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	<title>ruidos molestos maldonado Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
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		<title>Maldonado: Está vigente reglamentación de ruidos molestos y descargas en la costa</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Dec 2011 12:14:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Principal]]></category>
		<category><![CDATA[descarga de materiales maldonado]]></category>
		<category><![CDATA[ruidos molestos maldonado]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Entró en vigencia y rige hasta el 2 de marzo de 2012 la disposición que establece una serie de limitaciones a los ruidos molestos en la zona al llegar la temporada veraniega. Después de las 22.00 y antes de las 9.00 horas, las medidas buscan asegurar el descanso de quienes viven y llegan a disfrutar  [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Entró en vigencia y rige hasta el 2 de marzo de 2012 la disposición que establece una serie de limitaciones a los ruidos molestos en la zona al llegar la temporada veraniega.</p>
<p>Después de las 22.00 y antes de las 9.00 horas, las medidas buscan asegurar el descanso de quienes viven y llegan a disfrutar  sus vacaciones en el departamento.</p>
<p>VISTO: La necesidad de regular diversas actividades laborales y viales, que inciden en las actividades del turismo en el período de verano, asegurando la circulación de peatones y vehículos y la seguridad para todos.</p>
<p>RESULTANDO: Que diversas actividades con emisión de ruidos perturban las horas de descanso y otras lo hacen con el tránsito vehicular y peatonal.</p>
<p>CONSIDERANDO: Que la regulación específica permitirá el mejor aprovechamiento de las vías de tránsito y disminuir en general, las molestias a la actividad turística.</p>
<p>ATENTO: A lo expuesto:</p>
<p>EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE MALDONADO</p>
<p>RESUELVE:</p>
<p>1º) A partir del 8 de diciembre de 2011 y hasta el 2 de marzo de 2012, en la zona integrada por el conurbano Maldonado – Punta del Este, Ciudad de Piriápolis, así como en los balnearios de la costa oceánica pertenecientes a la Juntas Locales de Garzón, Solís y Autónoma y electiva de San Carlos –José Ignacio, Montoya, La Barra, Solís, Las Flores, Playa Hermosa, Playa Verde, Piriápolis&#8211;, regirán los siguientes horarios para las actividades que se detallan a continuación:</p>
<p>a. Los trabajos de cualquier índole que generen ruidos molestos no podrán realizarse antes de la hora 09:00 ni después de la hora 22:00, en todas las zonas urbanizadas, costeras.</p>
<p>b. No se permitirán excavaciones ni demoliciones en todo el período en los siguientes lugares:</p>
<p>§ En Punta del Este, al Sur de la Calle 32;</p>
<p>§ En el área delimitada por las Calles Arturo Santana, Rincón, Román Bergalli y José Dodera de la Ciudad de Maldonado.</p>
<p>§ Entre Rambla de los Argentinos y las Calles Buenos Aires, – desde Gabriel Pereira&#8211;, Tucumán y Br. Fco. Piria, de Piriápolis.</p>
<p>c. Se prohíbe durante todo el período, la preparación de materiales o acopios de obras en la vía pública, fuera de la barrera de obras autorizada;</p>
<p>d. Quedan prohibidos los cortes de pavimento durante el período,en las Ciudades de Maldonado, Punta del Este y Piriápolis.</p>
<p>e. Para el ingreso, circulación, carga y/o descarga de camiones de más de 2.500 kg. de carga útil, rigen: el horario de 03:00 a 10:30 horas y de 14:00 a 17:00 horas, en los</p>
<p>siguientes lugares:</p>
<p>§ al Sur de la Calle 32 de la Península de Punta del Este;</p>
<p>§ en el área delimitada por las Calles Arturo Santana, Rincón, Román Bergalli y José Dodera de la Ciudad de Maldonado; el horario de 05:00 a 10:30 horas en los siguientes lugares:</p>
<p>§ Avda. Pte. Eduardo Víctor Haedo –Ruta 10&#8211; desde Palma de la Barra hasta Montoya;</p>
<p>§ Faro José Ignacio;</p>
<p>§ Zona comprendida entre Tucumán, Piria, Rambla de los Argentinos y Avda. Artigas de la Ciudad de Piriápolis; Fuera de estos horarios, el estacionamiento, la circulación, carga o descarga de vehículos de más de 2.500 Kg. de carga útil, en las zonas indicadas quedan totalmente prohibidas y las violaciones de la prohibición serán pasibles de sanciones.</p>
<p>f. La carga y descarga de abastecedores de cualquier índole y en cualesquiera vehículos en los comercios ubicados en Avda. Pedragosa Sierra entre Avda. Artigas y California (Ciudad de Punta del Este), NO podrá realizarse entre las 10:30 y 22:00 horas.</p>
<p>g. Se fiscalizará estrictamente el estacionamiento en doble fila de cualquier tipo de vehículo, a efectos de facilitar el tránsito vehicular.</p>
<p>2º) En Faro de José Ignacio, entre el 20 de diciembre de 2011 y el 24 de enero de 2012,</p>
<p>a) la Calle de Los Cisnes tendrá un solo sentido de circulación de Este a Oeste, entre Calle Las Calandrias y Eugenio Saiz Martínez.</p>
<p>Prohíbese el estacionamiento de vehículos durante todo el día sobre su borde Sur.</p>
<p>3º) Las infracciones a la presente Resolución, serán sancionadas con las multas previstas por las normas vigentes;</p>
<p>4º) Deróganse todas las Resoluciones anteriores relacionadas con la presente normativa.</p>
<p>5º) Por División de Administración Documental comuníquese a la Jefatura de Policía de Maldonado, a la Cámara de Comercio, a O.S.E, a U.T.E, a ANTEL, a la División de Servicios Auxiliares, a la Secretaría de Comunicaciones y Prensa par dar amplia difusión y ser publicado en la página web de la Intendencia Municipal de Maldonado</p>
<p>y pase a la Unidad de Movilidad Ciudadana y División de Tránsito y Transporte.</p>
<p>Fuente Contenido: Intendencia de Maldonado. <a href="http://www.maldonado.gub.uy/">www.maldonado.gub.uy</a></p>
<p>Fuente Imagen: FM Gente. <a href="http://www.fmgente.com.uy/">www.fmgente.com.uy</a></p>
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