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	<title>aratirí Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
	<lastBuildDate>Mon, 05 Jun 2017 17:09:40 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Uruguay Libre de Megaminería: Remate judicial de campos de Aratirí para cobrar deudas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 05 Jun 2017 17:09:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
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		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[remate de campos]]></category>
		<category><![CDATA[Uruguay Libre de megaminería]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Miércoles 7 de junio de 2017 se rematarán judicialmente en Montevideo 3.508 hectáreas de campos pertenecientes a Aratirí en los departamentos de Durazno y Florida por la decisión de sus acreedores de ejecutar las hipotecas contraídas por la minera como garantía de préstamos que no fueron devueltos. Otra muestra de la calidad de la [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2014/12/libre-de-megaminería.jpg"><img decoding="async" class="alignright  wp-image-86209" src="/wp-content/uploads/2014/12/libre-de-megaminería.jpg" alt="libre de megaminería" width="476" height="472" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/libre-de-megaminería.jpg 481w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/libre-de-megaminería-150x148.jpg 150w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/libre-de-megaminería-300x297.jpg 300w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/libre-de-megaminería-144x144.jpg 144w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/libre-de-megaminería-423x420.jpg 423w" sizes="(max-width: 476px) 100vw, 476px" /></a>El Miércoles 7 de junio de 2017 se rematarán judicialmente en Montevideo 3.508 hectáreas de campos pertenecientes a Aratirí en los departamentos de Durazno y Florida por la decisión de sus acreedores de ejecutar las hipotecas contraídas por la minera como garantía de préstamos que no fueron devueltos.</p>
<p>Otra muestra de la calidad de la empresa que en su momento proyectaba extraer a cielo abierto el mineral de hierro del yacimiento de Valentines transformando la zona en una serie de cinco cráteres, cerros de roca molida y un lago de desechos tóxicos que destruirían definitivamente miles de hectáreas productivas.</p>
<p>Un emprendimiento inviable por las características del yacimiento e inapropiado para el Uruguay al implicar la devastación de un territorio poblado por pequeños y medianos productores. El previsible fracaso de este proyecto debería motivar la reflexión pública, no el silencio olvidadizo de los promotores y responsables.</p>
<p>Estos campos que la minera para justificarse llegó a definir como «improductivos» (1) ahora son presentados como «Buenos campos ganaderos con destacada aptitud forestal» y de «fácil acceso» por la firma rematadora que cumplirá con el decreto del Juzgado en lo Civil de 15 turno, según la ficha 2-15752-2016.</p>
<p>La información cuestiona afirmaciones de las autoridades que defendiendo el proyecto decían que la “productividad (de estos campos) es inferior a la media nacional” (2). La rematadora dice incluso que allí se encuentran los restos de una casa de Manuel Oribe, segundo presidente constitucional y fundador del Partido Nacional.</p>
<p>El remate incluye el predio arrendado por la productora Claudia Perugorría, del cual fue desalojada en julio de 2012, al estar siendo vendido a Aratirí. Fue otro paso del acoso de la minera contra Perugorría, que le había ganado un juicio por el destrozo de su campo, el predio vecino de 43 hectáreas, y no quería vendérselo.</p>
<p>Aunque no son todas las tierras adquiridas por Aratirí en la zona, estimadas en 9 mil hectáreas, los padrones que se rematan comprenden partes vitales del distrito minero, tales como la planta de concentración del mineral y el lago de desechos, en Durazno, junto con los cuatro cráteres del sector sur, en Florida.</p>
<p>Aratirí enfrenta también por incumplimiento de sus obligaciones juicios de productores de la zona e incluso de sus trabajadores. De haberse llevado a cabo ese proyecto, que solo constituía un negocio circunstancial para una firma con sede en un paraiso fiscal sin antecedentes mineros, los perjuicios habrían sido mayores.</p>
<p>Uruguay Libre de Megaminería</p>
<p>(1) <a href="https://www.aratiri.com.uy/docs/estudio-de-impacto-ambiental-y-social/Tomo%20III%20Anexos/Anexo%20H-ELB%20Geo/H.6%20Usos%20del%20suelo.pdf">https://www.aratiri.com.uy/docs/estudio-de-impacto-ambiental-y-social/Tomo%20III%20Anexos/Anexo%20H-ELB%20Geo/H.6%20Usos%20del%20suelo.pdf</a></p>
<p>(2) <a href="http://www.elobservador.com.uy/aguerre-dijo-que-aratiri-dara-mejores-ingresos-que-el-campo-n270532">http://www.elobservador.com.uy/aguerre-dijo-que-aratiri-dara-mejores-ingresos-que-el-campo-n270532</a></p>
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		<title>Uruguay libre de Megaminería: Exoneraciones y subsidios para una minería insustentable</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2016/05/uruguay-libre-de-megamineria-exoneraciones-y-subsidios-para-una-mineria-insustentable.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 05 May 2016 16:23:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[Alfredo Caputo]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
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		<category><![CDATA[megaminería]]></category>
