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	<title>pulseras electrónicas Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
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		<title>Diputado Amy: Pulseras electrónicas, “hecha la ley, hecha la trampa”</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Jul 2013 02:41:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[josé amy]]></category>
		<category><![CDATA[pulseras electrónicas]]></category>
		<category><![CDATA[violencia doméstica]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Compartimos la columna del diputado José Amy (Partido Colorado) titulada Pulseras electrónicas, “hecha la ley, hecha la trampa”. El sistema de pulseras electrónicas, permite advertir a una víctima, con la premura necesaria ser atacada nuevamente por su agresor, es una de las herramientas utilizadas, con el objetivo de reducir las muertes por violencia doméstica en [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Compartimos la columna del diputado José Amy (Partido Colorado) titulada Pulseras electrónicas, “hecha la ley, hecha la trampa”.</p>
<p>El sistema de pulseras electrónicas, permite advertir a una víctima, con la premura necesaria ser atacada nuevamente por su agresor, es una de las herramientas utilizadas, con el objetivo de reducir las muertes por violencia doméstica en nuestro país. Impulsada la idea desde el Ministerio del Interior, bueno es decir, que esa iniciativa fue presentada y elaborada originalmente, por la Diputada Alma Mallo de nuestro sector (Vamos Uruguay PC), a pesar no ser nunca mencionada por aquella Secretaria de Estado. Luego de muchas idas y venidas, las pulseras están funcionando, y nos alegramos como ciudadano que las misma estén contribuyendo a disminuir las muertes (no la violencia) en mujeres víctimas de violencia doméstica, pero aún resta ajustar algunas cuestiones, pues “hecha la ley, hecha la trampa”, profesa el refranero. Por un lado, las autoridades competentes han detectado que algunos violentos se han quitado los dispositivos, destruyéndolos total o parcialmente, logrando evadir los controles a los que estaban sometidos. Por otro parte, la violencia sigue presente, según un estudio difundido por el Ministerio de Salud Pública el mes de mayo del corriente año, una de cada cuatro mujeres en Uruguay asegura haber sufrido violencia doméstica, el 20,5 % de las mujeres encuestadas para relevar estos datos, aseguró ser víctima de violencia doméstica todos los días, en este orden, el 14 % de las situaciones de violencia doméstica identificadas tuvieron lugar cuando la mujer se encontraba embarazada y el 35 % de las encuestadas valoró los episodios vividos como muy graves. Como elemento demostrativo es bueno tener presente, la elevada cantidad de denuncias de hechos violentos que ha recibido un juzgado especializado de Pando, el que desde su apertura hace nada más 22 meses, entre el 1° de enero de 2013 a la fecha, tramitó 700 expedientes sobre golpizas a mujeres y maltratos a niños. Otro defecto notorio del sistema aplicado, es que actualmente no hay un marco legal específico, para el uso de este mecanismo, sin perjuicio, que la Suprema Corte de Justicia ha manifestado que no encuentra objeción, ni impedimento a insertar esta tecnología, en la prevención y control de delitos sobre violencia doméstica. Con ese fin hemos contribuido, con nuestro aporte legislativo, presentado el pasado 24 de Junio a la Bancada de Vamos Uruguay, un nuevo proyecto de ley relacionado al uso del dispositivo que hemos venido mencionando, y atendiendo los motivos planteados anteriormente. Se propone una solución legal estableciendo a texto expreso la legalidad de la aplicación de estos elementos y estableciendo su naturaleza jurídica, además se pretende se establecezca una sanción para todos los individuos que, una vez dispuesto por la justicia competente el uso del dispositivo de esta naturaleza, se lo quitan sin mediar autorización y generando un deterioro total o parcial de éste. Los siguientes artículos resumen las anteriores ideas. Artículo 1° – Los jueces competentes en materia penal y de violencia doméstica, podrán disponer el empleo de medios de rastreo y control electrónico tales como pulseras, tobilleras y similares, que podrán ser aplicados con carácter preventivo a. los infractores o a quienes desarrollen conductas que puedan devenir en peligrosas. La colocación de tales elementos será considerado una medida de seguridad compatible con la libertad ambulatoria. Serán dispuestas por resolución fundada del tribunal en decisión que no causará estado y podrá ser revocada en cualquier momento. El Tribunal quedará facultado para imponerlas en carácter preliminar sin previo conocimiento del interesado, quien, en tal caso, podrá ejercer la oposición que considere corresponder luego de adoptada la decisión original. Artículo 2º – Toda persona que deba portar un medio de control electrónico, de los referidos en el artículo anterior por disposición judicial deberá preservarlo en las mismas condiciones en que le fuera colocado y con la diligencia de un buen padre de familia. Artículo 3° – El retiro no autorizado o la rotura intencional, total o parcial, del medio de control electrónico, anteriormente referido, por parte de la persona que deba portarlo o de un tercero, en forma intencional, será castigado con una pena de dos a cuatro años de penitenciaría. Se concluye, terminar con el vacío legal existente y dar solución a la trampa que han impuesto los violentos a esta ley, para que no puedan escudarse en el refrán de hecha la ley hecha la trampa.</p>
