Luego de una recomendación del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el gobierno dispuso que los ómnibus afectados a los servicios regulares de transporte colectivo de pasajeros por carretera deberán asignar en adelante un “asiento maternal” destinado a su utilización por señoras en estado de gravidez y por personas que viajen con niños en brazos.
En las consideraciones del decreto gubernamental, emitido el pasado 7 de agosto, se establece que la medida “se basa en principios humanitarios de la sociedad” y “en la prioridad que el Estado entiende que debe asignar a la maternidad”, procurando “proteger la integridad física de quienes componen momentáneamente este sector de la población”.
El gobierno subraya también que entre esas prioridades figura la de “proteger y garantizar la maternidad”, así como “la de las personas que viajan con niños pequeños” de manera de evitar que para ello “se dependa únicamente de las buenas costumbres de los usuarios del transporte”.
El decreto establece que el “asiento maternal” comprenderá “los servicios regulares de transporte colectivo de pasajeros por carretera, en líneas nacionales de corta distancia y suburbanas”.