		<category><![CDATA[Orosur]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>-Orosur es exonerada del canon, único pago por el oro que se lleva del país. -Aratirí procura vender al estado información secreta del proyecto frustrado. Las recientes decisiones del Poder Ejecutivo por las cuales se exoneró del pago del canon de producción a la empresa Orosur, que habrían influido en la renuncia en el día [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2014/12/uruguay-libre-megaminería1.png"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright  wp-image-86836" src="/wp-content/uploads/2014/12/uruguay-libre-megaminería1.png" alt="uruguay libre megaminería" width="533" height="205" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/uruguay-libre-megaminería1.png 445w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/uruguay-libre-megaminería1-300x115.png 300w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2014/12/uruguay-libre-megaminería1-150x58.png 150w" sizes="(max-width: 533px) 100vw, 533px" /></a>-Orosur es exonerada del canon, único pago por el oro que se lleva del país.</p>
<p>-Aratirí procura vender al estado información secreta del proyecto frustrado.</p>
<p>Las recientes decisiones del Poder Ejecutivo por las cuales se exoneró del pago del canon de producción a la empresa Orosur, que habrían influido en la renuncia en el día de hoy de la geóloga Leda Sánchez de la Dirección de Minería y Geología (Dinamige), son nuevos hechos inquietantes en la minería uruguaya.</p>
<p>Aunque con el oro en el presente a 1300 dólares por onza, el valor más alto desde agosto de 2014, Orosur tiene una rentabilidad asegurada, la exoneración del único impuesto a la extracción de metal significa que la minera se lo lleva gratis y gana encima, dejando los daños ambientales a cargo de nuestra sociedad.</p>
<p>La minera informa en su página Web que desde el 29 de febrero fue exonerada de pagar 2.500.000 dólares correspondientes al canon del último año. Orosur había pedido ese beneficio para mantener su actividad, pero ha despedido a la mayoría de los trabajadores y no los ha retomado. El mayor yacimiento en Minas de Corrales y otros yacimientos menores están prácticamente agotados.</p>
<p>Mientras el gobierno mantiene a pura pérdida una explotación sin futuro, ¿qué pasará cuando Orosur abandone finalmente nuestro país, quede una población local sin trabajo, instalaciones obsoletas, varios cráteres, pilas de desechos y dos lagunas con cianuro que demorarán varias décadas para ser neutralizadas por la naturaleza, con riesgo de derrames como han ocurrido en otros países?</p>
<p>Al mismo tiempo, llevamos año y medio en una acción judicial por la Ley de Acceso a la Información Pública (ley 18.381) y, a pesar de sucesivos fallos intimando al MIEM a entregar lo solicitado, no hemos accedido a la información disponible en la Dinamige sobre elementos clave del proyecto de extracción de hierro de Aratirí.</p>
<p>El MIEM y la minera defienden la confidencialidad sobre aspectos fundamentales de los yacimientos de hierro de Valentines alegando que no se pueden revelar porque forman parte del «más reservado secreto comercial». El ministerio agrega a lo anterior que se trata de «una cuestión estratégica» para el estado uruguayo.</p>
<p>Los recursos minerales tienen, en efecto, un valor estratégico para el país, como lo tienen la tierra y el agua, pero esto no significa que deban ser un secreto de estado, como puede serlo un secreto diplomático o militar. Por el contrario, deben ser de conocimiento público porque integran el patrimonio de la nación; la minería opera bajo un régimen de concesión y esto no afecta los intereses comerciales.</p>
<p>No pretendemos conocer las perforaciones realizadas en detalle sino una información sustancial del proyecto que las mineras de todo el mundo hacen pública. Para esto se suelen utilizar las normas del Código JORC (Joint Ore Reserves Committee ), que el propio MIEM ha llegado a mencionar en sus escritos.</p>
<p>(A título de ejemplo, un reporte de un proyecto minero de acuerdo con JORC se encuentra disponible en nuestra web: <a href="http://www.uruguaylibre.org/">www.uruguaylibre.org</a></p>
<p>Aratirí multiplicó en comunicados de prensa varias veces las reservas de mineral que habría descubierto y los costos para obtener esa información, pasando de 60 a 250 millones de dólares, pero nunca presentó un informe público de acuerdo con el Código JORC. La información que pretende venderle al estado, para la que no hubo interés de ningún privado, no tiene respaldo técnico suficiente ni valor comercial significativo.</p>
<p>Según el profesor del curso de posgrado en derecho minero de la UdelaR, Dr. Alfredo Caputo, por el Artículo 37 de la ley 19.126, la opción de prioridad de compra de esos datos por parte del estado vence 180 días después de la finalización del plazo para la firma del contrato con Aratirí, es decir, el próximo 22 de mayo.</p>
<p>Para Uruguay Libre Libre de Megaminería, estos hechos destacan la inconveniencia de autorizar procesos extractivos de metales a cielo abierto que en lo fundamental no son adecuados para nuestro territorio -mucho menos cuando pretenden ocultar informaciones relevantes a la población- y que evidentemente no tienen posibilidades de operar más allá de coyunturas especulativas en los precios de algunas materias primas, sin generar en el proceso ni desarrollo ni beneficios económicos para el país.</p>
<p>Reiteramos así la necesidad de una ley o una enmienda constitucional que prohíba la extracción de metales a cielo abierto en todo el territorio nacional.</p>
<p>Uruguay Libre de Megaminería</p>
<p>4 de mayo de 2016</p>
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		<item>
		<title>UNTMRA denuncia violación de convenio laboral de parte de Aratirí y Arum Venture</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2015/12/untmra-denuncia-violacion-de-convenio-laboral-de-parte-de-aratiri-y-arum-venture.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Dec 2015 21:59:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Sindicatos]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[Arum]]></category>
