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	<title>ielsur Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
	<lastBuildDate>Fri, 08 Jul 2016 15:57:27 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Reclamo de Memoria y Justicia a seis años de la muerte por quemaduras de doce reclusos en Rocha</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2016/07/reclamo-de-memoria-y-justicia-a-seis-anos-de-la-muerte-por-quemaduras-de-doce-reclusos-en-rocha.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Jul 2016 15:57:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[cárcel de rocha]]></category>
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		<category><![CDATA[quemaduras reclusos]]></category>
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		<category><![CDATA[serpaj]]></category>
		<category><![CDATA[verdad y justicia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Recibimos y Publicamos de varias organizaciones sociales. En 2010 murieron quemados doce reclusos de la cárcel de Rocha. En 2012 el caso fue archivado a pedido de la Fiscalía. La jueza Marcela López no determinó responsabilidades. En el sexto aniversario de esas muertes y convencidos de que no hay muertos de primera y de segunda, [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha.jpg"><img decoding="async" class="alignright  wp-image-93841" src="/wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha.jpg" alt="reclusos rocha" width="538" height="672" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha.jpg 769w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha-240x300.jpg 240w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha-401x500.jpg 401w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha-600x749.jpg 600w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha-336x420.jpg 336w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/07/reclusos-rocha-120x150.jpg 120w" sizes="(max-width: 538px) 100vw, 538px" /></a>Recibimos y Publicamos de varias organizaciones sociales.</p>
<p>En 2010 murieron quemados doce reclusos de la cárcel de Rocha. En 2012 el caso fue archivado a pedido de la Fiscalía. La jueza Marcela López no determinó responsabilidades. En el sexto aniversario de esas muertes y convencidos de que no hay muertos de primera y de segunda, reclamamos memoria y justicia.</p>
<p>La sensación de inseguridad y miedo no sólo se genera a raíz de la crónica roja. La represión, la lógica custodial, el gatillo fácil, el olvido, la justicia injusta y poco garante de derechos, el discurso que manda encerrar a gurises pobres pero que a su vez promete «rehabilitar» y enseñar a vivir en libertad en el encierro, también generan violencia.</p>
<p>Decidimos manifestarnos este 8 de julio porque no olvidamos a los 12 que murieron en la Cárcel de Rocha, a los 8 que sí sobrevivieron al incendio, pero no a sus secuelas, ni a los familiares y amigos que hasta hoy conviven con el dolor por los que se fueron. No olvidamos y todavía exigimos respuestas porque a pesar de todo el dolor y el tiempo, sigue primando la impunidad.</p>
<p>En aquel momento, y para que su muerte no fuera en vano, pedimos un cambio de rumbo. Sin embargo, las medidas adoptadas, más que un cambio de rumbo fueron un afianzamiento en las políticas custodiales y represivas. Sí, se mejoraron algunas condiciones de encierro, pero no la violencia interna, la violación sistemática de derechos y el poco respeto a la dignidad humana. Todavía hay quienes mueren intoxicados y quemados por falta de controles estatales. Recordemos a los seis que murieron presos en lo que va del año. A los gurises que encontraron en el Tobogán, a la estigmatiación del Marconi. A todos nuestros desaparecidos.</p>
<p>Sepan, que mientra hayas quienes se encarguen de encerrar, de matar, de hacer la vista gorda, habrá quienes no se cansen de luchar contra la represión e impunidad</p>
<p>Reclamamos:</p>
<p>-que el sistema político y judicial, que el gobierno y la sociedad problematicen y discutan en profundidad qué concepción de castigo tenemos y queremos, si la inflación punitiva y el encierro son parte de la solución a la seguridad ciudadana y construcción de cohesión social.</p>
<p>-que los jueces se instruyan y recorran las cárceles para que sepan a dónde están mandando a quienes condenan, y hagan uso de las medidas alternativas a la prisión.</p>
<p>-cambiar la lógica represiva del Ministerio del Interior por una lógica que apueste al diálogo y a la resolución de conflictos de forma pacífica.</p>
<p>-hacer visible la violencia institucional sistemática, para así poder erradicarla.</p>
<p>-que se generen políticas de salud, educación, vivienda y trabajo tangibles que impidan que se comentan delitos.</p>
<p>-información, reparación y respeto a las víctimas.</p>
<p>-una simbólica indemnización en la causa civil, porque aunque nadie ni nada traerá de vuelta a nuestros muertos, sí será un reconocimiento de la responsabilidad que compete-</p>
