La Asociación Nacional de Afiliados (ANDA) informó ante el Parlamento que atendiendo a la situación de la pandemia del Covid-19 está brindando facilidades a sus afiliados pero advierte que hay casi 10.000 contratos afectados.

Sus comentarios fueron realizados en la Comisión Especial del Senado que trata la Ley de Urgente Consideración (LUC).

La delegación de la Asociación Nacional de Afiliados estuvo integrada por su presidenta, la ingeniera Elisa Facio; el doctor Hugo Speranza, y Gabriel Burone.

“Para que tengan una idea, los 44.000 contratos de alquiler que tenemos en definitiva impactan a unas 58.000 personas –porque en un contrato puede haber más de una persona–, y de ellas 6.650 están en seguro de paro. Y después hay unos 2.700 contratos que son de comercios pequeños o empresas unipersonales. De manera que tenemos casi unos 10.000 afectados por esta situación”, expresó Facio, Presidenta de ANDA el pasado viernes 15 de mayo.

“Nosotros venimos en representación de ANDA, como ya saben. Somos una asociación civil que tiene 86 años de historia y atiende a 273.000 afiliados en todo el país. Ofrecemos varios servicios que tienen un importante componente social”, dijo Facio.

En particular, “en el proyecto de ley que la comisión tiene a estudio, hay dos puntos que tienen que ver con nuestra operativa”.

“El primero de ellos tiene que ver con el capítulo de la libertad financiera, porque nosotros, además de que estamos en el tema de los créditos, desde hace muchos años tenemos una institución emisora de dinero electrónico”, añadió.

Y el otro punto “es el que tiene que ver con los arrendamientos sin garantía, porque nosotros somos un actor importante en lo que son las garantías de alquiler. Tenemos más o menos el 50 % del mercado, o sea, 44.600 garantías de alquiler otorgadas en todo el país”.

En tanto, “con respecto al capítulo de la libertad financiera, cuando recibimos el borrador de este proyecto de ley hicimos algunas consideraciones que fueron tenidas en cuenta, básicamente en lo que tenía que ver con el tema Ticket Alimentación y su incompatibilidad con que fueran pagos en efectivo. Eso fue considerado y corregido en esta versión”.

El otro punto que planteábamos “no era algo que estuviera claro y no lo vemos como un problema, pero nos cuestionábamos si podía haber alguna interpretación en el sentido de que el hecho de que no se obligara a pagar las nóminas a través de un instrumento electrónico pudiera hacer caer la gratuidad de las cuentas. Entendemos que no, pero es una duda que nos surgió”.

Contratos de alquiler

En cuanto al capítulo de arrendamientos sin garantía, dijo Facio “ya señalé que nosotros tenemos más de 44.600 contratos de alquiler. Es fácil imaginar que en este momento de pandemia y con tanta gente en el seguro de paro, es un tema que a nosotros realmente nos tiene muy ocupados, sobre todo para poder garantizar los $ 677:000.000 que pagamos todos los meses a los propietarios. Hemos estado en este tiempo buscando financiación de manera de no cortar la cadena de pagos, por supuesto, y también de acompañar a nuestros socios en este proceso tan complejo en el que se encuentran”.

Al respecto “para que tengan una idea, precisó Facio “los 44.000 contratos de alquiler que tenemos en definitiva impactan a unas 58.000 personas –porque en un contrato puede haber más de una persona–, y de ellas 6.650 están en seguro de paro. Y después hay unos 2.700 contratos que son de comercios pequeños o empresas unipersonales. De manera que tenemos casi unos 10.000 afectados por esta situación”.

Como consecuencia “lo que hemos hecho en este tiempo es dar facilidades a nuestros socios para las garantías. Los señores senadores sabrán que el Gobierno dispuso subvencionar el 50 % de los alquileres otorgados por la Contaduría General de la Nación. Esto nos hizo explotar los teléfonos y las redes, porque nuestros socios querían saber qué íbamos a hacer”. Evidentemente, “nosotros manejamos el dinero de los socios, o sea que tampoco podemos dar subvenciones, pero sí estamos dando facilidades para financiar en varios meses –con intereses muy blandos y, en algunos casos, sin intereses– los alquileres de las personas que están afectadas por esta situación”.

Según Facio “la otra decisión que tomamos es que no estamos avanzando con los trámites de desalojo que teníamos previstos antes de este problema –es decir, de gente que ya en febrero no estaba pagando– ni estamos iniciando trámites nuevos. A su vez, en el caso de los trámites que ya estaban previstos, estamos muy atentos a no dar lanzamientos en este período, por lo menos hasta que se solucionen los problemas críticos”.

En cuanto a lo que tiene particularmente que ver con lo que se propone en el proyecto de ley, que son arrendamientos sin garantía, “nosotros entendemos que no nos afecta, pero nos gustaría hacer algunos comentarios”.

Por su parte, Speranza expresó que “como dijo la presidenta Elisa Facio, no tenemos objeciones en este capítulo”.

Simplemente, “nuestra interpretación es que la norma proyectada refiere a un universo de alquileres sin garantía, es decir, un universo de contratos de arrendamiento que se puede dar básicamente en el interior del país, en el cual existe un conocimiento de las partes y existe amplia confianza sobre el cumplimiento del inquilino”.

Desde ese punto de vista, sostuvo Speranza “lo que observamos en este capítulo es algunas formalidades que se requieren para que estos contratos de arrendamiento sean eficientes, y por otro lado, al no exigirse la existencia de la garantía, los tiempos de reposesión del inmueble por parte del arrendador se abrevian notablemente en relación a lo que establece la ley de arrendamientos”.

Asimismo, “queríamos destacar que nuestro país en materia de arrendamientos tiene una fuerte institucionalidad dada por la Ley n.º 14219, que es del año 1974, en la cual se estableció el régimen de libre contratación, que en principio era por 20 años y que hoy llega hasta el año 2034. Esto ha servido como un fuerte incentivo para que los contratos de arrendamiento se afiancen en el mercado de vivienda”.

Desde su punto de vista “tenemos tiempos de reposesión razonables para las situaciones estándar y también tenemos un sistema de garantías eficientes, así como incentivos en cuanto a exoneraciones para el arrendamiento de vivienda promovida”.

Desde esta perspectiva, “nos parece que este capítulo tiende a dar solución a una cierta problemática en materia de vivienda en arrendamiento, y desde el interés institucional de ANDA, no tenemos nada que objetar a la norma proyectada”.

“Da solución”

Por su parte, Facio señaló que “simplemente quiero agregar que, si bien este capítulo de arrendamientos sin garantía atiende una realidad que existe y de hecho da solución a una cantidad de cosas, nosotros en este momento tan complejo revalorizamos el hecho de que haya instrumentos como la garantía que ofrece la Contaduría General de la Nación o que ofrece ANDA, que en definitiva da tanta tranquilidad a tanta gente”.