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	<title>Cibercriminalidad Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
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		<title>Se instaló la Unidad Especializada en Cibercriminalidad de la Fiscalía General de la Nación: ¿de qué se trata?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 07 Jan 2023 02:07:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Navegantes Uruguayos]]></category>
		<category><![CDATA[Cibercriminalidad]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscalía de la Nación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>A partir del 1° de enero de 2023 se instaló la Unidad Especializada en Cibercriminalidad de la Fiscalía General de la Nación: ¿de qué se trata?. ¿Cuáles son sus funciones y tareas? FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución 1.270/022. Amplíanse las actividades claves de la Unidad Organizativa “Unidades Especializadas” comprendida en el “Manual de Organizaciones [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2023/01/cibercriminalidad.jpg"><img decoding="async" class=" wp-image-110155 alignright" src="/wp-content/uploads/2023/01/cibercriminalidad.jpg" alt="cibercriminalidad" width="341" height="227" /></a>A partir del 1° de enero de 2023 se instaló la Unidad Especializada en Cibercriminalidad de la Fiscalía General de la Nación: ¿de qué se trata?.</p>
<p>¿Cuáles son sus funciones y tareas?</p>
<p>FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN.</p>
<p>Resolución 1.270/022. Amplíanse las actividades claves de la Unidad Organizativa “Unidades Especializadas” comprendida en el “Manual de Organizaciones y Funciones”, aprobado por Resolución 083/2016, incorporando funciones relativas al tratamiento de la cibercriminalidad y recolección de evidencia digital.</p>
<p>FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN. Resolución Nº 1270/2022 VISTO: la necesidad de fortalecer la actuación de la Fiscalía en la investigación y persecución penal de los delitos informáticos; en la recolección y tratamiento de evidencia digital, y conforme lo dispuesto por el artículo 419 de la Ley N.º 20.075 de 20 de octubre de 2022.</p>
<p>RESULTANDO: 1) Que por Resolución Nº 083/2016 de 26 de febrero de 2016, y modificativas, se dispuso la Estructura Orgánica de la Fiscalía General de la Nación y el correspondiente Manual de Organización y Funciones.</p>
<p>2) Que la Ley Nº 20.075 de fecha 20 de octubre de 2022 en su artículo 419, asignó al Inciso 33 “Fiscalía General de la Nación”, un crédito presupuestal a partir del ejercicio 2023, con destino a la creación de cargos para la Unidad Especializada en Cibercriminalidad.</p>
<p>3) El trabajo realizado por el grupo creado por resolución Nº 962/2021 de fecha 6 de diciembre de 2021 con el objetivo de evaluar la pertinencia de la adhesión al Convenio de Budapest sobre la ciberdelincuencia del Consejo de Europa y el proyecto de ley sobre “delitos informáticos”.</p>
<p>4) Que se contó con la asesoría técnica del Programa de Asistencia contra el Crimen Transnacional Organizado de Unión Europea (EL PAcCTO).</p>
<p>CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 5 literal E de la Ley N.º 19.334 de 14 de agosto de 2015 faculta al Director General de la Fiscalía General de la Nación a “Crear, modificar y suprimir unidades especializadas centralizadas en las materias que entienda pertinente, para desempeñar funciones de asesoramiento, análisis, coordinación, capacitación, elaboración y difusión, sin perjuicio del ejercicio del Ministerio Público y Fiscal, el cual se regirá conforme a lo dispuesto en la ley orgánica”.</p>
<p>2) Que en virtud de lo expuesto, y al amparo de las facultades legalmente otorgadas al proveyente, se entiende conveniente instalar la Unidad Especializada en Cibercriminalidad a nivel central con competencia nacional.</p>
