Sociedad Uruguaya

Llamado para Becas o Pasantías en la ANP

Bases del Llamado a aspirantes a cumplir becas o pasantías en la Administración Nacional de Puertos (Resolución de Presidencia de la ANP. Nº 05/10 del 13/01/2010).

División Recursos Humanos.

Enero de 2010.

La Administración Nacional de Puertos (A.N.P.), a través de la División Recursos Humanos, llama a estudiantes avanzados o profesionales recién recibidos de las siguientes áreas de conocimiento para cumplir becas o pasantías:

Tipo de Estudios           Cantidad    Lugar       Nivel Mínimo Escolaridad

Bachillerato Administración 4 Colonia 80% o más de materias aprobadas.

Abogacía 2 Montevideo 4to año aprobado.

Archivología 1 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Arquitectura 3 Montevideo 4to año aprobado.

Auxiliar Técnico Comunicación Social, Opción RRPP 1 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Bachillerato Administración 34 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Carpintería 2 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Cerrajería 1 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Contador y/o Economista 4 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Dibujante Técnico 1 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Electromecánica Automotriz 2 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Escribanía 2 Montevideo Técnicas Notariales I, II Y IV aprobadas.

Herrería 1 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Ingeniería Civil 1 Montevideo 4to año aprobado.

Ingeniería Eléctrica, Opción Potencia 2 Montevideo 4to año aprobado.

Ingeniería Mecánica 1 Montevideo 4to año aprobado.

Ingeniería Naval 1 Montevideo 4to año aprobado.

Ingeniería Química Industrial 1 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Ingeniería Tecnológica Electrotécnica 2 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Licenciatura Comercio Exterior o Relaciones Internacionales 1 Montevideo 50% o más de materias aprobadas.

Licenciatura Trabajo Social 3 Montevideo 80% o más de materias aprobadas

Mecánica Automotriz 2 Montevideo 80% o más de materias aprobadas

Mecánica Naval 2 Montevideo 80% o más de materias aprobadas

Soldadura 3 Montevideo 80% o más de materias aprobadas

Técnico Administración

Pública 2 Montevideo 80% o más de materias aprobadas

Técnico Electricista 4 Montevideo 80% o más de materias aprobadas

Técnico Instalaciones Sanitarias 4 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Técnico Tornería 2 Montevideo 80% o más de materias aprobadas.

Bachillerato Administración 2 Nueva Palmira 80% o más de materias aprobadas.

Mantenimiento Industrial Electromecánico 2 Nueva Palmira 80% o más de materias aprobadas.

Este llamado se inscribe en las reglamentaciones establecidas por los artículos 620 al 627 de la Ley Nº 17.296 (del 21 de febrero de 2001) y el Decreto 344/001 (del 28 de agosto de 2001). Es de carácter público y abierto a estudiantes o egresados de instituciones públicas y privadas (habilitadas o autorizadas).

1. REQUISITOS EXCLUYENTES:

Ser Ciudadano/a Uruguayo/a.

Ser mayor de 18 años de edad al momento de la inscripción.

No haber realizado anteriormente becas o pasantías en ningún organismo público (Ley 17.296 del 21/02/2001).

Poseer nivel de escolaridad mínima requerida en estas bases.

Haber aprobado por lo menos una materia en el año 2009.

2. PLAZO Y MODALIDAD:

Los seleccionados serán contratados, en carácter de becarios o pasantes, por el término de un año.

A los nueve meses de haber ingresado, se hará una evaluación de su desempeño. En caso de ser contrato de beca, se determinará la posibilidad de extender la misma un año más, siempre y cuando siga siendo necesaria ésta y haya aprobado, por lo menos, una asignatura en el año anterior al período de prórroga.

Al momento de la firma del contrato, el becario o pasante no deberá poseer otra actividad laboral.

La carga horaria será de seis horas diarias, de lunes a viernes.

Recibirá una retribución mensual equivalente a 4 BPC y beneficios legalmente admitidos.

Recibirá la ropa u equipo de trabajo necesario para el cumplimiento de sus labores.

El régimen de beca es incompatible con la realización de horas extras.

El becario o el pasante tendrá derecho a usufructuar una licencia ordinaria de veinte días hábiles por el año de contratación y hasta un máximo de veinte días hábiles anuales computables dentro del período del contrato de licencia por estudios, exigiéndole acreditación del o los exámenes rendidos.

En cuanto al otorgamiento de licencia por enfermedad, se seguirán los procedimientos establecidos para los funcionarios de la ANP.

Será causal de rescisión de la beca o pasantía haber incurrido en cinco o más inasistencias en el año.

3. INSCRIPCIONES:

Las Inscripciones realizarán del 01 al 12 de Febrero del 2010 (inclusive).

