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	<title>megaminería uruguay Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
	<lastBuildDate>Sun, 04 May 2014 15:32:43 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
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	<item>
		<title>Nueva marcha contra la megaminería</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2014/05/nueva-marcha-contra-la-megamineria.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 04 May 2014 15:32:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[aratirí]]></category>
		<category><![CDATA[megaminería uruguay]]></category>
		<category><![CDATA[Uruguay Libre de Minería Metalífera a Cielo Abierto]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Declaración del Movimiento Uruguay Libre. ANTE LA CONVOCATORIA DE UNA NUEVA MARCHA EN LA CAPITAL El Movimiento pro-Plebiscito Nacional Uruguay Libre de Minería Metalífera a Cielo Abierto adhiere a la Sexta Marcha en Defensa del Agua, la Tierra y la Vida convocada por la Asamblea Nacional Permanente (ANP) -para el Viernes 9 de mayo, concentrándose [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Declaración del Movimiento Uruguay Libre.</p>
<p>ANTE LA CONVOCATORIA DE UNA NUEVA MARCHA EN LA CAPITAL</p>
<p>El Movimiento pro-Plebiscito Nacional Uruguay Libre de Minería Metalífera a Cielo Abierto adhiere a la Sexta Marcha en Defensa del Agua, la Tierra y la Vida convocada por la Asamblea Nacional Permanente (ANP) -para el Viernes 9 de mayo, concentrándose a partir de las 16 horas en el Obelisco de Montevideo-, e invita a participar en esta nueva movilización contra proyectos que destruyen nuestros bienes naturales y vulneran la soberanía del pueblo y la nación.</p>
<p>Desde que la empresa Aratirí presentó su propuesta de explotación del yacimiento de hierro de Valentines, el gobierno tomó una serie de medidas para adaptarse al proyecto. En la reforma del Código de Minería, la convocatoria de la Comisión Multipartidaria, la habilitación del puerto de aguas profundas, la regasificadora y la Ley de Minería de Gran Porte supusieron la aceptación de ese proyecto sin escuchar las objeciones ni habilitar espacios de participación social.</p>
<p>Contrariamente a lo que dicen a la población, el proyecto de Aratirí no significa una diversificación de la matriz productiva ni un incentivo para el avance tecnológico y la industrialización. Es una simple actividad extractiva, de saqueo de las riquezas naturales y de depredación ambiental, que refuerza el papel de Uruguay como exportador de materias primas. Por esta vía, solo se acentúa la dependencia económica del país y la pobreza de amplios sectores de la población.</p>
<p>La negativa a atender las preocupaciones por los impactos sociales y ambientales conocidos de estos proyectos y a cualquier cambio en sus planes ha generado una creciente indignación en la población que se manifiesta en las marchas de protesta a caballo y a pie en la capital y el interior, la recolección de firmas para promover plebiscitos departamentales y las decisiones de las juntas legislativas de varios departamentos prohibiendo esas actividades en su territorio.</p>
<p>La campaña de recolección de firmas de Uruguay Libre para convocar a un plebiscito que prohiba la minería metalífera a cielo abierto en el territorio nacional es una expresión más de este amplio movimiento de la sociedad uruguaya. No es una actitud de mera oposición sino que reivindicamos el derecho del pueblo a participar en las decisiones sobre su futuro y sobre la manera de cuidar el patrimonio natural que heredamos y que debemos dejar a las nuevas generaciones.</p>
<p>Por todo esto, con José Artigas, decimos:</p>
<p>«No venderé el rico patrimonio de los orientales al vil precio de la necesidad»</p>
<p>«Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa ante vuestra presencia soberana».</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>Edil Dianessi: Voy a la plaza por tu firma”</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2014/04/edil-dianessi-voy-la-plaza-por-tu-firma.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Apr 2014 16:23:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[Carlos Dianessi]]></category>
		<category><![CDATA[mega minería a cielo abierto]]></category>
