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	<title>prendas de vestir Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
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		<title>Cuento chino: Luis Lacalle Pou cursa pedido de informes al Ministerio del Interior por compra directa de prendas de vestir</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Mar 2016 23:08:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[China Xinxing Import & Corporation]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Al amparo de las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, el senador Luis Lacalle Pou (Partido Nacional) solicitó se curse el siguiente pedido de informes al Ministerio del Interior (MI). Texto del PEDIDO DE INFORMES. Según surge de la resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas de la [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2016/03/luis-lacalle-pou2.jpg"><img decoding="async" class="  wp-image-92691 alignleft" src="/wp-content/uploads/2016/03/luis-lacalle-pou2.jpg" alt="luis lacalle pou" width="432" height="251" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/03/luis-lacalle-pou2.jpg 494w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/03/luis-lacalle-pou2-300x174.jpg 300w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2016/03/luis-lacalle-pou2-150x87.jpg 150w" sizes="(max-width: 432px) 100vw, 432px" /></a>Al amparo de las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República, el senador Luis Lacalle Pou (Partido Nacional) solicitó se curse el siguiente pedido de informes al Ministerio del Interior (MI).</p>
<p>Texto del PEDIDO DE INFORMES.</p>
<p>Según surge de la resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas de la Republica (TCR) en su sesión de fecha 27 de enero de 2016 (E.E. N° 2016-17-1-0000393, Ent. N° 263/16), el Ministerio del Interior realizó una compra Directa por Excepción (N° 63/2015) para la adquisición de prendas de vestir, en el marco del Acuerdo Intergubernamental entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Popular de China.</p>
<p>Para realizar la compra, el Ministerio del Interior se amparó en la excepción del artículo 33, Literal C) Numeral 17 del Decreto 150/012, de fecha 11 de mayo de 2012 (TOCAF), que dispone: “Las adquisiciones que se realicen en el marco de acuerdos intergubernamentales o con entidades estatales extranjeras que involucren un intercambio compensado con productos nacionales de exportación”.</p>
<p>El TCR observó el gasto argumentando que: a) no se acreditó por parte del Ministerio del Interior que la compra directa efectuada al amparo del Acuerdo Intergubernamental haya involucrado “un intercambio compensado con productos nacionales de exportación”; b) no surge de la información suministrada al TCR que el proyecto haya sido evaluado y aprobado “por parte del Acreedor con la comprobación de ambos gobiernos”; c) de ninguna de las cláusulas del Acuerdo invocado surge la referencia que efectúa la Administración para proceder a la contratación, cuando señala que el mismo tiene como objeto “instrumentar proyectos que permitan la incorporación de equipamiento acorde con los avances tecnológicos”; d) no acreditó que los procedimientos competitivos realizados con anterioridad hayan resultado inconvenientes en cuanto al precio.</p>
<p>En virtud de lo expuesto solicito:</p>
<p>1)      Adjuntar copia de la propuesta económica presentada por la firma China Xinxing Import &amp; Corporation, de fecha 4 de enero de 2016, por un total de USD 4.175.750 (dólares americanos cuatro millones ciento setenta y cinco mil setecientos cincuenta).</p>
<p>2)      Adjuntar copia del Memorando de Entendimiento entre el Ministerio del Interior y  China Xinxing Import &amp; Corporation, de fecha 28 de setiembre de 2015.</p>
<p>3)      Adjuntar copia del acuerdo firmado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Popular de China, firmado en el año 2006 que sirvió de amparó para la compra efectuada.</p>
<p>4)      Adjuntar copia de la Proforma Invoice N° 15Y06J08.</p>
<p>5)      Adjuntar copia de la Resolución del Poder Ejecutivo autorizando la Compra Directa por Excepción con la firma China Xinxing Import &amp; Corporation.</p>
<p>6)      Adjuntar toda la documentación existente referida a los gastos de importación (2%) equivalentes a USD 83.515 (dólares americanos ochenta y tres mil quinientos quince).</p>
<p>7)      Indicar si el Ministerio del Interior reiteró el gasto observado por el TCR. En caso afirmativo se solicita adjuntar toda la documentación aportada por el Ministerio del Interior al TCR. En caso negativo, se solicita informar cuáles serán los pasos a seguir por parte del Ministerio del Interior.</p>