		<category><![CDATA[UNTMRA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Comité Ejecutivo Nacional de la UNTMRA en conjunto con el Comité de Base de la UNTMRA en ARATIRÍ  ponen en conocimiento de la población que después de alcanzado un convenio colectivo firmado en la órbita del MTSS con la empresa ARATIRÍ y ARUM VENTURE para el pago de la indemnización por despido de gran [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2015/05/untmra.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright  wp-image-89327" src="/wp-content/uploads/2015/05/untmra.jpg" alt="untmra" width="261" height="294" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/05/untmra.jpg 222w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/05/untmra-133x150.jpg 133w" sizes="(max-width: 261px) 100vw, 261px" /></a>El Comité Ejecutivo Nacional de la UNTMRA en conjunto con el Comité de Base de la UNTMRA en ARATIRÍ  ponen en conocimiento de la población que después de alcanzado un convenio colectivo firmado en la órbita del MTSS con la empresa ARATIRÍ y ARUM VENTURE para el pago de la indemnización por despido de gran parte de su personal, esta empresa lo está violando con total desparpajo.</p>
<p>El acuerdo se alcanzó el día 3 de diciembre próximo pasado, y estableció que los créditos laborales generados por los trabajadores se abonarían por parte de la empresa pagando el 45 % en la mencionada fecha y luego se establecía una cuota a ser abonada el 24 de diciembre del corriente.</p>
<p>Lamentablemente el 24 de diciembre –en medio de las fiestas tradicionales- la empresa anunció el incumplimiento del convenio colectivo.</p>
<p>Ellos argumentan que ARUM VENTURE no podía hacerse cargo de lo adeudado por ARATIRI en esa ocasión. Además establecen que las restantes cuotas quedaban supeditadas a las negociaciones con el gobierno. Queda muy claro el interés de la empresa de utilizar a los trabajadores, chantajeándolos para obtener ventajas del gobierno.</p>
<p>Una vez mas los trabajadores pagamos las consecuencias de capitales irresponsables y poco serios que mas que inversores vienen con espíritu colonizador de nuestro país.</p>
<p>La UNTMRA – PIT-CNT respalda la actitud del gobierno nacional de pararse firma ante este incalificable chantaje de la empresa.</p>
<p>Nuestra organización ha iniciado diversos caminos que lleven al cumplimiento de lo acordado en la fecha antes indicada. A la vez nos preocupa sobremanera hasta donde se puede llegar a concretar compromisos con dichas empresas ya que las mismas  incumplieron lo acordado con sus trabajadores y el Gobierno a través del MTSS.</p>
<p>Mas que nunca reivindicamos una Minería Estatal responsable, con participación de los trabajadores de cara al pueblo; asociada al desarrollo industrial del país. Los recursos naturales debe ser usados racionalmente para bienestar de su pueblo.</p>
<p>Nuestra minería debe ser encarada tal cual hemos resuelto tanto en los congresos de nuestra UNTMRA, como de nuestro PIT-CNT con responsabilidad ambiental, con ética y responsabilidad intergeneracional, y para el desarrollo integral de nuestra PATRIA con un centro en los intereses de las grandes mayorías nacionales y populares. La institución capaz de resolver estas tareas es el estado. Debemos pronunciarnos como sociedad Si estos capitales tratan asi a los trabajadores ¿Cómo habrán de tratar al país? Las riquezas del subsuelo son nuestras!!!! Hagamos de ellas un factor de desarrollo, no de expoliación!!!</p>
<p>Comité Ejecutivo Nacional de la UNTMRA</p>
<p>Comité de Base de la UNTMRA en ARATIRI.</p>
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		<item>
		<title>Senador Luis Lacalle Pou pide informes sobre empresa que subrogaría a Aratirí en explotación minera</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2015/08/senador-luis-lacalle-pou-pide-informes-sobre-empresa-que-subrogaria-a-aratiri-en-explotacion-minera.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Aug 2015 21:44:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[Aurum Ventures]]></category>
		<category><![CDATA[luis lacalle pou]]></category>
		<category><![CDATA[Megaminería en Uruguay]]></category>
		<category><![CDATA[miem]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ante versiones periodísticas, el senador nacionalista Luis Lacalle Pou remitió un pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) para conocer la veracidad o no sobre un fondo de inversión de la India denominado “Aurum Ventures”, que habría mostrado interés en comprarle a la Minera Aratirí sus derechos para explotar cinco minas [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2015/08/luis-lacalle-pou.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright  wp-image-90056" src="/wp-content/uploads/2015/08/luis-lacalle-pou.jpg" alt="luis lacalle pou" width="353" height="221" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/08/luis-lacalle-pou.jpg 669w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/08/luis-lacalle-pou-300x187.jpg 300w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/08/luis-lacalle-pou-500x312.jpg 500w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/08/luis-lacalle-pou-600x375.jpg 600w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/08/luis-lacalle-pou-150x94.jpg 150w" sizes="(max-width: 353px) 100vw, 353px" /></a>Ante versiones periodísticas, el senador nacionalista Luis Lacalle Pou remitió un pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) para conocer la veracidad o no sobre un fondo de inversión de la India denominado “Aurum Ventures”, que habría mostrado interés en comprarle a la Minera Aratirí sus derechos para explotar cinco minas de hierro en el este del país.</p>
<p>En tal sentido, Lacalle Pou, al amparo de las facultades que me confiere el artículo 118 de la Constitución de la República solicito se curse el siguiente pedido de informes al Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM):</p>
<p>PEDIDO DE INFORMES</p>
<p>Según resolución del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), con fecha 4 de diciembre de 2013 y de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley N.º 19.126 de 11 de setiembre de 2013 (LMGP), el Poder Ejecutivo resolvió declarar como Minería de Gran Porte al proyecto Valentines promovido por el conjunto económico Minera Aratirí.</p>
