El proyectado artículo 122 de la Rendición de Cuentas remitida por el gobierno ante el Parlamento, promueve la eventual contratación de hasta 100 personas ante situaciones excepcionales que se requiera la actuación de Bomberos.

Así lo impulsa el artículo dentro del Inciso del Ministerio del Interior:

ARTÍCULO 122. Agrégase al artículo 131 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el siguiente inciso: «Ante situaciones excepcionales declaradas por el Sistema Nacional de Emergencias (SINAE) autorízase a incrementar la contratación de hasta cien ciudadanos adicionales a los indicados en el inciso anterior y por hasta el plazo de duración de la emergencia declarada que requiera la intervención de la Dirección Nacional de Bomberos. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales a tales efectos.»

Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.

Fuente Imagen: SINAE.