Se recepcionarán de lunes a viernes de 09 a 17 horas en el Edificio Sede de la ANP – 4º piso – Oficina Nº 407, o en las sedes de los Puertos de Colonia y Nueva Palmira.

Las bases del llamado y el formulario de inscripción estarán disponibles para los postulantes en la página Web de Organismo (www.anp.com.uy).

3.1. DOCUMENTACION NECESARIA PARA LA INSCRIPCION:

En el acto de inscripción se exigirá la presentación de la siguiente documentación:

Cédula de identidad vigente y fotocopia.

Certificado de estudios (original), sellado y debidamente firmado por la autoridad que lo emita.

Formulario de inscripción completado a máquina y debidamente firmado por el aspirante.

No se aceptarán inscripciones sin la documentación requerida, ni fuera del período establecido para las mismas.

Al efectuar su inscripción, el aspirante recibirá el talón del formulario donde constará su número de inscripción. Dicho comprobante deberá ser presentado en todas las instancias en que sea convocado.

El aspirante será responsable de la veracidad de los datos por él ingresados en el formulario de inscripción. Quienes no puedan acreditar lo declarado en tiempo y forma, serán eliminados de la nómina de inscriptos.

4. CONVOCATORIAS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES:

Todas las convocatorias, comunicaciones y notificaciones referentes al presente llamado se efectuarán por la página Web del Organismo (www.anp.com.uy).

5. PROCESO DE SELECCIÓN:

El proceso de selección de los aspirantes se efectuará a través de la División Recursos Humanos de la A.N.P. En este proceso participarán junto al equipo técnico de Recursos Humanos, un representante de la Gerencia General y un representante del Sindicato Único Portuario y Ramas Afines. Las etapas del proceso serán las siguientes:

Verificación de requisitos excluyentes (eliminatoria).

Valoración de la Escolaridad (puntaje máximo: 85 puntos).

Valoración psicolaboral (puntaje máximo: 15 puntos).

5.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS:

Cumplida la inscripción, se procederá a la verificación del cumplimiento de requisitos excluyentes de los aspirantes respecto a las becas o pasantías para las cuales se inscribieron.

Solamente seguirán a la próxima etapa de selección, aquellos aspirantes que cumplan con los requisitos excluyentes previstos en las presentes bases.

Se conformará una lista por cada grupo de beca o pasantía con los aspirantes que cumplan con los requisitos exigidos.

5.2. VALORACIÓN DE ESCOLARIDAD:

Cumplida la etapa anterior, se procederá a valorar y puntuar, en cada lista de beca o pasantía, el promedio de notas de los aspirantes (máximo: 85 puntos), de acuerdo a la siguiente fórmula:

Se seleccionará de cada lista de beca o pasantía al 20% con mejor puntaje de escolaridad. En caso de empate en el último lugar, aún contemplando diferencias decimales, se incorporarán todos los de dicho puntaje a los que pasan a la siguiente etapa.

El resultado de la selección por escolaridad, al igual que el lugar y horarios de las pruebas de aptitud psicolaboral, se darán a conocer en la página Web de la ANP. (www.anp.com.uy).

Será de estricta responsabilidad de los aspirantes informarse de los resultados.

5.3. VALORACIÓN PSICOLABORAL:

Consistirá en pruebas mediante las cuales se evaluarán y puntuarán (máximo: 15

puntos) las aptitudes y personalidad de los aspirantes en función del perfil de las becas a las que se postulan.

El resultado de las pruebas de aptitud psicolaboral se dará a conocer en la página Web de la ANP. (www.anp.com.uy).

Será de estricta responsabilidad de los aspirantes informarse de los resultados.

6. DESIGNACIÓN DE LOS BECARIOS O PASANTES SELECCIONADOS:

Cumplidas las etapas anteriores, se procederá a:

Efectuar la sumatoria de los puntajes logrados por cada postulante.

Elaborar la nómina final de postulantes y suplentes en ordenamiento de puntajes decrecientes.

Se elevarán las nóminas con los rankings finales al Directorio de la ANP para efectuar la resolución de designación de los becarios o pasantes y sus suplentes respectivos.

Dicha resolución se remitirá para la intervención de la Oficina Nacional del Servicio Civil.

Cumplida la etapa anterior, se citará a los seleccionados para la firma del contrato correspondiente.

En caso de que algún postulante seleccionado no acepte la convocatoria o alguna de las condiciones del contrato, se procederá a citar al siguiente seleccionado según el orden decreciente de suplentes.

La no presentación del carné de salud y del certificado de buena conducta en el momento del ingreso será motivo de eliminación del postulante.

Salir de la versión móvil