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	<title>policías retirados Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
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		<title>MI: Comunicado a funcionarios policiales en situación de actividad o retiro en el interior del país</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Jan 2026 23:34:15 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Política y Gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[ministerio del interior]]></category>
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		<category><![CDATA[sanidad policial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se comunica a policías en actividad, retiro y pensionistas del interior del país que deberán actualizar, antes del 28 de febrero de 2026, la información de su núcleo familiar con derechos asistenciales de la Dirección Nacional de Sanidad Policial, con A.S.S.E. como prestador de salud, mediante el formulario web habilitado a tales efectos. Todos los [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Se comunica a policías en actividad, retiro y pensionistas del interior del país que deberán actualizar, antes del 28 de febrero de 2026, la información de su núcleo familiar con derechos asistenciales de la Dirección Nacional de Sanidad Policial, con A.S.S.E. como prestador de salud, mediante el formulario web habilitado a tales efectos.</p>
<p>Todos los policías del interior del país en situación de <strong>actividad, retiro o pensionistas</strong> deberán actualizar antes del día 28 de febrero de 2026, la información personal de aquellos integrantes de su núcleo familiar que cuenten con <strong>derechos asistenciales</strong> de la <strong>Dirección Nacional de Sanidad Policial</strong> y que por éste, <strong>tengan a A.S.S.E. como prestador de salud</strong>.</p>
<p>Para realizar esta actualización los mismos deberán llenar un formulario por cada uno de los familiares que cuente con derechos como usuarios de Sanidad Policial. (El completar este formulario no exime al usuario de cumplir con la presentación de la documentación necesaria para justificar los derechos).</p>
<p>Aquellos funcionarios que no residan permanentemente en el interior del país, pero que sí tienen familiares que se asisten en el interior, también deberán completar el formulario.</p>
<p><em>El mencionado formulario se encuentra ingresando en el siguiente link:</em></p>
<p><strong><a href="https://declaracion.sanidadpolicial.gub.uy/declaracion/com.declaracionfamiliares.ingreso">https://declaracion.sanidadpolicial.gub.uy/declaracion/com.declaracionfamiliares.ingreso</a> </strong></p>
<p>Debiendo tanto los departamentos de Recursos Humanos de las diferentes Unidades, como las Oficinas Departamentales de la D.N.A.S.S.P., comunicar a policías activos o retirados del contenido de la presente orden a efectos de que los mismos puedan cumplir con lo solicitado en los plazos previstos, informándose también que <strong>el no llenado de este formulario se tomará como que no existen familiares con derechos</strong> y por lo tanto al no estar ingresados quedarán fuera del padrón de A.S.S.E.</p>
<p>Asimismo se reitera que todos los policías activos o retirados, deben mantener actualizada la información correspondiente a sus datos personales e integración de núcleo familiar a efectos de poder asegurar una mejor atención de la salud tanto de policías como de sus familiares, pudiendo obtener información al respecto por las vías que se detallan a continuación:</p>
<ul>
<li>En forma presencial en el Departamento de Registro de Usuarios de la Dirección Nacional de Sanidad Policial, de lunes a viernes de 08:30 a 17:30hs. (Hospital Policial – 1er piso).</li>
<li><span style="color: #003300;"><strong>Vía correo electrónico a rruu@sanidadpolicial.gub.uy o</strong></span></li>
<li><span style="color: #003300;"><strong>En forma telefónica en el número 2030 1178 en los citados horarios.</strong></span></li>
</ul>
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		<title>Diputado Niffouri propone contratar policías retirados para combate al delito</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2011/06/diputado-niffouri-propone-contratar-policias-retirados-para-combate-al-delito.html</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 19 Jun 2011 19:01:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Amir Niffouri]]></category>