		<category><![CDATA[megaminería uruguay]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El edil departamental Carlos Dianessi informa sus actividades para los próximos días en el marco de la campaña departamental de recolección de firmas pro plebiscito contra la mega minería a cielo abierto en el Uruguay. Recordamos que esta campaña es en apoyo al movimiento “Uruguay libre” y que el trabajo comprometido incluye la recolección de [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El edil departamental Carlos Dianessi informa sus actividades para los próximos días en el marco de la campaña departamental de recolección de firmas pro plebiscito contra la mega minería a cielo abierto en el Uruguay.</p>
<p>Recordamos que esta campaña es en apoyo al movimiento “Uruguay libre” y que el trabajo comprometido incluye la recolección de firmas como la recolección de papeletas ya firmadas impresas directamente de la página web del movimiento.</p>
<p>Las actividades para los próximos días son las siguientes:</p>
<p>JUEVES 17</p>
<p>Hora 10: Plaza de Velásquez</p>
<p>Hora 12: Plaza de Lascano</p>
<p>Hora 15: Plaza de Cebollatí</p>
<p>Hora 17: Plaza de San Luis</p>
<p>Hora 18: Plaza de 18 de Julio</p>
<p>VIERNES 18</p>
<p>Hora 10: Barra de Chuy</p>
<p>Hora 11: Plaza Artigas de Chuy</p>
<p>Hora 12: Avda. Internacional</p>
<p>Hora 15: La Coronilla</p>
<p>Hora 16: Punta del Diablo</p>
<p>SABADO 19</p>
<p>Hora 10: Castillos</p>
<p>Hora 14: Aguas Dulces</p>
<p>Hora 15: Valizas</p>
<p>Hora 16: La Pedrera (costanera y peatonal)</p>
<p>Hora 17: La Paloma (Avda. Solari)</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>Una planilla pública para calcular los impuestos de Aratirí</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2014/03/una-planilla-publica-para-calcular-los-impuestos-de-aratiri.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 22 Mar 2014 13:25:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[megaminería uruguay]]></category>
		<category><![CDATA[uruguay libre aratirí]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Recibimos y Publicamos de Uruguay Libre de Megaminería. *Hoy Aratirí no pagaría el adicional del IRAE creado por la Ley 19.126 Las cifras sobre los posibles beneficios fiscales del Proyecto Aratirí brindadas por sus defensores -desde la Presidencia y otras autoridades oficiales, otros políticos, la empresa y hasta el Fondo Monetario Internacional- no bajan de [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Recibimos y Publicamos de Uruguay Libre de Megaminería.</p>
<p>*Hoy Aratirí no pagaría el adicional del IRAE creado por la Ley 19.126</p>
<p>Las cifras sobre los posibles beneficios fiscales del Proyecto Aratirí brindadas por sus defensores -desde la Presidencia y otras autoridades oficiales, otros políticos, la empresa y hasta el Fondo Monetario Internacional- no bajan de 400 millones de dólares anuales y han llegado a los 1.000 millones de dólares anuales (1) (2), pero hemos demostrado que están mal calculadas.</p>
<p>Al igual que otros aspectos clave de este proyecto, el Movimiento Uruguay Libre ha estudiado la ecuación económica y los aportes al estado uruguayo, procurando una base de información confiable y una discusión franca al respecto que hasta el momento no ha sido posible.</p>
<p>Ante eso hemos decidido poner a disposición de la prensa y el público un simulador de la potencial recaudación impositiva que podría derivarse de la extracción de hierro propuesta por Minera Aratirí SA, el que está disponible en nuestro sitio web: uruguaylibre.org</p>
<p>Es de destacar que, tal como se ve en la simulación, en las condiciones actuales del mercado, la empresa no pagaría nada por concepto del adicional del IRAE, que fue el impuesto específico incorporado por la Ley de Minería de Gran Porte (Ley 19126) y ha sido uno de los argumentos principales para sostener que el Proyecto Aratirí trae grandes beneficios al país.</p>
<p>Esperamos contribuir de esta manera a elevar la seriedad del debate público sobre este tema de gran importancia para el país y que constituye el propósito esencial de la Campaña pro Plebiscito Nacional contra la Megaminería que viene promoviendo nuestro movimiento.</p>
<p>Notas</p>
<p>(1) www.tiempominero.com/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=3445:mas-de-us-800-millones-dejaria-minera-aratiri-</p>