<p>8)      Indicar si de la operación de compra participaron intermediarios. En caso afirmativo indicar quienes fueron los intermediarios y qué montos cobraron por la gestión de intermediación.</p>
<p>9)      Indicar los motivos por los cuales el Ministerio del Interior no acreditó la existencia de “…un intercambio compensado con productos nacionales de exportación…” tal como exige el Acuerdo Intergubernamental celebrado con el Gobierno de la República Popular de China.</p>
<p>10)   El Acuerdo Intergubernamental establece que: “Los proyectos que utilicen el crédito antes mencionado serán evaluados y aprobados por parte del Acreedor con la comprobación de ambos Gobiernos”. Se solicita adjuntar el proyecto y la correspondiente documentación probatoria de evaluación y aprobación del Acreedor y de ambos gobiernos firmantes.</p>
<p>11)   Indicar en qué cláusulas del Acuerdo Intergubernamental invocado por el Ministerio del Interior para realizar la compra, surge la referencia que efectúa la Administración para proceder a la contratación, cuando señala que el mismo tiene como objeto “instrumentar proyectos que permitan la incorporación de equipamiento acorde con los avances tecnológicos”.</p>
<p>12)   Adjuntar documentación que acredite el motivo por el cual a juicio del Ministerio del Interior, el procedimiento competitivo realizado con proveedores de plaza para compras anteriores ha resultado inconveniente.</p>
<p>Sin otro particular, saluda a usted muy atentamente,</p>
<p>Luis Lacalle Pou</p>
<p>Senador.</p>
<p>Fuente Imagen: diariosalto.com.uy</p>
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		<title>Aduanas desbarata contrabando con 4.000 prendas de vestir</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/05/aduanas-desbarata-contrabando-con-4-000-prendas-de-vestir.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 May 2012 23:21:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Principal]]></category>
		<category><![CDATA[aduanas]]></category>
		<category><![CDATA[prendas de vestir]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Funcionarios de la Unidad de Contralor y el Módulo Florida de la Administración de Aduanas de Montevideo, desarticularon una maniobra de contrabando que intentó realizarse con un cargamento destinado a Paraguay. Un contenedor procedente de China, fue sometido a la inspección no intrusiva mediante escáner que permitió observar imágenes que no tenían consistencia con los [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Funcionarios de la Unidad de Contralor y el Módulo Florida de la Administración de Aduanas de Montevideo, desarticularon una maniobra de contrabando que intentó realizarse con un cargamento destinado a Paraguay.</p>
<p>Un contenedor procedente de China, fue sometido a la inspección no intrusiva mediante escáner que permitió observar imágenes que no tenían consistencia con los materiales del cargamento declarado, compuesto por textiles.</p>
<p>Se procedió a la apertura del contenedor en cuyo interior se ubicó un piso flotante y un piso de baldosones de cerámica. Al mismo tiempo la inspección física permitió determinar que en el cargamento se habían colocado fardos de prendas de vestir que no figuraban en la documentación que acompañaba la operación aduanera.</p>
<p>En total fueron contabilizadas 4.000 prendas de vestir para niños, damas y hombres, principalmente camperas de abrigo.</p>
<p>Se dio cuenta de la situación al Juzgado Letrado de Aduanas, disponiéndose la incautación del cargamento valorado en U$S 185.000.</p>
<p>Vehículo extranjero indocumentado</p>
<p>Funcionarios de la Unidad de Contralor de la Administración de Aduanas de Montevideo, incautaron en presunta infracción aduanera de contrabando un vehículo de colección, del año 1984.</p>
<p>Se trata de un Jeep modelo CJ7 Laredo cuyo ingreso al territorio nacional se produjo en forma irregular, en apariencia desde Estados Unidos de América, aunque carecía de matrícula en el momento de ser detenido.</p>
<p>La investigación realizada por los funcionarios aduaneros permitió intervenir antes que el vehículo fuera desguazado para venderlo por piezas y fundamentó la denuncia presentada ante el Juzgado Letrado de Aduana,</p>
<p>El responsable del vehículo quedó a disposición de la justicia, mientras que el valor comercial fue estimado en U$S 25.000.</p>
<p>Fuente Contenido e Imagen: Dirección Nacional de Aduanas.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Dos ciudadanos argentinos fueron procesados por contrabando</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2010/08/dos-ciudadanos-argentinos-fueron-procesados-por-contrabando.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Aug 2010 05:18:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[contrabando hojas de cocaanteojos]]></category>
