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	Comentarios en: Seminario “Los sistemas de cuidados: ¿una respuesta a los nuevos desafíos de la protección y el bienestar social?	</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
	<lastBuildDate>Sun, 23 Aug 2009 15:35:15 +0000</lastBuildDate>
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		Por: Gustavo		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gustavo]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 23 Aug 2009 15:35:15 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Me parece muy interesante el marco del trabajo. Por mi parte, me parece que debería apuntarse a un sistema en base a un contrato vitalicio de Seguridad, Entretenimiento y Salud que sea suscripto voluntariamente (al menos al comienzo, pero podría pensarse en que sea obligatorio más adelante) por los trabajadores en cualquier momento de su vida laboral. Ese contrato sería cobrado por el BSE / BPS en cuotas mensuales al igual que los aportes jubilatorios y le dará derecho al trabajador a un contrato vitalicio que debe ser ejecutado por algún gestor de salud que elija el trabajador entre los registrados ante el BPS.
El gestor de cuidados al adulto mayor (CGAM) debe proporcionar cuidados de salud, oportunidades de entretenimiento y debe proporcionar una cama adecuada a la situación de autonomía que tenga el beneficiario del seguro.
Todo trabajador que contrate este seguro vitalicio tiene derecho luego de los 80 años a una internación en el CGAM que haya elegido y también puede hacerlo antes, si una junta médica del BPS define que ha perdido su autovalidez en fomra prematura.
Los CGAM]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Me parece muy interesante el marco del trabajo. Por mi parte, me parece que debería apuntarse a un sistema en base a un contrato vitalicio de Seguridad, Entretenimiento y Salud que sea suscripto voluntariamente (al menos al comienzo, pero podría pensarse en que sea obligatorio más adelante) por los trabajadores en cualquier momento de su vida laboral. Ese contrato sería cobrado por el BSE / BPS en cuotas mensuales al igual que los aportes jubilatorios y le dará derecho al trabajador a un contrato vitalicio que debe ser ejecutado por algún gestor de salud que elija el trabajador entre los registrados ante el BPS.<br />
El gestor de cuidados al adulto mayor (CGAM) debe proporcionar cuidados de salud, oportunidades de entretenimiento y debe proporcionar una cama adecuada a la situación de autonomía que tenga el beneficiario del seguro.<br />
Todo trabajador que contrate este seguro vitalicio tiene derecho luego de los 80 años a una internación en el CGAM que haya elegido y también puede hacerlo antes, si una junta médica del BPS define que ha perdido su autovalidez en fomra prematura.<br />
Los CGAM</p>
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