<p>(2) http://www.montevideo.com.uy/ucmovil_220291_1.html</p>
<p>Uruguay Libre de Megaminería</p>
<p>(http://uruguaylibre.org)</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>Ambientalistas promoverán referéndum y recursos de inconstitucionalidad ante Ley de Megaminería</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2013/09/ambientalistas-promoveran-referendum-y-recursos-de-inconstitucionalidad-ante-ley-de-megamineria.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Sep 2013 00:53:19 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[ambientalistas contra megaminería]]></category>
		<category><![CDATA[megaminería uruguay]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se aprobarán en breve en Diputados los cambios introducidos en el Senado en la ley de minería de gran porte con lo cual la misma quedará sancionada. La ley fue aprobada en el Senado en el mes de agosto únicamente con los votos del oficialismo y fue criticada duramente por la oposición. Tampoco goza ni [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Se aprobarán en breve en Diputados los cambios introducidos en el Senado en la ley de minería de gran porte con lo cual la misma quedará sancionada. La ley fue aprobada en el Senado en el mes de agosto únicamente con los votos del oficialismo y fue criticada duramente por la oposición. Tampoco goza ni la actividad de minería de gran porte ni la ley que pretende regularla de aprobación social; por el contrario, ha generado un fuerte rechazo en la zona donde pretenden instalarse los proyectos (el de Aratirí en especial) y un fuerte rechazo de la ciudadanía en general como muestran las últimas encuestas realizadas (Radar: 46% en contra y 28% a favor de la minería de gran porte).</p>
<p>La Mesa Representativa de la Ruta 7 integrada por productores rurales pobladores y trabajadores rurales de la zona de Cerro Chato, Batlle y Ordoñez, Valentines, Santa Clara, Tupambaé ha decidido :</p>
<p>&#8211; que una vez aprobada la ley denunciarán ante la Suprema Corte de Justicia una serie de inconstitucionalidades que entendemos incluye la ley, las cuales fueron destacadas por la oposición en el tratamiento parlamentario de la misma.</p>
<p>&#8211; una vez aprobada la ley, organizar una recolección de firmas tendiente a la realización de un referéndum para la derogación de la misma.</p>
<p>&#8211; promover los referéndums departamentales, para que en el marco de la ley de ordenamiento territorial, se protejan los territorios de su afectación por la actividad de minería de gran porte. Seguiremos el camino iniciado exitosamente en Tacuarembó donde se pleibiscitará la prohibición de la minería de gran porte en el departamento.</p>
<p>&#8211; seguir coordinando acciones con las más de 50 organizaciones sociales y agrupaciones de productores, pobladores y trabajadores rurales de las zonas afectadas, que desde todo el país, han manifestado su franca oposición a la instalación de grandes proyectos mineros.</p>
<p>&nbsp;</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Pablo Mieres: “Nuestro apoyo a la Ley de Minería de Gran Porte”</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2013/09/pablo-mieres-nuestro-apoyo-a-la-ley-de-mineria-de-gran-porte.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Sep 2013 10:09:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[megaminería uruguay]]></category>
		<category><![CDATA[minería de gran porte]]></category>
		<category><![CDATA[pablo mieres]]></category>
		<category><![CDATA[partido independiente]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Compartimos la columna del líder del Partido Independiente, Pablo Mieres a favor del proyecto de ley de Minería de Gran Porte. Al comienzo de este período de gobierno nos enteramos que una empresa inversora de capitales indios estaba realizando prospecciones en la zona de Cerro Chato y alrededores, para determinar la posibilidad de explotar el [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Compartimos la columna del líder del Partido Independiente, Pablo Mieres a favor del proyecto de ley de Minería de Gran Porte.</p>
