En el contexto macroeconómico actual de presiones inflacionarias, considerando que la tasa efectiva de inflación y las expectativas de los agentes continúan manteniéndose notoriamente por fuera del rango objetivo, el Directorio del Banco Central del Uruguay ha decidido complementar el uso de la Tasa de Política Monetaria con otros instrumentos que tiendan a reforzar los canales de transmisión de la política monetaria.

En ese sentido, desde su implementación en 2011 el régimen de encaje marginal demostró ser una medida efectiva para disminuir la pauta de crecimiento del crédito en moneda nacional y en moneda extranjera.

El Directorio del Banco Central del Uruguay ha resuelto incrementar, a partir del 1° de abril de 2013, en 5 puntos la alícuota de la tasa de encaje marginal sobre los incrementos de los depósitos del sistema bancario con respecto a los constituidos al 1º de abril de 2011. La misma pasará entonces del 20% al 25% para encajes en moneda nacional y unidades indexadas y del 40% al 45% en moneda extranjera.

El incremento de la alícuota del encaje marginal rige para el exceso de depósitos sobre el promedio al mes de abril de 2011.

La estructura de remuneración de los encajes marginales por moneda se mantiene inalterada, de la siguiente manera:

 

Moneda Encaje Marginal

Pesos 2.5%

UI 0%

Dólares 0.15%

Euros 0.25%

 

Se espera que esta medida opere moderando la tasa de crecimiento del crédito y contribuya, a través de dicho canal, a que la demanda agregada muestre una dinámica alineada con la estabilidad de precios.