Entró en vigencia y rige hasta el 2 de marzo de 2012 la disposición que establece una serie de limitaciones a los ruidos molestos en la zona al llegar la temporada veraniega.

Después de las 22.00 y antes de las 9.00 horas, las medidas buscan asegurar el descanso de quienes viven y llegan a disfrutar  sus vacaciones en el departamento.

VISTO: La necesidad de regular diversas actividades laborales y viales, que inciden en las actividades del turismo en el período de verano, asegurando la circulación de peatones y vehículos y la seguridad para todos.

RESULTANDO: Que diversas actividades con emisión de ruidos perturban las horas de descanso y otras lo hacen con el tránsito vehicular y peatonal.

CONSIDERANDO: Que la regulación específica permitirá el mejor aprovechamiento de las vías de tránsito y disminuir en general, las molestias a la actividad turística.

ATENTO: A lo expuesto:

EL INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE MALDONADO

RESUELVE:

1º) A partir del 8 de diciembre de 2011 y hasta el 2 de marzo de 2012, en la zona integrada por el conurbano Maldonado – Punta del Este, Ciudad de Piriápolis, así como en los balnearios de la costa oceánica pertenecientes a la Juntas Locales de Garzón, Solís y Autónoma y electiva de San Carlos –José Ignacio, Montoya, La Barra, Solís, Las Flores, Playa Hermosa, Playa Verde, Piriápolis–, regirán los siguientes horarios para las actividades que se detallan a continuación:

a. Los trabajos de cualquier índole que generen ruidos molestos no podrán realizarse antes de la hora 09:00 ni después de la hora 22:00, en todas las zonas urbanizadas, costeras.

b. No se permitirán excavaciones ni demoliciones en todo el período en los siguientes lugares:

§ En Punta del Este, al Sur de la Calle 32;

§ En el área delimitada por las Calles Arturo Santana, Rincón, Román Bergalli y José Dodera de la Ciudad de Maldonado.

§ Entre Rambla de los Argentinos y las Calles Buenos Aires, – desde Gabriel Pereira–, Tucumán y Br. Fco. Piria, de Piriápolis.

c. Se prohíbe durante todo el período, la preparación de materiales o acopios de obras en la vía pública, fuera de la barrera de obras autorizada;

d. Quedan prohibidos los cortes de pavimento durante el período,en las Ciudades de Maldonado, Punta del Este y Piriápolis.

e. Para el ingreso, circulación, carga y/o descarga de camiones de más de 2.500 kg. de carga útil, rigen: el horario de 03:00 a 10:30 horas y de 14:00 a 17:00 horas, en los

siguientes lugares:

§ al Sur de la Calle 32 de la Península de Punta del Este;

§ en el área delimitada por las Calles Arturo Santana, Rincón, Román Bergalli y José Dodera de la Ciudad de Maldonado; el horario de 05:00 a 10:30 horas en los siguientes lugares:

§ Avda. Pte. Eduardo Víctor Haedo –Ruta 10– desde Palma de la Barra hasta Montoya;

§ Faro José Ignacio;

§ Zona comprendida entre Tucumán, Piria, Rambla de los Argentinos y Avda. Artigas de la Ciudad de Piriápolis; Fuera de estos horarios, el estacionamiento, la circulación, carga o descarga de vehículos de más de 2.500 Kg. de carga útil, en las zonas indicadas quedan totalmente prohibidas y las violaciones de la prohibición serán pasibles de sanciones.

f. La carga y descarga de abastecedores de cualquier índole y en cualesquiera vehículos en los comercios ubicados en Avda. Pedragosa Sierra entre Avda. Artigas y California (Ciudad de Punta del Este), NO podrá realizarse entre las 10:30 y 22:00 horas.

g. Se fiscalizará estrictamente el estacionamiento en doble fila de cualquier tipo de vehículo, a efectos de facilitar el tránsito vehicular.

2º) En Faro de José Ignacio, entre el 20 de diciembre de 2011 y el 24 de enero de 2012,

a) la Calle de Los Cisnes tendrá un solo sentido de circulación de Este a Oeste, entre Calle Las Calandrias y Eugenio Saiz Martínez.

Prohíbese el estacionamiento de vehículos durante todo el día sobre su borde Sur.

3º) Las infracciones a la presente Resolución, serán sancionadas con las multas previstas por las normas vigentes;

4º) Deróganse todas las Resoluciones anteriores relacionadas con la presente normativa.

5º) Por División de Administración Documental comuníquese a la Jefatura de Policía de Maldonado, a la Cámara de Comercio, a O.S.E, a U.T.E, a ANTEL, a la División de Servicios Auxiliares, a la Secretaría de Comunicaciones y Prensa par dar amplia difusión y ser publicado en la página web de la Intendencia Municipal de Maldonado

y pase a la Unidad de Movilidad Ciudadana y División de Tránsito y Transporte.

Fuente Contenido: Intendencia de Maldonado. www.maldonado.gub.uy

Fuente Imagen: FM Gente. www.fmgente.com.uy