<p>Al comienzo de este período de gobierno nos enteramos que una empresa inversora de capitales indios estaba realizando prospecciones en la zona de Cerro Chato y alrededores, para determinar la posibilidad de explotar el mineral de hierro. Desde hace décadas en nuestro país se especulaba con la existencia de esos minerales, sin embargo en aquellos tiempos las tecnologías de extracción disponibles y los precios internacionales del mineral indicaban que la operación no era económicamente redituable.</p>
<p>Mucha agua ha pasado por debajo de los puentes y tanto el desarrollo de las nuevas tecnologías como la evolución de los precios internacionales del hierro determinan que sea viable la actividad minera en esa zona. Nuestras existencias son suficientes en calidad y cantidad como para ameritar una fuerte inversión en este sector de la economía.</p>
<p>Ante estas circunstancias y debido a los desafíos que implica el desarrollo de una apuesta minera de mayor entidad, el gobierno decidió dos años atrás instalar una comisión multipartidaria que estudiara los antecedentes internacionales, que comparara la normativa vigente en aquellos países más desarrollados que poseen una industria minera importante y que estableciera los criterios normativos para regular la minería de gran porte.</p>
<p>El marco jurídico vigente era el viejo Código Minero que contiene disposiciones atrasadas y no adaptadas a los desafíos de industrias de mayor significación. Para decirlo más claro, era más conveniente para las empresas mineras que están invirtiendo en el país, mantener los viejos criterios previstos en el Código de Minería que la aprobación de una nueva normativa más exigente, actualizada y favorable a los intereses de nuestro país.</p>
<p>Así es que los cuatro partidos trabajaron en forma conjunta por medio de delegaciones con integración política y técnica, finalizando esos estudios con la firma de un documento que reflejaba los acuerdos alcanzados. Se había dado un paso muy importante para que el avance en esta nueva diversificación de nuestra matriz productiva se sustentara en criterios de política de Estado, con el respaldo de todos los partidos.</p>
<p>En el caso de nuestro partido integramos la delegación con un equipo técnico de primer nivel coordinado por nuestro diputado Iván Posada y confirmamos con nuestra firma la conformidad con los acuerdos alcanzados.</p>
<p>Tiempo después el gobierno envió al Parlamento el proyecto de ley que contenía, en forma de propuesta legislativa, los acuerdos alcanzados en la comisión multipartidaria. Este proyecto fue objeto de análisis y correcciones en las comisiones parlamentarias de ambas Cámaras, ajustándose las disposiciones normativas a los criterios acordados; de hecho algunos de los representantes de los partidos tradicionales lllegaron a votar en Comisión el proyecto de ley. Sin embargo, repentinamente, tanto el Partido Nacional como el Partido Colorado cambiaron de posición y, con la sola excepción de algún legislador nacionalista, votaron en contra en ambas cámaras y han iniciado una campaña crítica a la propuesta normativa.</p>
<p>Es muy curioso lo que ha ocurrido. La Cámara de Minería que agrupa a las pocas empresas mineras que existen en nuestro país ha manifestado críticas a la nueva normativa porque afecta sus márgenes de ganancia. La norma aprobada incluye un significativo aumento de la presión tributaria sobre esta actividad y garantiza al país un significativo nivel de recursos que, por otra parte, de acuerdo a lo acordado entre todos los partidos, no podrá gastarse en forma inmediata sino que formará parte de un fondo intergeneracional para que el producido por la explotación de esta riqueza natural que poseemos en nuestro país no se gaste en el corto plazo sino que sea gozada por las futuras generaciones.</p>
<p>Lo más sorprendente es que los partidos tradicionales, que aceptaron y permitieron sin chistar durante sus administraciones de gobierno la explotación de la minería en oro en el norte del país, sin preocuparse por ajustar o actualizar la normativa vigente, ahora “pongan el grito en el cielo” y se opongan a una reforma legislativa que mejora los niveles de control del Estado sobre esta actividad y aumenta sustantivamente los márgenes de ganancia del Estado como resultado de esta actividad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La situación nos hace acordar mucho a la postura del Frente Amplio, cuando estaba en la oposición, a la fábrica de celulosa de Botnia. En aquel tiempo el Convenio con Finlandia que era un requisito normativo previo para la inversión de Botnia en nuestro país fue votado en contra por toda la bancada del Frente Amplio. Luego cuando este llegó al gobierno no solo defendió a “rajatabla” el mencionado proyecto al punto de aceptar un fuerte conflicto con el gobierno argentino, sino que aprobó e impulsó una segunda fábrica de celulosa y, ahora, anuncia que quizás haya un tercer proyecto en tal sentido.</p>