<p>A partir de la declaración mencionada, la LMGP establece un plazo de 360 días para alcanzar un acuerdo sobre las condiciones particulares del contrato con la posibilidad -según lo dispuesto por la reciente modificación operada por la ley 19.318 de 10 de febrero de 2015- de extender dicho plazo por 360 días adicionales.</p>
<p>La redacción anterior ponía como fecha límite para alcanzar un acuerdo febrero de 2015. Con la redacción actual el plazo se extiende hasta noviembre del corriente año.</p>
<p>Estando aun Aratirí en plazo para alcanzar un acuerdo con la Administración, recientes versiones periodísticas indican que un fondo de inversión de la India denominado “Aurum Ventures”, habría mostrado interés en comprarle a la Minera Aratirí sus derechos para explotar cinco minas de hierro en el este del país que forman parte del proyecto Aratirí.</p>
<p>Asimismo, las fuentes periodísticas revelan que la ministra de Industria, Energía y Minería, Carolina Cosse ya habría mantenido una reunión con representantes del mencionado fondo de inversión.</p>
<p>En virtud de lo expuesto solicito:</p>
<p>1) Informar acerca de la reunión mantenida ente el nuevo grupo inversor y la ministra Carolina Cosse. Se solicita adjuntar actas de la/s reunión/es.</p>
<p>2) Informar cómo se instrumentará la operación. Indicar si el nuevo grupo inversor subrogará al grupo Aratiri en las áreas seleccionadas u operará lo dispuesto en el artículo 24 literal c) de la LMGP.</p>
<p>3) Informar en qué condiciones queda el nuevo grupo inversor con respecto a la Autorización Ambiental Previa (AAP) y demás autorizaciones requeridas. Indicar qué autorizaciones se deberán volver a tramitar.</p>
<p>4) Informar cuáles serían las áreas seleccionadas por el nuevo grupo inversor. Detalle números de expedientes, volumen de las áreas, propietarios, etc.</p>
<p>5) Informar cuál sería el volumen de hierro a extraer por el nuevo grupo inversor, cuál sería su destino y hacia qué puerto se tiene pensado trasladar el hierro extraído para su posterior exportación. En caso de haber presentado un plan de inversiones se solicita adjuntar el mismo al presente pedido de informes.</p>
<p>6) Informar si el MIEM ha realizado estudios sobre los antecedentes de la nueva empresa interesada, su experiencia en el rubro y su capacidad financiera. Adjuntar el/los estudio/s realizados.</p>
<p>7) Informar si en caso de concretarse la operación de las áreas seleccionadas, el proyecto Aratirí seguirá siendo calificado como de Minería de Gran Porte. En caso contrario indicar si el MIEM ha previsto el posible cambio en la calificación del proyecto de Aratirí y sus impactos. Adjuntar el/los estudio/s realizados.</p>
<p>8) Informar si se ha consolidado la creación del Consejo Sectorial Minero según lo dispuesto por el artículo 69 de la LGMP. En caso afirmativo se solicita saber cuál es la opinión del mencionado Consejo sobre la operación a realizarse.</p>
<p>9) Informar cuál es el estado actual del proyecto de reglamentación de la LMGP.</p>
<p>Luis Lacalle Pou.</p>
<p>Senador.</p>
<p>Fuente Imagen: La República. www.republica.com.uy</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Justicia intima a entregar expediente de Aratirí completo</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2015/02/justicia-intima-entregar-expediente-de-aratiri-completo.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Feb 2015 01:49:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El 2 de febrero de 2015, en el Juzgado Letrado en lo Civil de 2do. Turno, donde iniciamos nuestra acción de amparo, solicitamos que se intimara al Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) al cumplimiento completo de la Sentencia del Tribunal de Apelaciones que le ordenó entregar la información contenida en el expediente del [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2014/01/uruguay-libre-de-megaminería.png"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright size-full wp-image-77587" src="/wp-content/uploads/2014/01/uruguay-libre-de-megaminería.png" alt="uruguay libre de megaminería" width="275" height="95" /></a>El 2 de febrero de 2015, en el Juzgado Letrado en lo Civil de 2do. Turno, donde iniciamos nuestra acción de amparo, solicitamos que se intimara al Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) al cumplimiento completo de la Sentencia del Tribunal de Apelaciones que le ordenó entregar la información contenida en el expediente del proyecto minero de la empresa Aratirí.</p>
<p>El 4 de febrero, el juez Alejandro Martínez de las Heras, intimó al MIEM a entregar la información objeto de esta acción en la forma solicitada con un plazo de 10 días hábiles, que vencerá el próximo 23 de febrero.</p>
<p>(La resolución se encuentra disponible en la Web de Consulta de Expedientes Judiciales con la IUE 0002-050654-2014.).</p>
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		<title>Gerardo Amarilla: “La Ley de Minería de Gran Porte fue con nombre, apellido y hasta número de cedula de identidad”</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 11 Feb 2015 01:58:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[gerardo amarilla]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Minería de Gran Porte]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Compartimos los argumentos contrarios del diputado nacionalista Gerardo Amarilla a la prórroga en la ley de Minería de Gran Porte. Frente a esta propuesta de extensión del Plazo establecido en el artículo 24 de la ley 19.126, denominada de Minería de Gran Porte. Debemos decir que esta propuesta de modificación nos confirma nuestra posición inicial [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2015/02/gerardo-amarilla.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright  wp-image-88031" src="/wp-content/uploads/2015/02/gerardo-amarilla.jpg" alt="gerardo amarilla" width="248" height="256" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/gerardo-amarilla.jpg 310w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/gerardo-amarilla-291x300.jpg 291w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/gerardo-amarilla-145x150.jpg 145w" sizes="(max-width: 248px) 100vw, 248px" /></a>Compartimos los argumentos contrarios del diputado nacionalista Gerardo Amarilla a la prórroga en la ley de Minería de Gran Porte.</p>
