<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>dirección general de registros Archives - Sociedad Uruguaya</title>
	<atom:link href="https://www.sociedaduruguaya.org/tag/direccion-general-de-registros/feed" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://www.sociedaduruguaya.org/tag/direccion-general-de-registros</link>
	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
	<lastBuildDate>Wed, 03 Jan 2018 00:22:38 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	
	<item>
		<title>Dirección General de Registros comenzó la emisión electrónica de certificados de información registral</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2018/01/direccion-general-registros-comenzo-la-emision-electronica-certificados-informacion-registral.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Jan 2018 00:22:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[certificados de información registral]]></category>
		<category><![CDATA[dirección general de registros]]></category>
		<category><![CDATA[emisión electrónica]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=96556</guid>

					<description><![CDATA[<p>La Dirección General de Registros (DGR) a partir del martes 2 de enero de 2018, dentro del marco del Programa DGR Digital, comenzó la emisión electrónica de certificados de información registral tendrán valor oponible de certificado. Asimismo, todas las ampliaciones, testimonios y certificados se expedirán con firma digital avanzada de la DGR, por lo que [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2018/01/direccion-general-registros-comenzo-la-emision-electronica-certificados-informacion-registral.html">Dirección General de Registros comenzó la emisión electrónica de certificados de información registral</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2018/01/DGR.jpg"><img decoding="async" class="alignright  wp-image-96557" src="/wp-content/uploads/2018/01/DGR.jpg" alt="DGR" width="622" height="383" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2018/01/DGR.jpg 658w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2018/01/DGR-300x185.jpg 300w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2018/01/DGR-500x308.jpg 500w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2018/01/DGR-600x369.jpg 600w" sizes="(max-width: 622px) 100vw, 622px" /></a>La Dirección General de Registros (DGR) a partir del martes 2 de enero de 2018, dentro del marco del Programa DGR Digital, comenzó la emisión electrónica de certificados de información registral tendrán valor oponible de certificado.</p>
<p>Asimismo, todas las ampliaciones, testimonios y certificados se expedirán con firma digital avanzada de la DGR, por lo que dejarán de emitirse en soporte papel con firma autógrafa y en consecuencia los usuarios ya no deberán retirarlos en las oficinas respectivas.</p>
<p>De esta manera, se cumple la primera fase de digitalización de los trámites en la DGR. El objetivo final de la Dirección, conforme está proyectado, es llegar al año 2020 con la totalidad de los trámites digitalizados cumpliendo las directivas de la plataforma de Gobierno Electrónico y de acuerdo a lo establecido por el programa de Gobierno Digital a través del Proyecto Trámites en Línea.</p>
<p>En la web <a href="http://www.dgr.gub.uy/">www.dgr.gub.uy</a> se encuentran publicados un tutorial y una guía para descargar los certificados.</p>
<p>Fuente Imagen: espectador.com</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2018/01/direccion-general-registros-comenzo-la-emision-electronica-certificados-informacion-registral.html">Dirección General de Registros comenzó la emisión electrónica de certificados de información registral</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>DGR: Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales”</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/08/dgr-transformacion-de-tipo-de-acciones-de-al-portador-a-nominativas-o-escriturales.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Aug 2012 02:18:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[acciones nominativas]]></category>
		<category><![CDATA[acciones portador]]></category>
		<category><![CDATA[dirección general de registros]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=58389</guid>

					<description><![CDATA[<p>d &#124; g &#124; r &#8211; servicio de novedades. Art. 17 Ley 18.930: Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales” Estimados Usuarios: Se encuentran a disposición del público en nuestro sitio web los requisitos para la Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales”. Transformación de [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2012/08/dgr-transformacion-de-tipo-de-acciones-de-al-portador-a-nominativas-o-escriturales.html">DGR: Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales”</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>d | g | r &#8211; servicio de novedades.</p>
<p>Art. 17 Ley 18.930:</p>