<p>Es que nuestro país está diversificando su matriz productiva. No solo ha vivido un proceso de profunda transformación productiva en la agropecuaria, sino que ha incorporado, ahora ya sin resistencia, la inversión forestal con todo el valor agregado que ha supuesto.</p>
<p>Hace unos años se cuestionaba el avance forestal y se indicaba con alarmismo que este iba a significar la afectación de la producción agropecuaria en nuestro país; hoy las vacas pastan debajo de los árboles y ya nadie puede discutir la valía de la incorporación de la forestación a nuestro desarrollo productivo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ahora nuestra inversión minera se agrega a nuestro escenario productivo con toda la potencialidad que posee y eso es definitivamente una buena noticia. Y más allá de las resistencias actualmente existentes, el tiempo demostrará, como antes también lo hizo con la forestación, que la minería aportará nuevos beneficios a nuestro desarrollo. Particularmente si este desarrollo se ejecuta con normativas que como esta, ofrecen garantías para nuestro país.</p>
<p>Es muy lamentable que las posiciones políticas que se asumen con respecto a las nuevas oportunidades de desarrollo dependan de qué lado del mostrador cada partido se ubica.</p>
<p>¿Saben cuál ha sido el único partido que en aquel entonces no formando parte del gobierno apoyó la construcción de la planta de celulosa y ahora, también sin formar parte del gobierno, apoya la ley de minería de gran porte? El Partido Independiente.</p>
<p>Seguramente estas diferencias en las conductas dicen mucho más que mil discursos sobre las maneras de pararse frente a las oportunidades de desarrollo del país y la evaluación de los intereses generales con respecto a los intereses partidarios.</p>
<p>&nbsp;</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Carta abierta al Senado cuestionando proyecto de ley de megaminería</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2013/04/carta-abierta-al-senado-cuestionando-proyecto-de-ley-de-megamineria.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Apr 2013 14:17:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[Ignacio Stolkin]]></category>
		<category><![CDATA[megaminería uruguay]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.sociedaduruguaya.org/?p=68625</guid>

					<description><![CDATA[<p>Montevideo, 29 de abril de 2013. Comunicado de prensa. Carta abierta al Senado cuestionando proyecto de ley de megaminería. En el día de la fecha, el doctor ingeniero químico Ignacio Stolkin dirigió una carta abierta a los senadores de la República llamando su atención sobre las graves consecuencias que tendría la aprobación del proyecto de [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Montevideo, 29 de abril de 2013.</p>
<p>Comunicado de prensa.</p>
<p>Carta abierta al Senado cuestionando proyecto de ley de megaminería.</p>
<p>En el día de la fecha, el doctor ingeniero químico Ignacio Stolkin dirigió una carta abierta a los senadores de la República llamando su atención sobre las graves consecuencias que tendría la aprobación del proyecto de ley de minería a consideración de la Cámara Alta tras su aprobación en Diputados el pasado 17 de abril.</p>
<p>«Por razones de ética ciudadana y universitaria me dirijo a Vds. para rogarles tengan a bien observar las siguientes contradicciones que la ley contiene y, en virtud de la importancia que se le ha dado a la misma y los peligros que la aprobación de las mismas acarrean al País entero, actúen de manera acorde y patriótica tanto en el momento de la discusión como en el de la votación actuando en defensa de los intereses nacionales», dice Stolkin en su carta.</p>