<p>Frente a esta propuesta de extensión del Plazo establecido en el artículo 24 de la ley 19.126, denominada de Minería de Gran Porte. Debemos decir que esta propuesta de modificación nos confirma nuestra posición inicial de que este proceso está plagado de improvisación, de falta de conocimiento de la realidad minera y – lo que más nos preocupa- la continuación en la falta de garantías ambientales y la sub estimación tanto de los aspectos ambientales como territoriales en las definiciones sobre política minera.</p>
<p>Cabe recordar que la propia sanción de la ley 19.126 (denominada de Minería de Gran Porte o Mega Minería) surge a partir de un duro cuestionamiento planteado en el seno de esta Cámara al proceso de instalación del proyecto de Aratirí, proyecto que se instalaba en el país con un fuerte apoyo y promoción desde el Poder Ejecutivo, sin información pública, sin establecer garantías ambientales y con una predisposición desde el Gobierno a apoyar que nos llamaba y aún nos llama poderosamente la atención. Tal fue el apoyo, padrinazgo y respaldo, inexplicable hacia una empresa en particular y aún antes de realizar los trámites legales, que la imagen que tenemos en nuestra retina del empresario indio (titular de la empresa) es hablando desde la sala de conferencias de la Presidencia de la República.</p>
<p>Queda plenamente confirmada con esta propuesta de prórroga que la Ley de Minería de Gran Porte fue proyectada y votada con Nombre y apellido. En aquella oportunidad se nos decía que no era así, que suponía una ley Marco para toda la actividad. La realidad de los hechos nos dio la razón y despejó – lamentablemente – la incógnita. La Ley de Minería de Gran Porte fue con nombre, apellido y hasta número de cedula de identidad, se hizo por y para una empresa y como no terminó de ajustarse realmente a lo que la empresa necesitaba, caemos en la situación hasta ridícula, que debemos modificar esa ley, extendiendo el plazo para beneficiar directamente al único proyecto que se presentó en ese marco.</p>
<p>Se ha utilizado el argumento de la fuerte inversión que ya habría realizado la empresa donde el Estado habla de 300 millones de dólares cuando la empresa apenas denunció en su comunicación de proyecto apenas 60 millones. Tal vez lo que este generando la posibilidad de un juicio sean las declaraciones irresponsables de jerarcas y no las leyes que vota el parlamento.</p>
<p>Se habla de la necesidad de la prórroga para salvarle la inversión a la empresa y nosotros creemos que esa inversión inicial de investigación es y debería ser a riesgo de la empresa, no existe en el mundo un marco donde los estados deban garantizar la devolución o indemnizar esa inversión de riesgo.</p>
<p>Tenemos información y pruebas que toda esta improvisación, cambio de reglas y especie de reallity show que se ha hecho – fundamentalmente por las declaraciones de jerarcas de gobierno y aún de representantes de esta empresa con procederes totalmente extraños a la habitualidad de la empresas de este ramo y casi de cualquier otro, le han hecho mucho daño a las inversiones en general y a las posibles inversiones serias de la minería en particular.</p>
<p>El Gobierno se ha mostrado poco serio en todo este proceso y esta propuesta de extensión de plazo contribuye aún más a esta percepción.</p>
<p>Consideramos que la imagen internacional respecto al marco jurídico de nuestro país se ve seriamente afectada, ya que nos muestra como un Estado con un marco jurídico especialmente blando, pasible de ser modificado frente a presiones o amenazas y que en un mismo período de gobierno cambiamos tres veces las reglas de juego en un área donde se pueden generar fuertes e importantes inversiones.</p>
<p>Algún observador del sector privado nos ha manifestado que en los hechos, considera que el proyecto siempre fue, es y será inviable, por lo que esta prórroga y las eventuales futuras prorrogas no tendrán ningún efecto práctico.</p>
<p>Pero cuando creíamos que nuestra capacidad de asombro estaba colmada por los cambios de discursos y anuncios, una nueva noticia vuelve a sorprendernos: se presenta una nueva versión de Aratirí, esta vez una MINI Versión, que suponemos, intenta evitar las críticas respecto a sus impactos y su mega dimensión y sobre todo cambiar de status. Y en este último efecto, suponemos que está la verdadera intención del cambio, salirse del marco de la ley de Mega Minería, esquivando los requisitos y condiciones especiales.</p>
<p>Se puede advertir como una maniobra para salirse del marco de la Ley de Minería de Gran Porte y justificar la retención de los títulos mineros de prospección y exploración, sin estar atados por obligaciones que, en el marco de esa ley, significarían la firma del contrato con compromisos de plazos para explotar, garantías económicas por la inversión prometida, etc. A la vez, con esos títulos podrán salir a solicitar créditos y seguir especulando con el negocio sin realizar ninguna inversión.</p>
<p>Por esta vía, Zamín Ferrous retiene los derechos de prospección y exploración que posee sobre 120.000 hectáreas en aquella zona, con los cuales se presiona sobre los precios de los terrenos, que bajo la amenaza de la posible existencia de mineral de hierro, dejarán de ser explotados durante 12 años, de acuerdo con las modificaciones del Código de Minería. Una buena forma de hacer ganancias fáciles comprándolos a bajo precio para revenderlos con buenas dividendos.</p>
<p>Entendemos que no es correcto legislar para una actividad en general, en un aparente marco general pero hacerlo en virtud de un interés particular y al mero influjo de una empresa en concreto.</p>
