribuciones: $ 14.095.

El valor imponible no puede superar $ 489.217.

Si el valor del inmueble está comprendido entre $ 489.217 y $ 733.827 la exoneración puede otorgarse por hasta 50%.

El trámite podrá realizarse en los centros comunales zonales, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17.

Fuente: Intendencia de Montevideo. www.montevideo.gub.uy