<p>Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales”</p>
<p>Estimados Usuarios:</p>
<p>Se encuentran a disposición del público en nuestro sitio web los requisitos para la Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales”.</p>
<p>Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales”</p>
<p>Art. 17 Ley 18.930</p>
<p>1 La sociedad emisora por Asamblea Extraordinaria resolverá al respecto dentro de los límites establecidos en Art. 17 Ley 18.930.-</p>
<p>2 Se presentara al Registro</p>
<p>Opcional:</p>
<p>1. primera copia de escritura o testimonio de protocolización de documento privado con certificación de firmas de declaratoria otorgada por representante de la entidad emisora.-</p>
<p>o</p>
<p>2. primer testimonio de protocolización de un testimonio notarial por exhibición del acta de asamblea.-</p>
<p>Ambos acompañados de minuta común (ver nuevo diseño en http://www.dgr.gub.uy/servicios/formularios.htm ) y en carátula (dec 99/1998).</p>
<p>3 Contenido del documento declaratoria:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&#8211; se resolvió por accionistas que representan el…% del capital social, ampararse en lo dispuesto por el Art. 17 de la Ley 18.930, por lo cual el Art. … de “Capital”, tan solo respecto al tipo de acciones, donde dice “al portador” se sustituirá por “nominativas” o “escriturales”, las que mantendrán su valor nominal.(1)</p>
<p>&#8211; Vencido que fuera el plazo de 60 días otorgado por el Art. 19 inc 1 del dec. 247/2012: Declaración de que no existen sanciones pendientes de pago por aplicación del Art. 9 Ley 18.930</p>
<p>&#8211; Constancias o contralores notariales sea en constancias o en certificación notarial de acuerdo al tipo de documento:</p>
<p>&#8211; conocimiento o certificación de firmas</p>
<p>&#8211; control social: fecha de constitución y numero de inscripción folio y libro y año o numero y año .- Publicaciones.</p>
<p>&#8211; Si hubo cambio de denominación: numero de inscripción folio y libro y año o número y año.- Publicaciones.</p>
<p>&#8211; Legitimación del firmante.</p>
<p>&#8211; Rut.</p>
<p>4 &#8211; Contenido y adjunto en caso de presentar Testimonio de Protocolización de un testimonio notarial del Acta</p>
<p>&#8211; El acta deberá contener “se resuelve por accionistas que representan el …% del capital social, ampararse en lo dispuesto por el Art. 17 de la Ley 18.930, por lo cual el Art. … de “Capital”, tan solo respecto al tipo de acciones, donde dice “al portador” se sustituirá por “nominativas” o “escriturales”, las que mantendrán su valor nominal.”(2)</p>
<p>&#8211; Adjunto:</p>
<p>Certificación notarial:</p>
<p>1 &#8211; de datos personales del firmante del acta</p>
<p>2 &#8211; control social: fecha de constitución y numero de inscripción folio y libro y año o numero y año .- Publicaciones.- Si hubo cambio de denominación: numero de inscripción folio y libro y año o número y año.- Publicaciones.</p>
<p>3 &#8211; Rut.</p>
<p>&#8211; Vencido que fuera el plazo de 60 días otorgado por el Art. 19 inc 1 del dec. 247/2012: adjuntar Declaración suscrita por el representante de la institución emisora de que no existen sanciones pendientes de pago por aplicación del Art. 9 Ley 18.930, con firmas certificadas notarialmente</p>
<p>5 &#8211; No se efectuarán contralores fiscales de especie alguna y no se controlara pasaje previo por Auditoría Interna de la Nación (inc. 4 Art. 17 L 18.930)</p>
<p>6 &#8211; contenido de la minuta</p>
<p>&#8211; ítem 1 denominación y Rut,</p>
<p>&#8211; ítem 4 clase de acciones «nominativas»,</p>
<p>&#8211; ítem 12 otorgantes: quien otorga el acto con datos personales</p>
<p>&#8211; ítem 13 acto inscribible “Art. 17 Ley 18930”</p>
<p>&#8211; ítem 14 inscripción afectada NFL/año constitución o ultimo cambio de nombre</p>
<p>&#8211; ítem 17 observaciones: Lugar y fecha Asamblea</p>
<p>&#8211; ítem 18 lugar y fecha de otorgamiento,</p>
<p>&#8211; ítem 19 lugar y fecha de protocolización</p>
<p>&#8211; ítem 20 escribano actuante</p>
<p>&#8211; ítem 21 tipo de documento</p>
<p>&#8211; ítem 24 firma inscribiente</p>
<p>7 &#8211; Tasa registral: abona como documento común (a la fecha $ 1610)</p>
<p>8 &#8211; ¿como serán informados en los certificados?: En hoja resumen se indicará Número de inscripción y fecha seguido de tipo social Ej. “Sociedad Anónima Art. 17 Ley 18.930”. En hoja de detalle de inscripciones incluirá además: escribano interviniente, fecha de actuación, denominación social, Rut, e indicación de original vinculado la constitución o el último cambio de nombre.-</p>
<p>9 &#8211; corresponde rubricar un libro de comercio “Registro de Titulo Nominativo” Art. 333 Ley 16.060</p>
<p>(1) Se solicita no redactar completo el articulo de capital dado que implicara el cotejo con el articulo original, debiéndose acompañar en ese caso estatuto original.</p>
<p>(2) Se solicita no redactar completo el articulo de capital dado que implicara el cotejo con el articulo original, debiéndose acompañar en ese caso estatuto original.</p>