<p>Por justicia, hoy y siempre, en memoria de:</p>
<p>Matías Barrios Sosa</p>
<p>Mario Fernando Martínez Maidana</p>
<p>Edison Javier Núñez Casuriaga</p>
<p>José María Pereira Pereira</p>
<p>Raúl Alejandro Gómez Recalde</p>
<p>Delio Alegre</p>
<p>Ariel Fernando Cardozo Velázquez</p>
<p>Jorge Luis Roda Acosta</p>
<p>Antonio Joaquín Cardoso Silvera</p>
<p>Julio César Da Silva Pereira</p>
<p>Luis Alfredo Bustelo López</p>
<p>Alejandro Adolfo Rodríguez Cabral</p>
<p>Convocan: Serpaj-Uruguay, Ielsur (instituto de estudios legales y sociales del Uruguay), Comisión rochense por Memoria, Verdad y Justicia.</p>
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		<item>
		<title>Justicia confirma sentencia que obliga al BPS a liberar información sobre personas con padecimientos psiquiátricos</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2015/11/justicia-confirma-sentencia-que-obliga-al-bps-a-liberar-informacion-sobre-personas-con-padecimientos-psiquiatricos.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Nov 2015 01:38:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Alejandro Martínez de las Heras]]></category>
		<category><![CDATA[BPS]]></category>
		<category><![CDATA[ielsur]]></category>
		<category><![CDATA[información pública cainfo]]></category>
		<category><![CDATA[personas con padecimientos psiquiátricos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2do. Turno confirmó la sentencia que ordenó al Banco de Previsión Social cumplir con la ley de acceso a la información pública y entregar una serie de datos solicitados sobre prestaciones sociales otorgados a personas con padecimientos psiquiátricos. La Sede rechazó así el argumento esgrimido por el [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2015/11/bps.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright  wp-image-91243" src="/wp-content/uploads/2015/11/bps.jpg" alt="bps" width="396" height="297" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/11/bps.jpg 440w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/11/bps-300x225.jpg 300w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/11/bps-150x113.jpg 150w" sizes="(max-width: 396px) 100vw, 396px" /></a>El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2do. Turno confirmó la sentencia que ordenó al Banco de Previsión Social cumplir con la ley de acceso a la información pública y entregar una serie de datos solicitados sobre prestaciones sociales otorgados a personas con padecimientos psiquiátricos. La Sede rechazó así el argumento esgrimido por el Banco, que negó el acceso a la información solicitada tras sostener que los datos requeridos no se encontraban en su poder.</p>
<p>De esta manera queda firme el fallo de primera instancia que amparó la acción judicial promovida por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y el  Instituto de Estudios Legales y Sociales de Uruguay (Ielsur).</p>
<p>En abril de este año y al amparo de la ley N° 18.381, las organizaciones presentaron una solicitud de acceso a la información pública al BPS para conocer el número de personas con padecimientos psiquiátricos en Uruguay que reciben pensiones, los criterios para el otorgamiento de las mismas y la cantidad de solicitudes de pensiones que son denegadas, entre otros puntos.</p>
<p>En primera instancia, el juez de lo Contencioso Administrativo de 2do Turno, Dr. Alejandro Martínez de las Heras había dado la razón a las organizaciones en función de la ley de acceso a la información pública y de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU ratificada por Uruguay.</p>
<p>Este 23 de noviembre el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2do turno rechazó los dos principales argumentos ofrecidos por el BPS.</p>
<p>En primer lugar, el Tribunal entendió que en la medida que el BPS es el organismo “mediante el cual se disponen las pensiones por padecimientos psiquiátricos”, éste “debe contar necesariamente con la información peticionada (&#8230;) Por consiguiente mal puede afirmarse como hace la demandada que no cuenta con la información peticionada, tratando de esa forma de limitar en forma claramente inconstitucional e ilegal, unos de los derechos fundamentales, como es el derecho a la información”.</p>
<p>El BPS había alegado que el primer inciso del artículo 14 de la ley de acceso a la información pública establece que los organismos no están obligados a crear o producir información que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido.</p>
<p>Sin embargo, el organismo “hace una lectura parcial de la disposición legal”, señala el Tribunal, puesto que en el inciso siguiente la ley establece que “no se entenderá como producción de información, a la recopilación o compilación de información que estuviese dispersa en las diversas áreas del organismo”, recuerda el Tribunal.</p>
<p>“Esto es precisamente lo que acontece en este caso” señala el fallo, “ya que la información se encuentra en poder del  BPS”.</p>