<p>Pero además de no ser correcto legislar para un interés particular ni mucho menos ir acomodando la legislación en el tiempo a ese interés, deberíamos también advertir los antecedentes y los cuestionamientos que tiene este interés en particular fuera de fronteras: en Londres juicio con sus socios la ERGN, por permisos de dudosa aprobación de la terminal portuaria, varios reclamos ambientales desde la IBAMA brasileña respecto a las prácticas en Bahía y también reclamos desde el punto de vista laboral, según la prensa brasileña.</p>
<p>No Votamos esta modificación por lo que supone como falta de seriedad, de seguridad jurídica, de acumulación en la improvisación demostrada. Porque seguimos con déficit en las normas respecto a la relevancia de las exigencias ambientales y de ordenamiento territorial; porque seguimos legislando al impulso del interés particular (tal vez y sin tal vez afectando a las empresas e inversores serios y responsables que hay en el sector).</p>
<p>Como lo dijimos en el 2011, frente a la explotación de recursos naturales, protección  del medio ambiente y definiciones respecto al modelo de desarrollo, No estamos definiendo soberanamente el modelo que la sociedad uruguaya quiere para su territorio, sino que estamos asistiendo pasivamente a una política de hechos consumados, diseñada a los impulsos particulares de algunos inversores y plasmada por funcionarios complacientes con esos intereses para los que la defensa del ambiente y los recursos naturales no representan una prioridad.</p>
<p>Dr. Gerardo Amarilla.</p>
<p>Fuente Imagen: <a href="http://www.kas.de/">www.kas.de</a></p>
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		<title>Minería de gran porte (Aratirí): Palabras de Pedro Bordaberry en el Senado</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2015/02/mineria-de-gran-porte-aratiri-palabras-de-pedro-bordaberry-en-el-senado.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 07 Feb 2015 14:53:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[minería de gran porte]]></category>
		<category><![CDATA[pedro bordaberry]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Compartimos la exposición que realizó el jueves 5 de febrero el Senador de Vamos Uruguay, Pedro Bordaberry, al tratarse en la Cámara Alta el proyecto modificativo del literal c) del artículo 24 de la Ley 19.126 sobre Minería de Gran Porte. Durante la sesión se hizo mención a la actual relación entre el Gobierno y [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="  wp-image-87962 alignleft" src="/wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry.jpg" alt="pedro bordaberry" width="250" height="188" srcset="https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry.jpg 2126w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry-300x226.jpg 300w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry-500x377.jpg 500w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry-600x452.jpg 600w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry-557x420.jpg 557w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry-150x113.jpg 150w, https://www.sociedaduruguaya.org/sitio/../wp-content/uploads/2015/02/pedro-bordaberry-900x678.jpg 900w" sizes="(max-width: 250px) 100vw, 250px" /></a>Compartimos la exposición que realizó el jueves 5 de febrero el Senador de Vamos Uruguay, Pedro Bordaberry, al tratarse en la Cámara Alta el proyecto modificativo del literal c) del artículo 24 de la Ley 19.126 sobre Minería de Gran Porte.</p>
<p>Durante la sesión se hizo mención a la actual relación entre el Gobierno y la empresa minera Aratirí.</p>
<p><a href="http://youtu.be/VQ4D_wZ_b60">http://youtu.be/VQ4D_wZ_b60</a></p>
<p>Fuente Imagen: <a href="http://www.eldiario.com.uy/">www.eldiario.com.uy</a></p>
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		<title>Carencias del acceso a la información sobre el Proyecto Aratirí</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2014/12/carencias-del-acceso-la-informacion-sobre-el-proyecto-aratiri.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Dec 2014 01:46:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[uruguay libre megaminería]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tras el fallo del Tribunal de Apelaciones dictado el día 5 del mes en curso, el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) presentó, el pasado viernes 19, el expediente de Aratirí cuyo contenido nos había negado y que motivó una acción judicial. Debemos señalar que, si bien el MIEM acató formalmente de esta manera [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Tras el fallo del Tribunal de Apelaciones dictado el día 5 del mes en curso, el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) presentó, el pasado viernes 19, el expediente de Aratirí cuyo contenido nos había negado y que motivó una acción judicial.</p>
<p>Debemos señalar que, si bien el MIEM acató formalmente de esta manera la decisión de la Justicia, esto no significó un acceso a nuevos elementos sobre el proyecto.</p>
<p>A su vez, la documentación presentada evidencia que fue solo después del primer fallo judicial a favor de nuestra demanda, el 10 de noviembre, que el MIEM cumplió con el procedimiento legal previsto para declarar confidencial una información.</p>
<p>INCONGRUENCIAS EN EL ESTADO</p>
<p>Así, el 19 de noviembre, la Dirección Nacional de Minería y Geología (Dinamige) exigió de la empresa la versión reducida del proyecto que mandata la ley y, recién el 17 de diciembre, explicó porqué declara confidencial la información entregada por Aratirí y sus actuaciones, como exigen la Ley 18.381 y el Decreto 232/2010.</p>
<p>Se nos mostró entonces un resumen del proyecto del distrito minero y el mineroducto, sin la terminal portuaria, de 190 páginas y una lista de temas confidenciales. (Esta documentación está disponible en el sitio http://www.uruguaylibre.org)</p>