<p>Fuente: Dirección General de Registros (DGR).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2012/08/dgr-transformacion-de-tipo-de-acciones-de-al-portador-a-nominativas-o-escriturales.html">DGR: Transformación de tipo de acciones de “al portador” a “nominativas o escriturales”</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Sede de Pando expedirá la totalidad de la información registral del Registro de la Propiedad Inmobiliaria</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/07/sede-de-pando-expedira-la-totalidad-de-la-informacion-registral-del-registro-de-la-propiedad-inmobiliaria.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Jul 2012 18:35:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[dirección general de registros]]></category>
		<category><![CDATA[Propiedad Inmobiliaria de pando]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=57581</guid>

					<description><![CDATA[<p>Dirección General de Registros d &#124; g &#124; r &#8211; Servicio de novedades. Estimados usuarios. Continuando con el proceso de mejora continua en la calidad de la prestación de servicios y atención al usuario, comunicamos que a partir del 16 de julio de 2012, las solicitudes de información registral del Registro de la Propiedad Inmobiliaria [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2012/07/sede-de-pando-expedira-la-totalidad-de-la-informacion-registral-del-registro-de-la-propiedad-inmobiliaria.html">Sede de Pando expedirá la totalidad de la información registral del Registro de la Propiedad Inmobiliaria</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Dirección General de Registros d | g | r &#8211; Servicio de novedades.</p>
<p>Estimados usuarios.</p>
<p>Continuando con el proceso de mejora continua en la calidad de la prestación de servicios y atención al usuario, comunicamos que a partir del 16 de julio de 2012, las solicitudes de información registral del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Pando se presentan y retiran exclusivamente en dicha sede, que expedirá la totalidad de la información no siendo ya necesario concurrir al Registro de Canelones a solicitar el complemento de la misma.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2012/07/sede-de-pando-expedira-la-totalidad-de-la-informacion-registral-del-registro-de-la-propiedad-inmobiliaria.html">Sede de Pando expedirá la totalidad de la información registral del Registro de la Propiedad Inmobiliaria</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Solicitudes de información de inmuebles del departamento de Tacuarembó</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/01/solicitudes-de-informacion-de-inmuebles-del-departamento-de-tacuarembo.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 31 Jan 2012 16:31:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Barriales]]></category>
		<category><![CDATA[dirección general de registros]]></category>
		<category><![CDATA[inmuebles tacuarembó]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=51245</guid>

					<description><![CDATA[<p>Estimados usuarios: En el marco del proceso continuo de mejora de gestión que lleva adelante la Dirección Generalde Registros (DGR) comunicamos a Uds. que, a partir del Miércoles 1º de febrero próximo, se incorporará al servicio de solicitudes remotas la información del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Tacuarembó. Se recuerda asimismo que, a través [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2012/01/solicitudes-de-informacion-de-inmuebles-del-departamento-de-tacuarembo.html">Solicitudes de información de inmuebles del departamento de Tacuarembó</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Estimados usuarios: En el marco del proceso continuo de mejora de gestión que lleva adelante la Dirección Generalde Registros (DGR) comunicamos a Uds. que, a partir del Miércoles 1º de febrero próximo, se incorporará al servicio de solicitudes remotas la información del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Tacuarembó.</p>
<p>Se recuerda asimismo que, a través de dicho servicio, no se podrá solicitar información por padrones en mayor área.</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2012/01/solicitudes-de-informacion-de-inmuebles-del-departamento-de-tacuarembo.html">Solicitudes de información de inmuebles del departamento de Tacuarembó</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Novedades en Dirección General de Registros</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2011/10/novedades-en-direccion-general-de-registros.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Oct 2011 23:48:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[dirección general de registros]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=48097</guid>