<p>En segundo lugar, el Tribunal entiende que la opinión que en su momento emitió una repartición del BPS ante el pedido de las dos organizaciones sociales no puede considerarse una respuesta según lo establece la ley de acceso a la información pública.</p>
<p>“A quien corresponde franquear o negar el acceso a la información es al jerarca máximo del servicio en forma fundada” (en este caso al directorio del BPS), recuerda el Tribunal en base al artículo 16 de la ley de acceso a la información.</p>
<p>El BPS “no puede, basado en una interpretación que carece de fundamento jurídico, y por su sola voluntad, modificar lo claramente preceptuado en la ley”, termina señalando el Tribunal.</p>
<p>—————————————————</p>
<p>CAinfo y IELSUR se encuentran realizando un trabajo en conjunto con la Asamblea Instituyente con el objetivo de recabar información que permita conocer y documentar la situación de las personas con padecimientos psiquiátricos que están internadas en los distintos centros y colonias.Con este propósito se lanzó el sitio <a href="http://www.salud.org.uy/">www.salud.org.uy</a> web para el monitoreo de la situación del derecho a la salud en Uruguay.</p>
<p>Esta línea de trabajo forma parte del proyecto regional “Información para la Acción” que busca avanzar en la exigibilidad del derecho a la salud a través del derecho de acceso a la información pública. El proyecto se viene implementando simultáneamente en Argentina  y Uruguay y es coordinado por CAinfo y ACIJ con el apoyo del programa Human Rights Initiative de Open Society Foundations.</p>
<p>Fuente Imagen: <a href="http://www.primerahora.com.uy/">www.primerahora.com.uy</a></p>
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		<item>
		<title>CAinfo lanzó web para monitoreo de situación de la salud en Uruguay</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2015/09/cainfo-lanzo-web-para-monitoreo-de-situacion-de-la-salud-en-uruguay.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Sep 2015 14:30:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[ACIJ]]></category>
		<category><![CDATA[Asamblea Instituyente por salud mental]]></category>
		<category><![CDATA[CAinfo]]></category>
		<category><![CDATA[desmanicomialización y vida digna]]></category>
		<category><![CDATA[Human Rights Initiative de Open Society Foundations]]></category>
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		<category><![CDATA[Instituto Interamericano sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo]]></category>
		<category><![CDATA[Mujer y Salud en Uruguay (MYSU)]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el marco de las distintas acciones desarrolladas en el marco del Día del Saber, el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) lanzó una nueva página web para el monitoreo de la situación del derecho a la salud en Uruguay. El sitio se encuentra disponible en www.salud.org.uy. Este 28 de setiembre [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>En el marco de las distintas acciones desarrolladas en el marco del Día del Saber, el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) lanzó una nueva página web para el monitoreo de la situación del derecho a la salud en Uruguay. El sitio se encuentra disponible en www.salud.org.uy.</p>
<p>Este 28 de setiembre se festejó el Día Internacional del Derecho a Saber. Esta fecha se celebra con el propósito de reconocer la importancia del derecho de acceso a la información pública como elemento esencial de la vida democrática.</p>
<p><a href="/wp-content/uploads/2015/08/cainfo1.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright  wp-image-89990" src="/wp-content/uploads/2015/08/cainfo1.jpg" alt="cainfo" width="351" height="191" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/08/cainfo1.jpg 252w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/08/cainfo1-150x82.jpg 150w" sizes="(max-width: 351px) 100vw, 351px" /></a></p>
<p>Nueva web de monitoreo en salud Uruguay</p>
<p>La web es una herramienta que sistematizará datos sobre salud en posesión de organismos públicos y los informes y recomendaciones de los organismos internacionales de derechos humanos en tres áreas concretas: política de atención a la salud mental, acceso a la atención a la salud de las personas con discapacidad, y salud sexual y reproductiva de las mujeres.</p>
<p>Además, el sitio funcionará como repositorio del marco legal vigente y permitirá visualizar las solicitudes de información pública realizada por diversas organizaciones de la sociedad civil con las que se está trabajando en el marco del proyecto y las respuestas de los organismos públicos para cada una de las áreas.</p>
<p>La iniciativa forma parte del proyecto regional “Información para la Acción” que busca avanzar en la exigibilidad del derecho a la salud a través del derecho de acceso a la información pública. El proyecto se viene implementando simultáneamente en Argentina  y Uruguay y es coordinado por CAinfo y ACIJ con el apoyo del programa Human Rights Initiative de Open Society Foundations.</p>