<p>Las partes del proyecto declaradas confidenciales incluyen desde las bases de datos geofísicos y geoquímicos hasta las dimensiones de los equipos y la operación de las minas en todas sus etapas, alegando que su sumatoria permite calcular la cantidad y el valor del mineral a extraer que constituye el “negocio” de la empresa.</p>
<p>Uruguay Libre no ha cuestionado que se preserven el patrimonio personal, el secreto comercial e industrial contemplado en la propia Ley 18.381, pero persiste una notoria exageración en la decisión del MIEM, que puede ser recurrida ante la Justicia y será objeto de una evaluación posterior por nosotros, junto con CAinfo.</p>
<p>Desde 2011, tenemos acceso sin restricciones al expediente de Aratirí en la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) y, aunque hemos constado también algunos vacíos e incongruencias en estas informaciones, consideramos que han posibilitado evaluar el proyecto minero y fundamentar nuestra oposición al mismo.</p>
<p>Mientras altas autoridades del gobierno han declarado su aprobación del proyecto de Aratirí, estos hechos en los organismos responsables de su evaluación, junto con la inconsistencia entre la información presentada por la empresa al estado y la que ésta difunde al público, nos obligan a ser desconfiados y mantenernos en alerta.</p>
<p>Uruguay Libre seguirá reclamando como un derecho ciudadano el mayor acceso posible y razonable a la información entregada al Estado sobre Aratirí y otros proyectos similares y espera de los organismos públicos el cumplimiento de la legislación vigente, sin tener que recurrir a la Justicia para que esto suceda.</p>
<p>INCAMBIADO EL PROYECTO ARATIRÍ</p>
<p>A pesar de ser solo un resumen, la descripción del proyecto entregada a Dinamige con fecha noviembre de 2014 es la versión más actualizada del mismo y tiene el valor de permitir constatar que Aratirí mantiene en sus mismos términos la propuesta inicial. Su único fin es extraer y exportar rápidamente el hierro nacional, a un ritmo de producción de 18 millones de toneladas anuales, con una duración de unos 20 años.</p>
<p>Características, vacíos e impactos que siguen incambiados del proyecto minero:</p>
<p>1) La especificación de las reservas, cantidad de mineral de hierro a extraer, estimada en 764 millones de toneladas, queda muy por debajo de lo anunciado por la empresa en sus informes públicos, que llegaron a multiplicar por 40 los volúmenes reportados en el pasado. Coincidiendo en los sitios donde estos yacimientos fueron estudiados en la década del 50, el aumento es razonable si se considera que ahora habrían llegado hasta más del doble de la profundidad de las anteriores perforaciones en la zona.</p>
<p>2) Un tema no aclarado, inclusive en la documentación de la Dinama, es el destino de la hematita, otra forma de óxido de hierro no magnética predominante en las capas superiores del yacimiento. En el proyecto figura un local identificado como “hematita magnetífera” en un sitio apropiado para separar hematita y otros metales que podrían estar presentes, pero no se describe el procedimiento en su interior. Podría parecer que se descartan como relaves, pero son unos 2,6 millones de toneladas de hematita, equivalentes a 4,2 millones de concentrado de hierro al 62% que, al precio actual de 70 dólares por tonelada, serían 300 millones de dólares anuales. No es creíble que se desprecie este valor existiendo procedimientos probados para separarla.</p>
<p>3) El balance hídrico del proceso es otro punto oscuro donde Aratirí viene cambiando los criterios y las cifras de “consumo de agua” de forma arbitraria. Por ejemplo, toma como un “sistema cerrado” la circulación de fluidos entre la planta de concentración y el embalse de relaves, así como entre los dos caños del mineroducto, pero no cuenta la afectación de ríos, arroyos y aguas subterráneas. Según Aratirí, todo estaría bajo control, pero varias veces expresa en los documentos que, si la calidad del agua que desborda los depósitos es mala, será lanzada al océano por un ducto submarino de 2,5 kilómetros paralelo a la terminal portuaria en la costa de Rocha.</p>
<p>4) El drenaje ácido de las rocas, que puede afectar los suelos, aguas superficiales y subterráneas, es negado por la empresa, pero los datos de los perfiles geológicos se siguen manteniendo como confidenciales y consta en la documentación disponible que el laboratorio canadiense que fuera contratado para hacer el análisis señaló que las muestras provistas por Aratirí eran insuficientes.</p>
<p>5) El plan de cierre de las minas confirma nuestros mayores temores pues es un plan de abandono donde los cráteres de las minas quedarán abiertos para irse llenando con agua de dudosa calidad en un proceso que llevará décadas, mientras la empresa pretende dejar todo resuelto en tres años. Quedarán también las pilas de estériles de 100 metros de alto expuestas a la acción del viento y la lluvia que en un proceso erosivo natural llevarán ese polvo y arena a grandes distancias. Para los trabajadores desocupados, la empresa contempla la entrega de cartas de recomendación</p>
<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-</p>
<p>Las informaciones confirman así que el proyecto Aratirí es totalmente inconveniente tanto en términos ambientales, como sociales y económicos. Uruguay Libre proseguirá la recolección de firmas para realizar un plebiscito nacional donde el pueblo decida si la minería metalífera a cielo abierto es o no una opción para nuestro país.</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2014/12/carencias-del-acceso-la-informacion-sobre-el-proyecto-aratiri.html">Carencias del acceso a la información sobre el Proyecto Aratirí</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Uruguay libre de megaminería: Evaluación de la información entregada por el gobierno sobre Aratirí</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2014/12/uruguay-libre-de-megamineria-evaluacion-de-la-informacion-entregada-por-el-gobierno-sobre-aratiri.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 20 Dec 2014 12:55:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[Uruguay Libre de megaminería]]></category>
