El diputado Jorge Romero (Alianza Nacional) planteó su preocupación por el enlenticimiento en la forma que se instrumenta la Ley que regula el destino de muchos productos que sabemos se pierden y/o inutilizan en los depósitos aduaneros, en especial alimentos, cuando es de nuestro conocimiento que miles de niños en nuestro país viven bajo la línea de pobreza, recibiendo además una alimentación poco decorosa que repercute de forma negativa en la salud física y mental de los mismos.

Durante la media hora previa de la sesión de la Cámara de Representantes del pasado miércoles 12, Romero recordó que “desde la pasada legislatura y a su iniciativa, contamos con una Ley, la número 17.743, que dispone la facultad a los Tribunales intervinientes en actuaciones relativas a posibles infracciones aduaneras; en los casos que se determine su incautación o indisponibilidad, de entregar de forma directa y gratuita a INDA, INAU, ANEP o en su caso al MSP, mercaderías, productos alimenticios, bebidas sin alcohol, juguetes, prendas de vestir, ropa de cama o medicamentos, perecederos o altamente perecederos.

Si bien se establece la facultad de efectuar o no la entrega por parte los Magistrados, razones de sentido común y humanidad deberían primar en las Sedes Judiciales, pues es a los Jueces a quienes se les atribuye esta posibilidad, a través de un mecanismo de efectivización amplio y ágil en la medida que por motivos de justicia social se contemple a los menos favorecidos haciendo a un lado las acciones burocráticas que sólo enlentecerían y quitarían inmediatez a esta honrosa Ley.

Asimismo se dispone que los Magistrados puedan rechazar todo tipo de recurso o acción que dilate o entorpezca su positiva resolución, por lo cual están dados todos los medios para que se cumpla con esta Ley a satisfacción.

Los bienes incautados deberán ser necesariamente destinados a uso y consumo de los organismos que los reciban por disposición judicial, de manera que no entendemos por qué una Ley cuyo objetivo es por demás virtuoso no se aplica por los Tribunales de nuestro país que tienen a su cargo este tipo de actuaciones.-

Sin perjuicio de ello, es importante destacar también que la mencionada Ley asimismo dispone que en las incautaciones en procedimientos de la Dirección Nacional de Aduanas, Ministerio del Interior o Ministerio de Defensa Nacional, si éstas dependencias consideran que existe presunción de infracción aduanera de contrabando, la entrega directa y gratuita se realizará con noticia al Juez competente conjuntamente con la denuncia del presunto delito.

De manera que: como ciudadanos, en especial en mi calidad de ciudadano de frontera, no podemos permitir que cientos de kilos de alimentos y otros productos se pierdan en los depósitos a raíz de los efectos del calor y de las inclemencias del tiempo, cuando sabemos que otros ciudadanos menos favorecidos y que hacen uso asiduo de servicios de asistencia públicos que en muchos casos suponen su acceso a un vivir al menos decoroso, se inutilicen, por no decir se utilicen de manera inapropiada, pudiendo tener un destino que colabore con la obligación del estado de proteger a sus habitantes en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad.-

Romero solicitó que sus palabras sean enviadas a: Poder Judicial, INDA, INAU, ANEP, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio del Interior, Dirección Nacional de Aduanas, Ministerio de Desarrollo Social, Presidencia de la República, CODICEN, Ministerio de Economía y Finanzas, Intendentes Municipales y Presidentes de Juntas Departamentales y Jefes de Policía.