<p>Se trabaja sobre tres ejes de intervención o áreas dentro del monitoreo en salud:</p>
<p>En política pública para la atención de la Salud mental. CAinfo desarrolla un trabajo conjunto con el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) y la Asamblea Instituyente por salud mental, desmanicomialización y vida digna. Esta alianza busca recabar información que permita conocer y documentar la situación de las personas con padecimientos psiquiátricos que están internadas en los distintos centros y colonias. Además, se busca profundizar en algunos aspectos tales como la atención primaria, el derecho a la atención integral y el derecho a la integración en la comunidad.</p>
<p>En salud sexual y reproductiva de las mujeres en Uruguay. CAinfo trabaja junto a Mujer y Salud en Uruguay (MYSU) para mejorar el acceso a la información pública sobre salud sexual y reproductiva. En el marco de esta iniciativa MYSU presentó solicitudes de acceso a la información a diversos organismos con el objetivo de mapear la información disponible, e identificar vacíos de información.</p>
<p>En acceso a la atención a la salud de las personas con discapacidad. CAinfo trabaja junto al Instituto Interamericano sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo (iiDi) en la generación de un diagnóstico sobre el acceso de las personas con discapacidad a la información sobre salud. En este marco diversas organizaciones que trabajan en la temática de la discapacidad participaron de un taller de formación en acceso a la información pública, luego del cual, realizaron solicitudes a distintos organismos.</p>
<p>En el marco de esta iniciativa se han requerido más de 200 datos a través de 13 solicitudes de acceso a la información pública al amparo de la ley 18.381. Las respuestas que han sido entregadas se están sistematizando y serán disponibilizadas en el sitio en las próximas semanas.</p>
<p>El acceso a la información requerida resulta fundamental para habilitar condiciones de monitoreo social sobre las diversas temáticas que el proyecto aborda, en tanto, la información es un prerrequisito para el ejercicio y la exigibilidad de otros derechos y la participación ciudadana.</p>
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		<item>
		<title>Comunicado de IELSUR sobre traslado de Mota</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2013/02/comunicado-de-ielsur-sobre-traslado-de-mota.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 Feb 2013 02:58:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[ielsur]]></category>
		<category><![CDATA[mariana mota]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ante el traslado de la Sra. Jueza Mariana Mota resuelto por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) IELSUR señala: 1.- Los Tribunales de Justicia son el espacio institucional fundamental para la protección y garantía de los derechos establecidos en la Constitución y las leyes, así como en el derecho internacional de los derechos humanos a [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Ante el traslado de la Sra. Jueza Mariana Mota resuelto por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) IELSUR señala:</p>
<p>1.- Los Tribunales de Justicia son el espacio institucional fundamental para la protección y garantía de los derechos establecidos en la Constitución y las leyes, así como en el derecho internacional de los derechos humanos a través de los instrumentos ratificados por el Estado, de manera que existe una relación directa entre la solidez del sistema de justicia y la calidad de la democracia.</p>
<p>2.- Un Estado protector y promotor de los derechos humanos requiere por tanto de un Poder Judicial eficiente y dotado de los máximos recursos disponibles. Recursos económicos pero también recursos humanos que aseguren que aquellos funcionarios encargados de dictar justicia posean la máxima capacitación y puedan ejercer sus cargos con el máximo de independencia política y técnica. Para ello, la Justicia debe ser independiente con respecto a los demás Poderes del Estado, pero debe también poseer internamente la capacidad de generar la independencia técnica de los magistrados y que esta coadyuve a la obtención de la máxima calidad posible en la jurisprudencia.</p>
<p>3.- En este sentido, decisiones poco transparentes o no debidamente fundamentadas en lo referido a los ascensos, traslados y sanciones de los jueces pueden significar una amenaza contra la autonomía técnica y moral de los jueces.</p>
<p>4.- Para evitarlo, es deseable entonces que las potestades constitucionales que posee hoy la Suprema Corte de Justicia estén acompañadas por procedimientos legales que otorguen cristalinidad a las decisiones referidas a la carrera judicial para que así la ciudadanía pueda controlar el debido funcionamiento del Poder Judicial, obligue a la rendición de cuentas por parte de sus autoridades y así se garantice el acceso de los mejores jueces a las altas magistraturas del sistema.</p>