		<category><![CDATA[prendas de vestir]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La inspecciones que se realizan a equipajes y vehículos que ingresan a Uruguay por el Puente Internacional Gral. San Martín, permitieron incautar mercadería y hojas de coca en presunta infracción de contrabando, informó la Dirección Nacional de Aduanas el martes 24 de agosto. Además de la revisación del equipaje de los pasajeros, se efectuó la [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La inspecciones que se realizan a equipajes y vehículos que ingresan a Uruguay por el Puente Internacional Gral. San Martín, permitieron incautar mercadería y hojas de coca en presunta infracción de contrabando, informó la Dirección Nacional de Aduanas el martes 24 de agosto.</p>
<p>Además de la revisación del equipaje de los pasajeros, se efectuó la inspección de los efectos pertenecientes a la tripulación, ubicándose en el interior de uno de los bolsos del conductor 247 gramos de hojas de coca, que según se pudo establecer era utilizadas para consumo de ambos.</p>
<p>Una revisación más exhaustiva del vehículo, permitió hallar que entre las paredes del baño y el compartimento donde se ubica la cafetera, 348 pares de anteojos para sol, 388 prendas de vestir y 800 tapetes para Mouse.</p>
<p>Los funcionarios de la Administración de Aduanas de Fray Bentos, advirtieron que el conductor y el guarda, eran las mismas personas a cargo de los transportes, en los que, en dos procedimientos aduaneros anteriores, se procedió a la incautación de 941 tizas de pasta base y por los que fueron responsabilizados en cada caso, integrantes del pasaje.</p>
<p>Con el apoyo de personal de Prefectura Nacional Naval, los funcionarios de Aduana, pusieron a disposición de la Justicia a los miembros de la tripulación, resolviéndose por parte del magistrado actuante el procesamiento de ambos sin prisión por el delito de contrabando.</p>
<p>Se resolvió asimismo, la incautación de la mercadería en infracción, la que quedó a disposición de la Sede.</p>
<p>Fuente: Dirección Nacional de Aduanas.</p>
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		<item>
		<title>Para mirarlo de otra manera: Aduanas incautó un valioso telescopio</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2010/03/para-mirarlo-de-otra-manera-aduanas-incauto-un-valioso-telescopio.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 15 Mar 2010 21:07:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[aduanas colonia]]></category>
		<category><![CDATA[prendas de vestir]]></category>
		<category><![CDATA[telescopio de contrabando]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las inspecciones que se realizan en el salón de pasajeros del puerto de Colonia, permitieron la incautación de más de 800 prendas de vestir que se intentaron introducir al país en forma irregular, informó la Dirección Nacional de Aduanas el lunes 15 de marzo. Se trató de mercadería de origen argentino que había sido acondicionada [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Las inspecciones que se realizan en el salón de pasajeros del puerto de Colonia, permitieron la incautación de más de 800 prendas de vestir que se intentaron introducir al país en forma irregular, informó la Dirección Nacional de Aduanas el lunes 15 de marzo.</p>
<p>Se trató de mercadería de origen argentino que había sido acondicionada en bolsos y que no fue declarada a los funcionarios de la Administración de Aduanas de Colonia, que transportaban quince de los pasajeros que arribaron al país en diferentes frecuencias de las líneas de transportes fluvial que proceden de la ciudad de Buenos Aires.</p>
<p>Las incautaciones fueron realizadas porque los valores de la mercadería excedía del monto de la franquicia disponible para turistas o viajeros que es, en estos casos de U$S 300, o porque constituían modelos similares de diferentes talles lo cual hace presumir contrabando con fines comerciales.</p>
<p>En otros de los equipajes transportados por ciudadanos uruguayos que retornaron al país por el mismo puerto, fueron incautados 916 unidades de cosméticos y un telescopio acerca del cual su responsable presentó como documentación para que se habilitara su ingreso al país, una boleta con elementos que hicieron sospechar su adulteración.</p>
<p>El instrumento para uso en astronomía tiene un valor comercial estimado en U$S 2.000.</p>
<p>En todos los casos se dispuso la incautación de la mercadería y la continuidad de las actuaciones administrativas, otorgándose a los presuntos infractores, las garantías procesales.</p>
