Con el objetivo de informar de forma clara y precisa a los comerciantes y la población en general, el Programa de Reconversión Laboral (Progretec), que impulsan la Cámara Nacional de Comercio y Servicios y el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (Inefop), presentó un informe sobre las implicancias de la nueva normativa que regula el uso de bolsas plásticas.

La ley 19.655 de agosto de 2018 declaró de interés general el uso sustentable de bolsas plásticas. Esta norma alcanza a todas las bolsas plásticas utilizadas para contener y transportar productos y bienes que sean entregados a los consumidores.

Desde el lunes 1º de julio será obligatorio brindar a los clientes bolsas biodegradables o compostables certificadas o de material reciclado que contengan la constancia de cumplimento. Asimismo, los comercios deberán cobrar un mínimo de $ 4 por cada unidad.

La norma alcanza a ferias, pescaderías, carnicerías, panaderías, confiterías y rotiserías, fábricas de pastas, almacenes y autoservicios, tiendas de música, ferreterías y barracas, papelerías y artículos de oficina y comercios de indumentaria y accesorios.

También están incluidas las tiendas de artículos electrónicos y electrodomésticos, delivery, lavanderías y tintorerías, veterinarias, agroveterinarias, supermercados, casas de repuestos de vehículos y maquinarias, free shops,  farmacias, imprentas, jugueterías, locales de artículos del hogar y bazar, ópticas y librerías.

A su vez, tampoco se podrá usar envoltorios plásticos para distribuir recibos de servicios públicos, ni para comercializar periódicos, salvo en días con condiciones adversas de humedad o precipitaciones.

Las bolsas que quedan excluidas de la normativa son las de rollo, destinadas únicamente para la contención de frutas y verduras, las reutilizables tipo “chismosa”, tejidas o de TNT y bolsas plásticas que estén en contacto directo con alimentos de consumo humano o animal.

En caso de incumplimiento de la ley, se prevén sanciones para las infracciones catalogadas como leves, con multas desde las 10 UR ($ 11.670) a las 500 UR ($ 583.500).

En tanto, si se genera una reiteración de infracción o una trasgresión considerada grave, la multa puede ir desde 50 UR ($ 58.350)  hasta 5.000 UR ($ 5.835.000).

Los fabricantes e importadores de bolsas plásticas que cumplen con la normativa son más de 15 y pueden encontrarse en la página web del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU).

El presidente de la Cámara de Comercio, Julio César Lestido, manifestó que la institución está “muy comprometida con el cuidado del medio ambiente y esto sin dudas es un herramienta que ayudará muchísimo. Vivimos en un mundo que en los últimos años se ha visto muy afectado por el uso y abuso del hombre.  Llegó el momento en que todos tenemos que trabajar para cuidar los lugares donde nos desarrollamos, crecemos y vivimos”.

En esa línea, Progretec lanzará en los próximos días una plataforma web informativa a través de la cual invitará a las empresas a evacuar todas las dudas o consultas que tengan respecto a la Ley de Bolsas Plásticas de forma interactiva.

De esta forma, los comerciantes podrán conocer cuál es la mejor opción en términos de materiales para su emprendimiento, la resistencia, tamaño, así como diferentes alternativas existentes en el mercado.

Desde su inicio, hace más de un año, Progretec se ha orientado a promover la incorporación tecnológica y la sustentabilidad ambiental en compañías de diversos rubros. A través de fondos no reembolsables brinda apoyo a las empresas para la solución de problemas tecnológicos y/o ambientales mediante diversos instrumentos como capacitaciones, asistencia técnica, desarrollo de emprendedurismo tecnológico, certificación de competencias, misiones, diagnósticos sectoriales y análisis de dificultades.

Los interesados en recibir el apoyo del programa, pueden postularse a través del formulario en el sitio http://www.progretec.cncs.com.uy/postulaciones/