<p>5.- Polémicas desatadas como la sucedida por la decisión del traslado de la Dra. Mariana Mota podrían haberse evitado de existir procedimientos dotados de una mayor transparencia y garantías tanto para quien está implicado directamente como para las partes involucradas en los juicios que se están sustanciando bajo su competencia.</p>
<p>6.- El régimen actual de los traslados no cuenta con otra regulación legal que lo dispuesto en el art. 96 de la Ley Orgánica de la Judicatura y Organización de los Tribunales (Ley 15.750), que establece que la Suprema Corte establecerá el orden de los traslados. De esta forma, los criterios empleados son de orden pragmático y su falta de debida fundamentación y transparencia propicia la sospecha de un sistema de ascensos o sanciones encubierto, o lo que es peor aún, la sospecha de concesiones otorgadas por presiones políticas o corporativas de distinto cuño.</p>
<p>Por tanto, IELSUR entiende indispensable abrir un gran debate sobre qué Poder Judicial el país necesita y cómo asegurar que quienes desempeñen la función publica de dictar Justicia estén mejor preparados para ello y puedan cumplir su función con las máximas garantías de imparcialidad e independencia incluyendo las reformas constitucionales y legales que sean necesarias. Estas, además de reafirmar el derecho humano a una judicatura independiente, deberán propiciar la existencia de un procedimiento garantista que establezca criterios objetivos e imparciales para la selección, ascensos y traslados de jueces y proteja la carrera judicial sobre la base de las aptitudes éticas y profesionales, la especialización y la inamovilidad e incorporando el control ciudadano sobre los fundamentos de este tipo de decisiones.</p>
<p>Montevideo 18 de febrero 2013.</p>
<p>&nbsp;</p>
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			</item>
		<item>
		<title>APU, IELSUR, y CAINFO reclamaron acceso a información al Presidente de la Suprema Corte de Justicia</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2010/08/apu-ielsur-y-cainfo-reclamaron-acceso-a-informacion-al-presidente-de-la-suprema-corte-de-justicia.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Aug 2010 07:34:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[acceso a la información]]></category>
		<category><![CDATA[apu]]></category>
		<category><![CDATA[CAinfo]]></category>
		<category><![CDATA[ielsur]]></category>
		<category><![CDATA[jorge chediak]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Representantes de la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU), del Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAInfo) y del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) se reunieron el jueves 26 de agosto con el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak.En el encuentro las tres organizaciones plantearon [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Representantes de la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU), del Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAInfo) y del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (IELSUR) se reunieron el jueves 26 de agosto con el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Chediak.En el encuentro las tres organizaciones plantearon a Chediak su preocupación para garantizar el acceso a la información y la transparencia en el Poder Judicial y que se cumpla con la normativa que establece que los juicios y expedientes son públicos.</p>
<p>Las tres organizaciones han reclamado en anteriores oportunidades que se adopten medidas para que el acceso a los expedientes judiciales sea efectivo y a través de la web -hoy se encuentra restringido solo a las partes del proceso—, que las audiencias sean públicas y no se declaren reservadas en forma discrecional, y que exista mayor transparencia en la información administrativa y disciplinaria del Poder Judicial.</p>
<p>Chediak coincidió con el planteo y señaló que durante su gestion promueve una “transparencia total” en el sistema judicial. Reconoció, sin embargo, que el Poder Judicial uruguayo se encuentra bien ranqueado en muchos aspectos, pero tiene problemas en materia de transparencia e informó que se comprometieron recientemente en una conferencia de los poderes judiciales de América Latina a adoptar mejores estándares de transparencia y acceso a la información.</p>
<p>En ese marco, las tres organizaciones plantearon que la Corte reitere una acordada en la que se le señalaba a los magistrados el carácter público de las audiencias y que abra una instancia de consulta con la sociedad civil para cooperar en el sentido de mejorar las prácticas de acceso a la información.</p>
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