Sociedad Uruguaya

Llamado a 40 Administrativos/as en el MEC por $ 26.620

AdministrativosLlamado Nº 0253/2018.

Administrativo/a – MEC – Art. 4° Ley N° 19.122.

Tipo de Vínculo: Contrato de Provisoriato.

Nombre del puesto: Administrativo/a.

Período de postulación: 03/12/2018 – 17/12/2018.

Tipo de Tarea: Administrativas.

Estado: Abierto.

Retribución:         $ 26.620,19 nominal a valores de enero 2018.



Carga horaria: 40 horas semanales efectivas de labor.

Lugar de desempeño: Montevideo.

Tiempo de contratación: 15 meses, en régimen de contrato de Provisoriato. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario podrá ser incorporado en un cargo presupuestado.

Organismo y Cantidad de Puestos

Ministerio de Educación y Cultura – Dirección General de Secretaría. 21 Puestos.

Ministerio de Educación y Cultura – Dirección de Educación. 7 Puestos.

Ministerio de Educación y Cultura – Dirección Nacional de Cultura. 5 Puestos.

Ministerio de Educación y Cultura – Archivo General de la Nación. 2 Puestos.

Ministerio de Educación y Cultura – Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación. 2 Puestos.

Ministerio de Educación y Cultura – Dirección General de la Biblioteca Nacional. 3 Puestos.

Otras condiciones de trabajo.

Escalafón: C.

Grado: 01.

Denominación: Administrativo.

Requisitos excluyentes.

1) Bachillerato de Enseñanza Secundaria completo o sus equivalentes otorgado por instituciones reconocidas por la autoridad competente.

2) Experiencia igual a 1 (un) año en tareas similares en el ámbito público y/o privado.

Incompatibilidades.

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones.

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

Medios de Postulación: www.uruguayconcursa.gub.uy

Más Información en https://www.uruguayconcursa.gub.uy/Portal/servlet/com.si.recsel.verllamado?13993

Fuente Imagen: https://admoncoope.webnode.com.co

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