<p>Por considerarlo un aporte significativo a la discusión de un proyecto de ley que es cuestionado por amplios sectores de nuestra sociedad, adjuntamos el texto completo de la carta del ingeniero Stolkin y solicitamos su difusión por vuestro medio de comunicación.</p>
<p>Área de Comunicación</p>
<p>MOVUS &#8211; Movimiento por un Uruguay sustentable.</p>
<p>Montevideo, 29 de abril de 2013</p>
<p>Señoras y señores</p>
<p>Senadoras y Senadores de la República Oriental del Uruguay</p>
<p>De mi mayor consideración:</p>
<p>En estos días Vds. deberán tratar el proyecto así llamado de Minería de Gran Porte, que fuera aceptado en la Cámara de Representantes. Por razones de ética ciudadana y universitaria me dirijo a Vds. para rogarle tengan a bien observar las siguientes contradicciones que la ley contiene y, en virtud de la importancia que se le ha dado a la misma y los peligros que la aprobación de las mismas acarrean al País entero, actúen de manera acorde y patriótica tanto en el momento de la discusión como en el de la votación actuando en defensa de los intereses nacionales.</p>
<p>Es importante destacar que, entre oras cosas, para la opinión pública las compañías mineras de Gran Porte aportarían impuestos al País que redundarían en que el mismo recibiría un 50% de las ganancias de la compañía. Para ello no se les otorgaría las ventajas fiscales que obtienen las inversiones directas. Pero veamos:</p>
<p>El artículo 49 reza:</p>
<p>“CAPÍTULO IV</p>
<p>RÉGIMEN TRIBUTARIO</p>
<p>Artículo 39. (Regímenes promocionales).- Las inversiones realizadas correspondientes a las actividades mineras y conexas definidas en el artículo 8º de la presente ley, no serán objeto de la aplicación de regímenes promocionales por los que se otorguen exoneraciones en materia de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.” (Subrayado mío)</p>
<p>El artículo 8, es un artículo muy extenso que define cuales son las actividades mineras y conexas ( por favor verlo). Pero incluye la siguiente frase que transcribo en parte:</p>
<p>“No se considerarán actividades mineras o conexas la producción de pellets, la explotación de altos hornos, la producción de arrabio……” (Subrayado y negrillas mías).</p>
<p>Esta frase favorece directamente a la empresa y borra con el codo lo que se escribió con la mano: Obsérvese que con una simple mezcladora y una prensa, dos industrias extractivas, la de la arcilla y la de mineral de hierro, dejan de ser extractivas y obtendrán todos los beneficios que se les otorga a las inversiones directas, con exención de impuestos y concesión de zonas francas. Como comentario al margen, solo produciría dos o tres puestos de trabajo y deberá ser instalada en zona costera con acopio de arcilla.</p>
<p>Esta afirmación se fortalece con lo que el mismo artículo dice:</p>
<p>“Tampoco se considerará actividad minera el uso de terminales portuarias especializadas que se ubiquen al interior de un puerto multipropósito.”</p>
<p>Pero por si esto fuera poco el artículo 4 dice:</p>
<p>“Artículo 4º. (Consideración especial).- El Poder Ejecutivo podrá asimismo, previo informe del Ministerio de Industria, Energía y Minería o el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente calificar como de gran porte a proyectos mineros que presenten alguna de las siguientes condiciones:</p>
<p>A) Uso de sustancias o productos químicos peligrosos para la salud o para el medio ambiente, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación, teniendo en cuenta sistemas globalmente armonizados.</p>
<p>B) Requerimiento energético eléctrico anual superior a 500 GWh (quinientos gigavatios hora).</p>
<p>C) Producción de drenaje ácido.</p>
<p>Estos casos quedan exceptuados de lo dispuesto en los Capítulos III y IV de la presente ley. “ (Subrayados míos)</p>
<p>Este artículo, da patente de corso a cualquier inversor que le caiga bien al Poder Ejecutivo. Obsérvese que el poder ejecutivo puede calificar a un emprendimiento como de minería de gran porte, es decir de interés general, a aquél cuyo consumo energético sea mayor del 6,5% del consumo total del país (7,600 GWh) sin expresar límite superior (Así Aratirí consumiría 1.600 GWh = 20% del total), que puede poner en graves compromisos energéticos y económicos al Uruguay, en especial en épocas de seca. Pero además permite directamente la producción de drenajes ácidos, sin especificar el lugar de drenaje, que bien puede ser el de ríos, arroyos, cañadas o inclusive a tierra y por tanto a las aguas subterráneas.. Este parágrafo está directamente lesionando el artículo 47 de la constitución, en especial en lo que se refiere al cuidado de las aguas</p>
