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	<title>nibia sabalsagaray Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
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		<title>Concurso de literatura: “Nibia Sabalsagaray. Al pie de la parva”</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 26 Nov 2014 06:22:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[museo de la memoria]]></category>
		<category><![CDATA[nibia sabalsagaray]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el marco de los homenajes a 40 años de la muerte de Nibia Sabalsagaray por la dictadura el 29 de junio de 1974, el Museo de la Memoria – MUME, la Asociación de Amigas y Amigos del MUME y la Biblioteca José E. Rodó de Juan Lacaze, con el apoyo de la Dirección de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>En el marco de los homenajes a 40 años de la muerte de Nibia Sabalsagaray por la dictadura el 29 de junio de 1974, el Museo de la Memoria – MUME, la Asociación de Amigas y Amigos del MUME y la Biblioteca José E. Rodó de Juan Lacaze, con el apoyo de la Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura, llaman a concurso de literatura en las categorías cuento y ensayo.</p>
<p>El objetivo de la convocatoria es promover los Derechos Humanos y la Memoria de la lucha por la Libertad, la Democracia y la Justicia Social, entendiéndolos como conceptos culturales inacabados y en permanente construcción. En particular se promueve la reflexión, a partir de la figura de Nibia Sabalsagaray, sobre la identidad de nuestro pueblo, la memoria y lo docencia para orientar la construcción de una sociedad mejor.</p>
<p>El plazo de presentación es desde el 1° al 10 de diciembre de 2014. Se adjuntan las bases del concurso, que también se pueden consultar en la web del MUME  <a href="http://www.mume.montevideo.gub.uy/">www.mume.montevideo.gub.uy</a></p>
<p>Centro Cultural y Museo de la Memoria</p>
<p>Avda. de las Instrucciones 1057, casi Bvar. José Batlle y Ordoñez</p>
<p>Tel. (+598)  2355 58 91</p>
<p><a href="mailto:museodelamemoria@imm.gub.uy">museodelamemoria@imm.gub.uy</a></p>
<p><a href="http://museodelamemoriamontevideo.blogspot.com/">http://museodelamemoriamontevideo.blogspot.com</a></p>
<p><a href="http://www.mume.montevideo.gub.uy/">www.mume.montevideo.gub.uy</a></p>
<p>Fuente Imagen: <a href="http://www.memoria.org.uy/">www.memoria.org.uy</a></p>
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		<title>La Justicia declaró «inconstitucional» la ley de Caducidad para el caso de Nibia Sabalsagaray. Un ministro de la Corte votó en contra</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2009/10/la-justicia-declaro-inconstitucional-la-ley-de-caducidad-para-el-caso-de-nibia-sabalsagaray-un-ministro-de-la-corte-voto-en-contra.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 20 Oct 2009 00:24:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[inconstitucional]]></category>
		<category><![CDATA[ley caducidad]]></category>
		<category><![CDATA[nibia sabalsagaray]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Finalmente se develó la suerte que judicialmente correrá en el caso de la militante comunista asesinada en 1974, Nibia Sabalsagaray, y el amparo que tendrá en el marco de la ley de Caducidad. Este lunes 19 de octubre, la Suprema Corte de Justicia declaró que no corresponde el marco de la ley de Caducidad en [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Finalmente se develó la suerte que judicialmente correrá en el caso de la militante comunista asesinada en 1974, Nibia Sabalsagaray, y el amparo que tendrá en el marco de la ley de Caducidad.</p>
<p>Este lunes 19 de octubre, la Suprema Corte de Justicia declaró que no corresponde el marco de la ley de Caducidad en su caso y por lo tanto, la norma es inconstitucional. Se supo también que uno de los ministros de la Corte votó en contra.</p>
<p>La sentencia está de acuerdo con los argumentos planteados por la Fiscalía y los familiares, en cuanto a que la ley viola la separación de poderes. Sostiene también un argumento nuevo y es que la Ley de Caducidad no debería ser considerada como ley de amnistía porque no obtuvo las mayorías requeridas por la Constitución para una ley en ese sentido.<br />
Nibia Sabalsagaray era docente de Literatura, activista social uruguaya y afiliada en 1974 a la Unión de la Juventud Comunista (UJC).<br />
El 29 de junio de 1974, fue detenida y desde su domicilio conducida al Batallón Nº 5. Al mediodía del mismo día es entregado su cuerpo a los familiares. Se aseguró que se había suicidado.</p>
<p>El féretro no podía abrirse, según habían dictado los militares a sus familiares.<br />
Pero, la familia no respetó la prohibición y el actual intendente de Canelones, Marcos Carámbula, estudiante de Medicina en ese entonces, lo abrió y pudo constatar las numerosas muestras de tortura que presentaba su cuerpo y que las marcas en su cuello no correspondían a las que puede provocarse la misma persona, en un suicidio.</p>
