Sociedad Uruguaya

Parlamento debate ley sobre derecho a la libertad de conciencia y de ideario

El respetar el día sagrado del sábado para los judíos y adventistas, la libertad de poder impartir la educación sexual a sus hijos, por parte de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, y la oposición de los umbandas al consentimiento presunto para el trasplante de órganos, son algunos de los insumos del eventual proyecto de derecho a la libertad de conciencia y de ideario.

La iniciativa fue presentada por el diputado nacionalista Luis Lacalle Pou y comenzó a ser analizada por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes.

“El resumen del proyecto es que nadie sea compelido a actuar en contra de sus creencias. Tampoco se trata de que esto se preste a la viveza criolla ni que sea una licencia para desobedecer la ley. No, habrá determinados parámetros, momentos en que será admisible la objeción cuando no resulte en un gravamen excesivo para el Estado y en otras oportunidades no”, explicó la académica Carmen Asiaín en representación del Consorcio Latinoamericano de Libertad Religiosa.

En la instancia del pasado 2 de mayo concurrieron representantes de diversas congregaciones: Porley de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días; Copetti, sacerdote católico y vengo en representación de la Conferencia Episcopal del Uruguay; Taberna, en nombre del Consejo Representativo Evangélico; Kleiner, de la Nueva Congregación Israelita de Montevideo; Sánchez, Presidente de la Iglesia Adventista del Uruguay; Shemtov, de Beit Jabad del Uruguay; Kirchhheimer de la Confraternidad Judeocristiana del Uruguay; y Pereira, de la Iglesia de Dios en el Uruguay, Misiones Mundiales.

También, Rojo, de la Iglesia Adventista del Séptimo Día; Aloise de la CREU; y Asiaín, también transmitió las inquietudes de Susana Andrade, del Grupo Umbanda «Atabaque»; Domínguez, como abogado de las congregaciones de los Testigos de Jehová.

Domínguez se refirió a la preocupación de Testigos de Jehová, quienes se oponen al servicio militar y la eventualidad del uso de la armas.

Dicha denominación “piensa que el servicio de las armas es totalmente incompatible con su amor al prójimo porque, en última instancia, defender a la bandera, a tal grado de poner nuestra vida en compromiso, significa, en algún momento, llegar a tomar las armas”.

“Este grupo de cristianos entiende que si el Evangelio lo que ellos han aceptado siguiendo a Cristo dice: «Amarás a tu prójimo como a ti mismo y no matarás», no pueden asumir un juramento que implica que, en alguna medida, llegado el caso, por defender determinados ideales o valores, tomarían las armas e irían en contra de lo que son sus propias convicciones de conciencia”, agregó Domínguez.

Reglamentar derechos

Asiaín afirmó que “no es necesaria una ley de reconocimiento de la libertad de conciencia y de ideario. No es necesaria porque la Constitución es directamente aplicable, se deriva de los instrumentos internacionales de derechos humanos, etcétera”.

No obstante, “lo que propone este proyecto es reglamentar esos derechos para lograr su efectividad, para que no solo se reconozca y tutele el adoptar una creencia o convicción, fuero interno, sino que también esté tutelada la manifestación externa, es decir, el conducirse de conformidad con aquellas creencias”.

Pereira precisó que por el artículo 2° “se dice que la libertad de conciencia comprende el derecho de formar libremente la propia conciencia religiosa o no y de actuar conforme a los imperativos de la misma, individual o colectivamente, y de no ser molestado por razón de las propias convicciones éticas, morales o religiosas, ni compelido a actuar en contra de ellas”.

“Puede haber algunas que no sean religiosas y tengan un fundamento en la conciencia; es hallar motivaciones, por ejemplo, en otras cosas que atañen a la conciencia y convicciones referentes a ella hasta que inclusive refieran a su posición frente a lo religioso. Sería, por ejemplo, el caso de la Masonería, el ateísmo militante o el agnosticismo, porque en estos casos puede haber ritos o normas”, estimó.

Planteos efectuados

“Como personas libres pretendemos tener libertad de conciencia, de adorar a Dios y de dirigir nuestra vida de acuerdo con lo que consideramos mejor. Esto se aplica especialmente en lo que refiere a nuestros hijos pequeños, para tener injerencia en su educación sexual o de otros valores; para tener la libertad de ser los padres quienes los eduquemos de acuerdo a nuestra conciencia”. (Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días).

“Algunos jóvenes de nuestra Iglesia son lumbreras y son gente de bien que desea que Uruguay sea una nación grande que sobresalga mucho más, pero se enfrentan con una pared: o renuncian a sus principios o estudian, porque tienen clases los sábados”. (Iglesia Adventista en el Uruguay).

“Se ha hablado de la objeción de conciencia en relación al proyecto de ley de legalización del aborto y la posibilidad de que los médicos puedan objetar para quedar eximidos del ejercicio de esa práctica”. (Iglesia Católica).

Oposición a la eventual ley sobre el consentimiento presunto para el trasplante de órganos. El ánima no abandona el cuerpo inmediatamente. (Atabaque-Umbanda).

En la tradición judía los días comienzan con el ocaso. Por lo tanto, el sábado comienza el viernes con la salida de las estrellas. También quisiera incluir los días festivos de cada una de las confesiones. (Nueva Congregación Israelita).

“Si (Uruguay) es un país laico, habría que respetar las religiones y los credos. Pero si es laicista y busca imponer la laicidad, entonces sí chocará con los distintos credos”. (Beit Jabad).

“Apoyamos esta iniciativa porque hace que los uruguayos podamos vivir como hermanos, respetando los derechos del otro, pudiendo ejercer los nuestros”. (Confraternidad judío cristiana).

La instrumentación:

¿A quién recurrir ante cada caso?

Los legisladores Daniela Payssé (Frente Amplio), y Luis Lacalle Pou (Partido Nacional) intercambiaron opiniones sobre la posible instrumentación de esta iniciativa.

“No voy a abrir juicio sobre los contenidos de las razones sobre las cuales numerosas congregaciones o grupos unidos detrás de una filosofía o de un ideario como se ha dicho acá han planteado este tema”, dijo Payssé.

En cuanto al texto del proyecto, agregó, “me queda muy difuso ante quienes eventualmente se podrían plantear estas objeciones. El artículo 8º establece que en su caso lo harán los Jueces. Según el artículo 6º que establece que corresponde a quien opone objeción de conciencia demostrar que corresponde a determinado imperativo, creo que por la variedad de planteos realizados se podrán hacer muchos otros es importante conocer ante quién y quién lauda semejante situación”.

Para Lacalle Pou “la objeción de conciencia deberá plantearse ante la oficina o autoridad correspondiente. Recuerdo el tema que se planteó en el taller del seminario con respecto a no tomar exámenes un día sábado por parte de una persona de la religión judía”.

En este caso, “deberá interceder ante la Universidad de la República y, agotada esta vía, se recurriría ante el Juez”.

Fuente Imagen: fotoblograyovioleta.wordpress.com

 

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