<p>Pero lo interesante es que como se ve en el parágrafo subrayado por nosotros, aquel que quiera atentar contra nuestro ambiente, si el poder ejecutivo lo desea, no tendrá obligación ni de firmar un contrato con el Estado (capítulo III) ni de pagar impuestos (capítulo IV). Veamos:</p>
<p>“CAPÍTULO III</p>
<p>DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN</p>
<p>Artículo 23.- (Disposiciones especiales).- Las concesiones para explotar de Minería de Gran Porte se regirán por las normas de derecho público y por las disposiciones especiales contenidas en este Capítulo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 76 de la presente ley.”</p>
<p>“CAPÍTULO IV</p>
<p>RÉGIMEN TRIBUTARIO</p>
<p>Artículo 39. (Regímenes promocionales).- Las inversiones realizadas correspondientes a las actividades mineras y conexas definidas en el artículo 8º de la presente ley, no serán objeto de la aplicación de regímenes promocionales por los que se otorguen exoneraciones en materia de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.”</p>
<p>En otras palabras por aplicación del artículo 4 por el Poder Ejecutivo, la mina se instalará donde quiera y a nadie le tendrá que dar cuenta de sus actividades hasta que se retire sin decir adiós.</p>
<p>El artículo 9 reclama que los propietarios de explotaciones de minería de gran porte sean conocidos (con acciones nominales), pero inmediatamente a continuación indica que el poder ejecutivo podrá hacer excepciones y disponer que la titularidad pueda ser ejercida por sociedades anónimas con acciones al portador por un período de dos años.. ESTO SOBREPASA TODOS LOS LIMITES DE CREDIBILIDAD DE ESTE PROYECTO DE LEY. Por cuanto y no es novedad en estos asuntos. A LOS DOS AÑOS LA FIRMA PUEDE VENDERSE A SI MISMA EL PERMISO (por ejemplo a través de testaferros) Y RECOMENZAR EL RECUENTO DE LOS DOS AÑOS CON PERMISO PARA LA SOCIEDAD ANÓNIMA y así sucesivamente.</p>
<p>El artículo 25</p>
<p>“Artículo 25. (Exigencia de contrato).- El otorgamiento del título de concesión para explotar en los proyectos de Minería de Gran Porte se realizará mediante la celebración de un contrato de Minería de Gran Porte entre el Poder Ejecutivo y el titular del proyecto, el que deberá establecer necesariamente:”</p>
<p>En sus numerales E y F dice[</p>
<p>“E) La información del proyecto minero a ser provista al Estado en un plazo previsto en el propio contrato, a contar desde la fecha de la suscripción del mismo, que deberá incluir estudios, muestras, testigos, resultados de laboratorio y todo otro dato técnico que las autoridades competentes consideren necesario para justificar la racionalidad de la explotación del yacimiento.</p>
<p>F) La determinación de la información contenida en el proyecto minero que será considerada de carácter reservado o confidencial.” (subrayados nuestros)</p>
<p>De estos dos incisos se desprende:</p>
<p>1. Que el contrato es aceptado por el Estado como suscripto sin haber conocido las condiciones de funcionamiento del emprendimiento y</p>
<p>2. Que esta información será confidencial. Esto se contrapone directamente al derecho de los ciudadanos al conocimiento que indica la ley de obligatoriedad de información, pero además a la fundamentación del proyecto de ley que en su artículo 1 dice:</p>
<p>“Artículo 1º. (Declaración).- La Minería de Gran Porte es de interés general y de utilidad pública y genera procesos de desarrollo sostenible del país….”</p>
<p>“El interés público o general es la frase hispana usada para designar la finalidad nacional de las acciones e instituciones de un Estado o comunidad políticamente organizada o el beneficio del conjunto de la población o los habitantes de una región o país.”</p>
<p>y apoyándose en “ Rousseau (ver Contrato social), y de acuerdo a la cual el interés general no puede resultar de los intereses particulares, dado que sobrepasa a esos ya sea como tales o incluso como suma de tales (ver Bien común (filosofía)). En esta visión, el interés general es una expresión de la voluntad general.” (Wikipedia).</p>
