Sociedad Uruguaya

IM promulgó decreto sobre servicios de deliverys

La intendenta Ana Olivera promulgó el decreto que establece la creación del Registro Único de Servicios que regulará la actividad de los deliverys.

El decreto Nº 34.234, que dispone la creación de este registro único fue aprobado por la Junta Departamental de Montevideo el pasado 21 de junio.

La normativa regulará el servicio privado de cadetería, mensajería, de mozos de exterior, de traslado de alimentos y/u otros de idéntica naturaleza que se realicen a través de motocicletas, motonetas, ciclomotores, cuatriciclos, moto furgones o vehículos similares, identificados genéricamente con el nombre de “deliverys” (servicios de entrega).

El decreto establece además la creación en la órbita de la comuna capitalina del Registro Único de Servicios en el que deberán inscribirse las empresas que utilizan tales servicios, así como los vehículos asignados a la tarea y los conductores que la realicen.

Entre las disposiciones que se regularán se incluye la indumentaria y el equipamiento de los trabajadores. Se realizarán dos controles bromatológicos por año y se aplicarán multas económicas por infracciones de tránsito, con una sanción de 100UR en caso de llegar a una tercera infracción.

Además, al aprobarse la reglamentación, los deliverys deberán contar con carné de salud, chaleco reflectivo de seguridad, indumentaria para los días de lluvia y vestimenta fluorescente para la noche o días de visibilidad reducida.

En lo que respecta al transporte de alimentos, se regulará que las motos tengan contenedores con envase térmico y tapa hermética. Además, se prohibirá que se trasladen en las manos o entre las piernas elementos que dificulten la conducción del vehículo.

Fuente: Intendencia de Montevideo. www.montevideo.gub.uy

 

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