<p>Fuente: Dirección Nacional de Aduanas.</p>
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		<item>
		<title>Aduanas incauta contrabando de prendas de vestir</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2009/10/aduanas-incauta-contrabando-de-prendas-de-vestir.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Oct 2009 00:51:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Exodo Oriental]]></category>
		<category><![CDATA[aduanas]]></category>
		<category><![CDATA[contrabando]]></category>
		<category><![CDATA[prendas de vestir]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En las inspecciones que se realizan por parte de Aduanas en el salón de pasajeros del puerto de Colonia a viajeros que proceden de la ciudad de Buenos Aires, se pudo determinar que una ciudadana uruguaya transportaba en su equipaje 320 prendas de vestir nuevas. El valor de la mercadería, unos U$S 1.600, supera las [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En las inspecciones que se realizan por parte de Aduanas en el salón de pasajeros del puerto de Colonia a viajeros que proceden de la ciudad de Buenos Aires, se pudo determinar que una ciudadana uruguaya transportaba en su equipaje 320 prendas de vestir nuevas.</p>
<p>El valor de la mercadería, unos U$S 1.600, supera las franquicias vigentes para viajeros y las características de las prendas (repetición de modelos, de diferentes talles) permiten establecer que estaban destinadas a su comercialización, si hubiera sorteado los controles aduaneros que lo impidieron.</p>
<p>Por tratarse del ingreso de un viajero procedente de un país del MERCOSUR, la franquicia vigente es de U$S 300 o su equivalente en otra moneda.</p>
<p>También funcionarios de la Administración de Aduanas de Colonia detuvieron un cargamento compuesto por componentes para discotecas que otro ciudadano uruguayo intentó introducir mediante la modalidad de contrabando.</p>
<p>Se trata de una Potencia APX600 y esferas para iluminación de última generación, con sus respectivos conectores, mercadería por un valor estimado en U$S 2.000 acerca de la cual, su responsable no efectuó la declaración, ni gestionó la correspondiente importación.</p>
<p>En ambos casos se procedió a la incautación de los artículos  y se efectuó la correspondiente comunicación a la Juez Letrado, mediante la elevación de antecedentes.</p>
<p> Más prendas en dos vuelos</p>
<p> En las inspecciones que se realizan en el salón de pasajeros del Aeropuerto Internacional de Carrasco, un pasajero que procedía de Estados Unidos de América, transportaba en valijas 246 prendas de vestir, vestidos, blusas, remeras, camperas y camisas.</p>
<p>En este caso se superó la franquicia vigente para viajeros procedentes de países no integrantes de MERCOSUR que es de U$S 500.</p>
<p>En el equipaje de una ciudadana uruguaya que arribó al país procedente de Buenos Aires, fueron ubicadas 90 prendas de lencería fina, que según se pudo establecer, se iban a comercializar en nuestro país en forma irregular en caso de haber ingresado en condiciones irregulares.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Decomisan más de 1000 prendas de contrabando</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2009/09/decomisan-mas-de-1000-prendas-de-contrabando.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Sep 2009 01:38:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Exodo Oriental]]></category>
		<category><![CDATA[contrabando]]></category>
		<category><![CDATA[prendas de vestir]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Diferentes procedimientos de inspección aduanera permitieron la incautación este martes 2 de setiembre de más de mil prendas de vestir de origen argentino y brasileño que ingresaron al país en presunta infracción de contrabando. En una agencia de viajes con sede en la terminal de ómnibus de Tres Cruces, funcionarios del Departamento de Vigilancia Aduanera, [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Diferentes procedimientos de inspección aduanera permitieron la incautación este martes 2 de setiembre de más de mil prendas de vestir de origen argentino y brasileño que ingresaron al país en presunta infracción de contrabando.</p>
<p>En una agencia de viajes con sede en la terminal de ómnibus de Tres Cruces, funcionarios del Departamento de Vigilancia Aduanera, detuvieron una encomienda que había sido remitida desde el litoral, en la que figuraban datos parciales de remitente y destinatario.</p>
<p>Sus responsables fueron convocados pero no se hicieron presentes para retirar el envío, por lo cual, con las garantías del caso fue abierto y en su interior fueron ubicadas 500 prendas de vestir, principalmente remeras de origen argentino y brasileño.</p>
