Sociedad Uruguaya

Últimos días para refinanciar deudas con la IM

Hasta el Jueves 31 de marzo se extiende el período de facilidades otorgado por la Intendencia de Montevideo (IM) para cancelar o refinanciar deudas por tributos, precios y multas.

Los interesados deben concurrir personalmente al Servicio de Atención al Contribuyente, que funciona en el atrio de la sede comunal sobre calle Soriano, en el horario de 10 a 16. Por información se puede llamar al teléfono 19505141.

Están comprendidas las deudas por todos los tributos, precios y multas, a excepción del Impuesto a los Espectáculos Públicos. Las multas por mora se reliquidan al 10% y los recargos por mora al 1%. También se establecen los siguientes beneficios especiales:

-Contribución Inmobiliaria, Tasa General Municipal y tributos de cobro conjunto a las mismas: la deuda se topea en el 70% del valor real del inmueble.

-Patente de Rodados: la deuda se topea en el 50% del valor de aforo del vehículo.

-Adicional Mercantil a la Tasa General y Tasa de Higiene Ambiental de cuentas cerradas: exoneración de multas y recargos. La deuda se ajusta por IPC.

-Edificios con destino garages o cocheras: exoneración del 70% de la Tasa General.

-Municipal y tributos de cobro conjunto a la misma. Las multas y recargos por el porcentaje no exonerado se reliquidan a las tasas establecidas para este régimen.

-Cooperativas de Vivienda y Fondos Sociales de Vivienda: la deuda reliquidada con los beneficios de esta quita se topea con el 70% del capital integrado por el socio deudor o el valor de la unidad habitacional, según corresponda.

-Edificios o estructuras inconclusas: pueden obtener el beneficio del 75% de exoneración del tributo de Impuesto a los Baldíos o Edificación Inapropiada, y también el 75% de las multas y recargos si se reinician las obras.

-Tasa de Necrópolis: si se cancela al contado o hasta en 24 cuotas, se aplicarán tasas de multas y recargos equivalentes al IPC. Si se cancela en más de 24 cuotas, rige el beneficio general.

Los requisitos para suscribir convenio de pago en http://www.montevideo.gub.uy/tramites/10108

Fuente Imagen: cambadu.com.uy

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