		<category><![CDATA[policías retirados]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El diputado nacionalista de Aire Fresco Amir Niffouri propone contratar policías retirados para combate al delito. EXPOSICION DE MOTIVOS. Es conocida, por toda la sociedad, la difícil situación que atraviesa nuestro país en materia de seguridad,  así mismo, es también conocido por todos, el hecho de que el Ministerio del Interior necesita imperiosamente incorporar más [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El diputado nacionalista de Aire Fresco Amir Niffouri propone contratar policías retirados para combate al delito.</p>
<p>EXPOSICION DE MOTIVOS.</p>
<p>Es conocida, por toda la sociedad, la difícil situación que atraviesa nuestro país en materia de seguridad,  así mismo, es también conocido por todos, el hecho de que el Ministerio del Interior necesita imperiosamente incorporar más personal policial para contrarrestar el delito.</p>
<p>Muchos de los efectivos que se retiran (jubilan) de la actividad policial, cuentan con la experiencia y capacidad, atributos acumulados por el ejercicio de la actividad durante años, incluso la mayoría mantiene las aptitudes físicas que se requieren para esta importante tarea.</p>
<p>Ante ésta realidad, creemos importante promover el presente proyecto de ley, el cual permite dotar a nuestra policía de un mayor número de efectivos, los cuales por otra parte, son altamente calificados. Proponemos que los mismos sean destinados a cumplir funciones para la policía, acercando a ésta  a la sociedad civil, promoviendo un contacto permanente entre el agente policial y la comunidad.  Éste proyecto de ley pretende ser un significativo aporte en ese sentido.</p>
<p>Artículo 1º- Facúltese al  Ministerio del Interior a contratar por el plazo de doce meses, prorrogables por iguales períodos, a retirados policiales para desempeñar funciones correspondientes al Subescalafón Ejecutivo, con destino a la Policía Comunitaria.</p>
<p>Artículo 2º-  Sin perjuicio de los requisitos que establecerá la reglamentación de la presente ley, para ser contratado de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior se requiere:</p>
<p>1)     Estar en situación de retiro al 30 de abril de 2011.</p>
<p>2)      Que el retiro se hubiere producido revistando en el Subescalafón Ejecutivo.</p>
<p>3)      No haber sido dado de baja o declarado cesante como sanción disciplinaria o por ineptitud física o mental, ni sometido a sumario administrativo, con decisión sancionatoria final, por causa grave. Si la decisión sancionatoria final obedeciera a causa leve, será evaluada en definitiva por la autoridad contratante.</p>
<p>4)      No haber sido condenado en causa penal, ni estar sometido a proceso penal, en el momento de su contratación.</p>
<p>5)      Acreditar aptitud física y mental para el desempeño de las funciones.</p>
<p>Artículo 3º- Los funcionarios que ingresen  de acuerdo a lo dispuesto en el art. 1º de la presente ley, deberán ser contratados tomándose en consideración las condiciones profesionales conforme a su respectivo legajo personal y, en función del objeto del contrato, quedando sujeto a los derechos y obligaciones que el Estado Policial otorga a los policías en actividad, con excepción de los que se opongan a la presente ley.</p>
<p>Artículo 4º-  El Ministerio del Interior procederá a seleccionar los funcionarios retirados los que serán contratados con el último grado que ostentaban en actividad. Así mismo, prestarán funciones preferentemente (a criterio de la autoridad competente), en el Departamento de la República donde se desempeñaron en los últimos cinco años de servicio.</p>
<p>Artículo 5º-  Las partidas retributivas serán las emergentes de la contratación, no perdiéndose ni  incrementándose ningún otro derecho de los que por su condición de retirado ostentan con antelación al respectivo contrato y, será acumulable con la asignación de pasividad.</p>
<p>La actividad contratada bajo el régimen de la presente ley, será compatible con las prestaciones servidas por el servicio de asistencia social policial.</p>
<p>Artículo 6º- El personal contratado bajo el régimen de la presente ley no podrá efectuar servicios pagos al amparo de lo establecido por el art. 222 de la Ley 13.318 o similares, realizados a través de dependencias del Ministerio del Interior.</p>
<p>Artículo 7º-  El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.</p>
<p>Aire Fresco</p>
<p>Partido Nacional.</p>
<p>AMIN NIFFOURI.</p>
<p>Representante Nacional.</p>
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