					<description><![CDATA[<p>d &#124; g &#124; r &#8211; servicio de novedades. 27 de octubre de 2011 Extractos de las resoluciones 237/11 y 238/11 dictadas el 25 de los corrientes por la Dirección General de Registros. Res. 237/11 : Se resuelve oposición a calificación registral. Corresponde el control de Contribución Inmobiliaria y Tributo de Enseñanza Primaria cuando se [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2011/10/novedades-en-direccion-general-de-registros.html">Novedades en Dirección General de Registros</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>d | g | r &#8211; servicio de novedades.</p>
<p>27 de octubre de 2011</p>
<p>Extractos de las resoluciones 237/11 y 238/11 dictadas el 25 de los corrientes por la Dirección General de Registros.</p>
<p>Res. 237/11 : Se resuelve oposición a calificación registral. Corresponde el control de Contribución Inmobiliaria y Tributo de Enseñanza Primaria cuando se presentan certificados de resultancias de autos, aun cuando exista previamente un compromiso de compraventa inscripto.</p>
<p>Res. 238/11 : Se resuelve oposición a calificación registral. No corresponde la registración de una enajenación por parte de dos cónyuges, vigente la sociedad conyugal, de un inmueble a favor de sus hijos, con la reserva a favor de la cónyuge, del usufructo vitalicio.</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2011/10/novedades-en-direccion-general-de-registros.html">Novedades en Dirección General de Registros</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Modificación en norma de la Dirección General de Registros</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2011/01/modificacion-en-norma-de-la-direccion-general-de-registros.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Jan 2011 14:35:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[dirección general de registros]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=39342</guid>

					<description><![CDATA[<p>Visto: los criterios de calificación vinculantes regulados en la Resolución Nº 354/2008, de 20 de octubre de 2008. Resultando: I) que la Dirección General ha solicitado a la Comisión Asesora Registral un informe respecto a la revisión de los criterios generales establecidos en la referida Resolución. II) La Comisión Asesora Registral, se conformó con una [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2011/01/modificacion-en-norma-de-la-direccion-general-de-registros.html">Modificación en norma de la Dirección General de Registros</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Visto: los criterios de calificación vinculantes regulados en la Resolución Nº 354/2008, de 20 de octubre de 2008.</p>
<p>Resultando:</p>
<p>I) que la Dirección General ha solicitado a la Comisión Asesora Registral un informe respecto a la revisión de los criterios generales establecidos en la referida Resolución.</p>
<p>II) La  Comisión Asesora Registral, se conformó con una integración ampliada, que permitió un intercambio enriquecido de calificados técnicos de diferentes áreas de la organización.</p>
<p>III) Que en ese marco de participación se sesionó en diversas oportunidades, se recibieron informes del Subdirector General de Registros Esc. Federico Albín, del Director del Registro de la Propiedad de San José Esc. Daniel Cersósimo, del Encargado del Registro de la Propiedad Sección Mobiliaria de Montevideo, Esc. Carlos Milano; y se arribó a una solución de consenso a la problemática planteada.</p>
<p>IV) La  Comisión Asesora Registral elevó para consideración de esta Dirección General el dictamen contenido en el Acta 315 de 24 de noviembre del corriente, en el cual entendió, por unanimidad, que en virtud de las normas legales vigentes, se considera innecesaria la vigencia de la mencionada Resolución.</p>
<p>Considerando:</p>
<p>I) Por el inc. 1º del artículo 57 “in fine” de la Ley Nº 16.871, corresponde inscribir los negocios jurídicos aún cuando no coincida el disponente del derecho con el último titular inscripto, siempre que estuviera legitimado. En este caso, la  Comisión Asesora Registral entiende que el registrador debe dejar constancia de la aplicación de la citada norma en el asiento registral.</p>
<p>II) Asimismo la  Comisión entiende que deben distinguirse las situaciones anteriores de las posteriores a la entrada en vigencia de la Ley Nº 16.871. Así, en las peticiones que se presenten solicitando la cancelación de inscripciones anteriores a la Ley Nº 16.871, no correspondería acceder a lo peticionado, por no ser de aplicación el contralor del tracto sucesivo.</p>
<p>III) En las solicitudes de los interesados y planteos de los Registradores que refieran a inscripciones posteriores a la entrada en vigencia de la ley, en los cuales no se cumplió con los artículos 57 y 58 de dicha ley, la Dirección General debería resolver caso a caso, teniéndose en cuenta que si no se actuó de esa manera, el acto administrativo de registración estaría viciado de ilegalidad, ya que conforme a la doctrina más recibida, la calificación constituye la motivación del acto de registro. Se debería resolver, con vista previa a los interesados, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto 500/991 y pronunciamiento de la  Comisión Asesora Registral. La resolución, que afecte o altere la situación registral existente, se efectivizará por medio de un nuevo asiento registral, que vinculará las inscripciones afectadas.</p>