<p>Un pasajero que descendió de un ómnibus procedente del norte del país, en la zona de Plaza Cuba, transportaba consigo como equipaje un bolso de considerables dimensiones.</p>
<p>Los funcionarios que realizaron la inspección, comprobaron que el individuo transportaba 170 pantalones vaquero de origen brasileño, sin que pudiera justificar su ingreso al país en condiciones legales, por lo cual deberá asumir responsabilidades por la infracción aduanera.</p>
<p>Otra inspección realizada por la misma dependencia de Aduana, en la ruta nacional Nº 3 permitió ubicar otras 200 prendas de vestir que se transportaban en la bodega de un ómnibus que procedía de la ciudad de Buenos Aires y acerca del cual ningún pasajero asumió responsabilidad.</p>
<p>Las inspecciones que se realizan a comercios formales permitieron la incautación de un cargamento de prendas de vestir ingresados en infracción de contrabando.</p>
<p>Un equipo de funcionarios de la Aduana de Aceguá se hizo presente en un local ubicado en la localidad de Fraile Muerto, en el que había 135 prendas de vestir de origen argentino y brasileño, acerca de las cuales su responsable no presentó las facturas que establecieran la importación de la mercadería.</p>
<p>Se procedió al decomiso de las prendas, en tanto que continúan las actuaciones de rigor con el responsable del contrabando.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Aduanas se incauta de más de 5.000 prendas de vestir de contrabando</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2009/05/aduanas-se-incauta-de-mas-de-5000-prendas-de-vestir-de-contrabando.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 May 2009 23:32:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[aduanas]]></category>
		<category><![CDATA[contrabando]]></category>
		<category><![CDATA[paysandú]]></category>
		<category><![CDATA[prendas de vestir]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=14285</guid>

					<description><![CDATA[<p>Como resultado de una investigación que se venía realizando acerca de la comercialización de mercadería que habría ingresado al país en presunta infracción de contrabando, fueron enviados a la ciudad de Paysandú, equipos móviles compuestos por funcionarios de la Dirección de Inspección de Aduanas, según difundió el organismo el viernes 29 de mayo. Se ubicaron [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Como resultado de una investigación que se venía realizando acerca de la comercialización de mercadería que habría ingresado al país en presunta infracción de contrabando, fueron enviados a la ciudad de Paysandú, equipos móviles compuestos por funcionarios de la Dirección de Inspección de Aduanas, según difundió el organismo el viernes 29 de mayo.</p>
<p>Se ubicaron en el comercios del centro de la ciudad y en exhibición para su venta al público, un total de 2.825 prendas de vestir y calzados, de origen argentino, chino e hindú.</p>
<p>Los responsables de la mercadería no acreditaron, ante los funcionarios intervinientes, ninguna documentación que acreditara el ingreso legal de la mercadería valorada en U$S 26.000, ante lo cual se procedió a la incautación por presunta infracción de contrabando.</p>
<p>Se investiga ahora la modalidad utilizada para el ingreso de la mercadería, presumiblemente a través de la frontera con Argentina.</p>
<p>Inspecciones de móviles de Colonia</p>
<p>Otros equipos móviles de la Administración de Aduanas de Colonia realizaron una inspección a un comercio de la ciudad en la se incautaron 503 prendas que carecían de las correspondientes grifas de una firma importadora.</p>
<p>De origen argentino y brasileño, la mercadería fue incautada, prosiguiéndose las actuaciones administrativas con el responsable de su comercialización.</p>
<p>Inspecciones realizadas por la Coordinación de Zona III de Aduana, en rutas de los departamentos de Flores y Durazno, permitieron ubicar en el interior de las bodegas de ómnibus de líneas interdepartamentales y en vehículos individuales, un total de 865 prendas de vestir (camperas, buzos, pantalones, remeras y blusas) de origen argentino.</p>
<p>También en Colonia, en la revisación habitual de equipajes que se efectúa en el salón de pasajeros, fueron incautadas 1.450 prendas de vestir que transportaban ciudadanos uruguayos que procedían de Argentina y que en todos los casos, por la cantidad y el monto de la mercadería, excedían las franquicias previstas para viajeros.</p>
<p>En estos casos el valor de la mercadería en presunta infracción de contrabando fue estimado en más de U$S 20.000.</p>
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