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		<title>Parlamento se expide por inconstitucionalidad de Ley de Caducidad para Caso Nibia Sabalsagaray</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2009/02/parlamento-se-expide-por-inconstitucionalidad-de-ley-de-caducidad-para-caso-nibia-sabalsagaray.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Feb 2009 21:54:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[inconstitucionalidad caducidad]]></category>
		<category><![CDATA[ley de caducidad]]></category>
		<category><![CDATA[nibia sabalsagaray]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Parlamento se pronunció el miércoles 25 de febrero por la inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Caducidad en la consulta formulada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre las investigación en el caso de la militante comunista Nibia Sabalsagaray. La moción fue respaldada por la unanimidad [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Parlamento se pronunció el miércoles 25 de febrero por la inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Caducidad en la consulta formulada por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre las investigación en el caso de la militante comunista Nibia Sabalsagaray.</p>
<p>La moción fue respaldada por la unanimidad de los legisladores del Frente Amplio que integran la Asamblea General (69) contra dos votos en contra, el correspondiente al colorado Daniel García Pintos, así como el de Iván Posada del Partido Independiente, luego de algo más de cinco horas de debate y dardos cruzados entre gobierno y oposición.</p>
<p>El Partido Nacional presentó fisuras a la hora de encarar el polémico asunto (ver nota aparte). Mientras Alianza Nacional se mantuvo en su tesitura de no ingresar a sala, Unidad Nacional, nucleando a los parlamentarios del Herrerismo, Correntada Wilsonista y Soplan Vientos Nuevos, prefirió ingresar a sala, manifestar escuetamente sus puntos de vista, y luego sí, retirarse.</p>
<p>En el Partido Colorado el panorama fue similar.</p>
<p>La tesitura que impulsó fue la de considerar que el Parlamento no tenía mérito para expedirse sobre esta petición de la SCJ pero sólo hubo ocho parlamentarios a la hora de defender con votos la postura, y como consecuencia del resultado también marcharon hacia fuera del recinto. Sólo quedó estoicamente levantando la bandera García Pintos quien debió soportar los embates de Eleuterio Fernández Huidobro (MPP) y Eduardo Lorier (PCU), así como las expresiones femeninas oficialistas de Sara López, Daniela Paysee y Alba Cocco, por sólo dar a conocer algunos exponentes.</p>
<p>Previo a la postura política asumida, se dio a conocer la respuesta del Presidente de la Asamblea General, Rodolfo Nin Novoa ante el planteo de la SCJ: «Evacuando el traslado por auto conferido Nº 78 del 6 de febrero de 2009 vienen a allanarse a la Pretensión de declaración de inconstitucionalidad por vía de excepción planteada por el Ministerio Público y Fiscal a los artículos 1º, 3º y 4º de la Ley 15.848 del 22 de diciembre de 1986. Por lo expuesto, a la Suprema Corte de Justicia solicita 1) Se les tenga por presentado, constituido el domicilio y evacuado el traslado. 2) Se tenga presente el allanamiento del Poder Legislativo a la excepción interpuesta».</p>
<p>La primer propuesta que se votó por su orden de llegada fue la del parlamentario Posada del PI, evaluando que la Asamblea General «carece de legitimación pasiva para opinar sobre la inconstitucionalidad» de los artículos de la norma. Sólo obtuvo su voto en un total de 71.</p>
<p>Posteriormente se dio lectura al planteo de la bancada de gobierno: «La Asamblea General habiendo tomado conocimiento de lo actuado por su Presidencia en lo referente a la evacuación del traslado referido por auto 78 de la SCJ del 6 de febrero de 2009 en autos Sabalsagaray Curuchet, Blanca Estela, denuncia, excepción de inconstitucionalidad de los artículos 1º, 3º y 4º de la Ley 15.848 ficha 97-397/2004 declara: Que aprueba la conducta asumida en este tema por el Presidente de la Asamblea General, Rodolfo Nin Novoa y hace suya la respuesta elaborada a la requisitoria planteada de acuerdo al escrito que se adjunta».</p>
<p>Firmaron la moción los legisladores Enrique Pintado, Diego Cánepa, Danilo Astori, José Luis Blasina, Carlos Gamou, Víctor Vaillant, Darío Pérez, Reinaldo Gargano, Eduardo Lorier, Doreen Ibarra, Carlos Baráibar, Rafael Michelini, Juan Roballo, Eduardo Ríos, Ivonne Pasada, Edgardo Ortuño, Lucía Topolanski, Margarita Percovich, y Silvana Charlone.</p>
<p>Logró la adhesión de 69 legisladores en 71.</p>
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