<p>3) Que a tales efectos corresponde ampliar las actividades claves de la Unidad Organizativa “Unidades Especializadas” comprendida en el Anexo II “Manual de Organizaciones y Funciones” aprobado por Resolución Nº 083/2016 de 26 de febrero de 2016, incorporando la función de asesorar, coordinar y elaborar protocolos relativos al tratamiento de la cibercriminalidad y recolección de evidencia digital.</p>
<p>4) Que para instrumentar lo dispuesto en el artículo 419 de la Ley N.o 20.075 de fecha 20 de octubre de 2022 es necesario crear las vacantes en el Grupo 0 “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales” en la estructura del organismo. ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto artículo 5 literal A), E) y G) de la Ley No 19.334 de 14 de agosto de 2015, artículos 23 literal b) y 59 de la Ley Nº 19.483 de fecha 5 de enero de 2017; artículo 419 de la Ley Nº 20.075 de 20 de octubre de 2022;</p>
<p>EL DIRECTOR GENERAL (S) DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN RESUELVE:</p>
<p>1º) AMPLIAR las actividades claves de la Unidad Organizativa “Unidades Especializadas” comprendida en el Anexo II “Manual de Organizaciones y Funciones” aprobado por Resolución Nº 083/2016 de 26 de febrero de 2016, incorporando la función de asesorar, coordinar y elaborar protocolos relativos al tratamiento de la cibercriminalidad y recolección de evidencia digital.</p>
<p>2º) INSTALAR a partir del 1 de enero de 2023 la UNIDAD ESPECIALIZADA EN CIBERCRIMINALIDAD de la Fiscalía General de la Nación.</p>
<p>3º) ESTABLECER que la referida Unidad tendrá competencia nacional y sus cometidos serán:</p>
<ol>
<li>a) asesorar a las Fiscalías en la investigación y persecución penal de los delitos cometidos por medios informáticos;</li>
<li>b) asesorar a las Fiscalías en el aseguramiento, recolección y tratamiento de evidencia digital;</li>
<li>c) articular con el Departamento de Cooperación Internacional de Fiscalía General de la Nación para la recolección de evidencia digital en el extranjero;</li>
<li>d) coordinar con las restantes unidades organizativas de la Fiscalía General de la Nación todo lo necesario para el cumplimiento de los cometidos asignados;</li>
<li>e) coordinar con los organismos e instituciones involucrados en la recolección de evidencia digital y en materia de ciberseguridad;</li>
<li>f) elaborar de manuales, protocolos y guías de buenas prácticas; g) analizar nuevas formas de procedimiento y nuevos métodos de investigación criminal;</li>
<li>h) toda otra tarea que le asigne el Director General.</li>
</ol>
<p>4º) CREAR al amparo de lo dispuesto en el artículo 419 de la Ley N.o 20.075 de fecha 20 de octubre de 2022, en el Grupo O “Servicios Personales”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”: &#8211; Una vacante de Fiscal Letrado de Montevideo, Escalafón N.</p>
<p>l- Una vacante de Asesor I &#8211; Abogacía, Escalafón PC, grado V.</p>
<p>&#8211; Una vacante de Especialista IV &#8211; Informática, Escalafón EP, grado VII.</p>
<p>5º) COMUNICAR a todos los funcionarios de la Institución.</p>
<p>6º) COMUNICAR a Fiscalía Adjunta de Corte, Secretaría General, Departamento de Planificación y Presupuesto y al Departamento de Gestión Humana.</p>
<p>7º) COMUNICAR a la Asamblea General, al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación y Cultura, al Tribunal de Cuentas, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Contaduría General de la Nación, y a la Oficina Nacional de Servicio Civil.</p>
<p>8º) PUBLICAR en el Diario Oficial y en la página web institucional. 9º) PASAR a Gestión Documental a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los ordinales 5, 6 y 7. Cumplido, remitir al equipo de Adquisiciones y Proveeduría para su publicación en el Diario Oficial y posterior remisión al Departamento de Comunicaciones para su publicación en la página web oficial.</p>
<p>10º) FECHO, archívese acordonado al expediente APIA N.º 2016- 11-19-00082.</p>
<p>Montevideo, 29 de diciembre de 2022.</p>
<p>Firmado digitalmente por Dr. Juan Gómez.</p>
<p>Fuente Imagen: <a href="http://www.redseguridad.com">www.redseguridad.com</a></p>
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