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		<title>Violencia doméstica: Policía comienza monitoreo y control a través de tobilleras electrónicas y rastreadores</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2013/02/violencia-domestica-policia-comienza-monitoreo-y-control-a-traves-de-tobilleras-electronicas-y-rastreadores.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 01 Feb 2013 23:04:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[monitoreo víctimas violencia doméstica]]></category>
		<category><![CDATA[pulseras electrónicas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>A partir del viernes 1º de febrero comienza a implementarse el método de monitoreo de víctimas de violencia doméstica a través del uso de tobilleras electrónicas y rastreadores. Cada equipo tiene tres elementos: una tobillera y un rastreador para el agresor y un rastreador para la víctima, que deberán llevar todo el tiempo con ellos. [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>A partir del viernes 1º de febrero comienza a implementarse el método de monitoreo de víctimas de violencia doméstica a través del uso de tobilleras electrónicas y rastreadores. Cada equipo tiene tres elementos: una tobillera y un rastreador para el agresor y un rastreador para la víctima, que deberán llevar todo el tiempo con ellos. En una primera etapa se implementará solo en Montevideo y se utilizarán 100 pares de equipos.</p>
<p>El comisario, Ignacio González, explicó cómo utilizarán la tobillera y los rastreadores las víctimas y victimarios por violencia doméstica, una vez que la Justicia dictamine medidas cautelares para los casos más severos.</p>
<p>Cada equipo consta de tres aparatos: una tobillera y dos rastreadores GPS muy similares a teléfonos celulares. Todos los equipos deben ser cargados tanto por la víctima como por el agresor, porque de lo contrario emitirán alarmas en el Centro de Monitoreo y Control.</p>
<p>El dispositivo que lleva la víctima permite el monitoreo para una zona dinámica que estará definida por el lugar donde ésta se encuentre. Mientras que la víctima lleve el rastreador mostrará tres anillos de actuación. El primer anillo define la zona de emergencia donde se ubica el transmisor y la persona. El segundo anillo refiere a la zona de restricción y corresponde a la medida cautelar que dispuso el juez, que generalmente es de 200 o 300 metros. El tercer anillo refleja una zona de advertencia y que completa un área de 1.000 metros en total, entre los tres anillos para alertar a la víctima cuando su agresor traspasa la zona de 1.000 metros y ocasiona una alarma en el Centro de Monitoreo.</p>
<p>González aclaró que el traspaso a la zona de advertencia no implica que la persona haya incumplido ninguna medida cautelar definida por el juez. El anillo de advertencia funciona para tener un margen de advertencia y contar con un tiempo determinado para la prevención y actuación. Si el victimario transgrede ese anillo, la primera acción que se toma es comunicarse con la víctima para ponerla en alerta y brindarle orientaciones de autocuidado. Seguidamente, se llama al agresor y se le pregunta qué hace en el entorno de la víctima y se le indica que tiene que salir de allí.</p>
<p>Protección a la víctima</p>
<p>En caso de que el agresor no conteste la llamada, no se retire y continúe el trayecto hacia donde se encuentra la víctima, se activa un protocolo de actuación por el cual el Centro de Monitoreo se comunica con el 911 y se envía un móvil patrullero al lugar donde se encuentra la víctima. “El objeto de protección de este sistema es siempre la víctima, cualquiera sea la situación”.</p>
<p>Este programa permite tener varias zonas de rastreo. La zona dinámica está determinada por el lugar donde se encuentra la víctima y, al mismo tiempo, permite detectar zonas fijas de exclusión, como por ejemplo el lugar de trabajo o la escuela donde asisten sus hijos. El juez determinará en la medida cautelar una cantidad determinada de metros de la zona de exclusión, el plazo de esa medida y la prohibición de acercamiento a lugares físicos.</p>
<p>Las zonas fijas de exclusión funcionan de la misma manera que la zona dinámica. Si el agresor se acerca a menos de 1.000 metros, emite una alarma al Centro de Monitoreo y se genera la advertencia a la víctima, se llama al agresor y si se es necesario, se envía el móvil al lugar donde se encuentra la víctima para protegerla.</p>
<p>Este procedimiento estará operativo a partir del 1º de febrero y aún no existen resoluciones judiciales para la implementación de este sistema. Hasta el momento se realizaron pruebas piloto sobre la tecnología para ajustarla a los requerimientos, porque este tipo de equipos se utiliza a nivel internacional y era necesario ajustarlos a la operativa y legislación de Uruguay. En la primera etapa de implementación se aplicará solamente en Montevideo, pero de acuerdo a las necesidades se podrá expandir al interior del país. Para esta primera etapa de prueba, se arrendaron unos 100 equipos.</p>
<p>Fuente Contenido e Imagen: Presidencia de la República. www.presidencia.gub.uy</p>
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