<p>IV) Esta Dirección General, se afilia a lo dictaminado por la Comisión Asesora Registral, para lo cual se entiende conveniente dictar una resolución con carácter vinculante que fije criterios de calificación uniformes.</p>
<p>Atento:  a lo dispuesto por los artículos 3 numerales 3) y 5), 57 y 58 de la Ley Nº 16.871, de 28 de setiembre de 1997, y lo dictaminado por la Comisión Asesora Registral;</p>
<p>La  Directora General de Registros,</p>
<p>Resuelve :</p>
<p>1º) Establecer los siguientes criterios de calificación registral con carácter vinculante:</p>
<p>a) No corresponde la modificación del asiento registral, como consecuencia de  peticiones en tal sentido, anteriores a la entrada en vigencia de la Ley Nº 16.871, al no ser de aplicación el control del tracto sucesivo.</p>
<p>Sin embargo, y conforme a la excepción recogida en el inciso 1º del artículo 57 in fine de la Ley Nº 16.871, corresponde inscribir los negocios jurídicos aún cuando no coincida el disponente del derecho con el último titular inscripto, siempre que aquél estuviera legitimado. En este caso, el registrador dejará constancia en el asiento registral, de la aplicación de la citada norma.</p>
<p>b) Las peticiones de los interesados que refieran a inscripciones posteriores a la entrada en vigencia de la Ley Nº 16.871, se resolverán caso a caso por esta Dirección General, tomando en consideración si se cumplió con lo establecido en los artículos 57 y 58 de dicha Ley, debiendo observarse todas las garantías legales y reglamentarias (Art. 75 Decreto 500/991).</p>
<p>c) La Resolución de la Dirección General de Registros que afecte o altere la situación registral existente, se materializará por medio de un asiento registral que vinculará las inscripciones afectadas.</p>
<p>En los casos previstos en los artículos 67 a 69 de la Ley Nº 16.871, el Registrador dará cuenta a la Dirección General, la que resolverá, una vez recabado el dictamen de la Comisión Asesora Registral.</p>
<p>3º) Dejar sin efecto la Resolución Nº 354/08 de 20 de octubre de 2008, en lo que refiere exclusivamente a los criterios de calificación incluidos en la misma.</p>
<p>4º) Notifíquese a los Directores y Encargados de Registros y Oficinas técnicas, quienes harán lo propio con los funcionarios a su cargo.-</p>
<p>5º) Comuníquese  a la Comisión Asesora Registral.</p>
<p>6º)  Insértese en la página web y remítase  el texto de la presente, vía correo electrónico, a las direcciones de los usuarios inscriptos en el sistema de novedades de la  Dirección General de Registros.</p>
<p>7º)  Cumplido, archívese.</p>
<p>Esc. Claudia Palacio Cora &#8211; Directora General De Registros.</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2011/01/modificacion-en-norma-de-la-direccion-general-de-registros.html">Modificación en norma de la Dirección General de Registros</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Servicios por internet de la Dirección General de Registros en Semana de Turismo</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2010/03/servicios-por-internet-de-la-direccion-general-de-registros-en-semana-de-turismo.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 25 Mar 2010 18:53:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[dirección general de registros]]></category>
		<category><![CDATA[semana de turismo]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/2010/03/servicios-por-internet-de-la-direccion-general-de-registros-en-semana-de-turismo.html</guid>

					<description><![CDATA[<p>Se comunica que durante el feriado de Semana de Turismo, la Dirección General de Registros no brindará los servicios a los que se accede habitualmente por Internet, desde las 19.00 hrs. del día viernes 26 de marzo  de 2010 y hasta las 7.00 hs.del día 5 de abril de 2010.</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2010/03/servicios-por-internet-de-la-direccion-general-de-registros-en-semana-de-turismo.html">Servicios por internet de la Dirección General de Registros en Semana de Turismo</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Se comunica que durante el feriado de Semana de Turismo, la Dirección General de Registros no brindará los servicios a los que se accede habitualmente por Internet, desde las 19.00 hrs. del día viernes 26 de marzo  de 2010 y hasta las 7.00 hs.del día 5 de abril de 2010.</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2010/03/servicios-por-internet-de-la-direccion-general-de-registros-en-semana-de-turismo.html">Servicios por internet de la Dirección General de Registros en Semana de Turismo</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
