El diputado Jaime Trobo (Herrerismo) presentó un proyecto de ley por el cual propone la derogación de la Ley Nº 16.492; del artículo 585 de la Ley Nº 17.296 y del artículo 37 de la Ley Nº 17.453 referente a la Comisión sobre Importaciones y Tasa Consular percibidas por el Banco de la República del Uruguay.

“El Estado afronta una serie de juicios y reclamos por la vía judicial, en contra de la percepción por parte del BROU de una tasa del 3% a las importaciones de bienes que tiene como destino Rentas Generales. El trámite procesal de estos reclamos ha devenido en condenas al Estado por la improcedencia del mencionado cobro. Sin perjuicio de ello además, dicha tasa significa un encarecimiento de los productos que se importan, lo que concluye con una carga para el consumidor cuando los adquiere, lo que encarece la economía en general”, expresa Trobo en la exposición de motivos efectuada el pasado 13 de junio.

Este gravamen, agrega, “cuyo origen esta en el costo de la intervención del Banco de la República, hoy absolutamente superfluo e injustificado, en el trámite de importaciones a modo de comisión, ha devenido en una barrera arancelaria injustificada, respecto de la cual al reclamo de importadores uruguayos ante la justicia cuyo éxito es elocuente, se ha sumado el de Estados con los que Uruguay mantiene acuerdos comerciales, que demandan su derogación. Un ejemplo de este último aspecto es el contenido de las Notas Reversales al Tratado de Libre Comercio que tiene Uruguay con México, en las que se establece a texto expreso que a partir del primer día del cuarto año de vigencia del mencionado Tratado nuestro país eliminará la aplicación de la Tasa Consular y la Tasa BROU a las importaciones de productos originarios de México. Cabe destacar que este Acuerdo tiene vigencia desde el año 2003.

La situación emergente, reclama que se establezcan normas claras al respecto, a fin de brindar la seguridad jurídica necesaria para la realización de negocios con el exterior. El plazo para el cumplimiento de las mencionadas notas el Tratado de Libre Comercio con México se está cumpliendo y en tanto esto ocurre Uruguay deberá cumplir no aplicando los mencionados gravámenes a las importaciones de bienes de ese país, mientras tanto la justicia esta dando la razón a los litigantes, lo que sin duda traerá consecuencias económicas importantes para los recursos públicos. Frente a esta situación es necesario establecer una disposición que derogue expresamente los gravámenes mencionados, se interrumpa su percepción en la instancia de importación de cualquier tipo de bienes de cualquier origen, pues su continuidad agravará las consecuencias económicas de los reclamos y continuará encareciendo la importación de bienes a nuestro país, con el consecuente encarecimiento de la economía de las familias y las empresas”.