		<category><![CDATA[Zamin Ferrous]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Lunes, 22 de diciembre, en 18 de julio 2190 (sede de COFE), el Movimiento Uruguay Libre de Megaminería realizará una conferencia de prensa para dar cuenta de la información sobre Aratirí entregada el día de la fecha por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) en cumplimiento de un fallo de la Justicia. [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Lunes, 22 de diciembre, en 18 de julio 2190 (sede de COFE), el Movimiento Uruguay Libre de Megaminería realizará una conferencia de prensa para dar cuenta de la información sobre Aratirí entregada el día de la fecha por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) en cumplimiento de un fallo de la Justicia.</p>
<p>El 5 de diciembre último, el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo dictó sentencia dando 15 días al MIEM para que entregara la información sobre el proyecto minero de Aratirí solicitada por Víctor Bacchetta, en nombre de Uruguay Libre, al amparo del derecho de acceso a la información pública (Ley N° 18.381).</p>
<p>En la conferencia de prensa evaluaremos los aspectos más relevantes de la información recibida y las consecuencias que tendría para el país la firma de un contrato con la empresa Zamin Ferrous, propietaria del proyecto Aratirí.</p>
<p>Fuente Imagen: retosalsur.org</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Organismo público ratificó derecho a conocer información de Aratirí</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2014/11/organismo-publico-ratifico-derecho-conocer-informacion-de-aratiri.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 29 Nov 2014 01:26:38 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[miem]]></category>
		<category><![CDATA[Uruguay Libre de megaminería]]></category>
		<category><![CDATA[Víctor Bacchetta]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), encargada de vigilar la aplicación de la Ley 18.381, emitió un pronunciamiento a favor de la entrega de la información del proyecto minero de Aratirí por el Ministerio de Industria. Energía y Minería (MIEM), de acuerdo con la solicitud de acceso realizada por el periodista Víctor [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), encargada de vigilar la aplicación de la Ley 18.381, emitió un pronunciamiento a favor de la entrega de la información del proyecto minero de Aratirí por el Ministerio de Industria. Energía y Minería (MIEM), de acuerdo con la solicitud de acceso realizada por el periodista Víctor Bacchetta en representación de Uruguay Libre.</p>
<p>La Dirección Nacional de Minería y Geología dependiente del MIEM declaró confidencial toda la información técnica del proyecto de extracción de hierro en los yacimientos de Valentines. A la gravedad de esta decisión, pues cualquier proyecto minero pasaría a ser secreto de estado, se agrega el incumplimiento de la ley 18.381 que regula el acceso a la información pública.</p>
<p>Ante la negativa del MIEM a entregar la información de Aratirí, junto con la acción judicial prevista por la ley, Bacchetta realizó también la denuncia ante la UAIP*. Por el artículo 21 de la ley 18.381, la UAIP es “El órgano de control (que) deberá realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos y demás disposiciones de la presente ley”.</p>
<p>El dictamen del organismo, dado a conocer el jueves último, ratificó en todos los términos los fundamentos de la denuncia presentada. Textualmente, la UAIP expresó lo siguiente:</p>
<p>«En mérito a lo expuesto, cabe concluir que se ha configurado el silencio positivo regulado en el artículo 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381 de 17 de octubre de 2008. Corresponde además precisar, que para dar respuesta a una solicitud de acceso a la información pública, se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto al artículo 16 de la Ley antes referida, así como también a la normativa vigente en materia de clasificación de la información».</p>
<p>El artículo 18, relativo al “silencio positivo”, establece que “Vencido el plazo de veinte días hábiles desde la presentación de la solicitud, si no ha mediado prórroga o vencida la misma sin que exista resolución expresa notificada al interesado, éste podrá acceder a la información respectiva, considerándose falta grave la negativa de cualquier funcionario a proveérsela”.</p>
<p>Y el artículo 16 es el que dice que “El acto que resuelva sobre la petición deberá emanar del jerarca máximo del organismo o quien ejerza facultades delegadas y deberá franquear o negar el acceso a la información que obrare en su poder relativa a la solicitud en forma fundada”.</p>
<p>El pronunciamiento de la UAIP no tiene carácter imperativo para el MIEM, pero constituye por su origen un elemento de juicio relevante, que se suma a la sentencia emitida en la primera instancia por el Juez Martínez de las Heras en la acción de amparo en curso en la Justicia, que intimó al ministerio a entregar en un plazo de 15 días la información sobre el proyecto de Aratirí.</p>
<p>El MIEM recurrió este fallo y el caso pasó al Tribunal de Apelaciones, cuyo pronunciamiento está pendiente. Uruguay Libre sigue atentamente todas las instancias de este proceso donde se juega una batalla crucial por el derecho de acceso a la información de todos los uruguayos.</p>
<p>(*) Por carecer de un presupuesto propio, la UAIP funciona con recursos de la AGESIC (Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información), en dependencias de la Presidencia de la República, pero es un órgano autónomo que no depende del gobierno nacional.</p>
<p>URUGUAY LIBRE DE MEGAMINERÍA.</p>
<p>28 de noviembre de 2014.</p>
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