<p>Como se ve sería contrario a la definición de necesidad de la ley, el otorgar cláusulas confidenciales en los contratos.</p>
<p>Ya de paso podríamos preguntarnos si los redactores de la ley consultaron a sus mandantes (el pueblo) si efectivamente coinciden en que la ley es de interés general.</p>
<p>Y en el mismo sentido cuales pueden ser los procesos de desarrollo sostenible de una empresa que es estrictamente extractiva, que utiliza mano de obra de baja calidad y que dura solamente 12 años de acuerdo al EIA presentado por Aratirí. En este procesos quedarán unos 1.500 desocupados directos en edad de 40 a 50 años, sin experiencia, con posibles enfermedades relacionadas con la minería cuyo fin será el pase al BPS para que todos los ciudadanos lo paguen. Similarmente 4.000 puestos indirectos producirán 4.000 desocupados.</p>
<p>Art. 30</p>
<p>“Artículo 30. (Otros contenidos).- El Contrato de Minería de Gran Porte firmado entre el Poder Ejecutivo y el titular del proyecto minero podrá contener:</p>
<p>.B) Beneficios fiscales para la realización de la inversión, los que en ningún caso podrán establecer exoneraciones en materia de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, ni de su Adicional, en lo referente a inversiones vinculadas a las actividades mineras y conexas.”</p>
<p>Pero puede incluir todos los correspondientes a una Zona Franca</p>
<p>“C) Compromisos asumidos por el Poder Ejecutivo para la realización de ciertas obras de infraestructura.</p>
<p>Es decir pagos por los contribuyentes sin costos para la empresa</p>
<p>D) Cláusula de mantenimiento de los parámetros referidos a la tributación que grava específicamente la actividad de Minería de Gran Porte y del canon de producción correspondiente a la actividad minera, por un período no mayor a 10 (diez) años.”</p>
<p>En otras palabras, todos los ciudadanos tendrán que pagar posibles aumentos de contribuciones e impuestos decretados en ese interín pero la compañía no. En casos de inflación o de devaluación de la moneda, las pérdidas de recaudación correspondientes irán a cargo de la población en los 10 años que indica la ley</p>
<p>“F) Cláusula de compromiso arbitral internacional para la solución de eventuales controversias en la aplicación del Contrato de Minería de Gran Porte por montos que superen los 100.000.000 UI (cien millones de Unidades Indexadas)”</p>
<p>NO ES INCREÍBLE POR QUÉ ESTÁ ESCRITO, PERO EL PAÍS RENUNCIA A TRAVÉS DE UNA DE SUS LEYES A LA JUSTICIA NACIONAL Y NUESTROS CIUDADANOS, QUE SERÍAN SOLIDARIOS EN CASOS DE QUE EL ESTADO FUERA PERDIDOSO, SE CONVIERTEN EN SÚBDITOS DE INSTITUCIONES PRIVADAS BANCARIAS INTERNACIONALES. EL CSO PHILIP MORRIS MUESTRA A LAS CLARAS QUE SIGNIFICAN ESTOS TRIBUNALES INTERNACIONALES.</p>
<p>El art. 37:</p>
<p>“Artículo 37. (Preferencia de compra).- En caso de no otorgarse la concesión para explotar o que no se alcance acuerdo en las condiciones particulares del contrato (subrayado nuestro), el Estado uruguayo tendrá la preferencia de compra de los datos contenidos en el proyecto, incluso aquellos declarados reservados o confidenciales&#8212;&#8212;“</p>
<p>¿No es una excelente oportunidad para que el estado cargue con los gastos (a precio del vendedor, se entiende), para el caso en que por razones de mercado no sea más interesante la explotación de la mina y, claro no haya un capitalista interesado en ella?</p>
<p>Para la gente joven no son conocidos casos como estos, pero para los ya mayores el ejemplo de la retirada de capitales ingleses de los años 50 y la venta de su chatarra al Estado a precios de nuevo (tranvías, ferrocarriles) tiene que ser un ejemplo claro del peligro de esta frase de la ley.</p>
<p>39. (Regímenes promocionales).- Las inversiones realizadas correspondientes a las actividades mineras y conexas definidas en el artículo 8º de la presente ley, no serán objeto de la aplicación de regímenes promocionales por los que se otorguen exoneraciones en materia de Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.</p>
<p>En caso de presentarse un proyecto que incluya industrialización del producto minero, el contrato podrá incluir los beneficios a obtener por el proyecto en el marco de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, para actividades no comprendidas en los literales A y B del artículo 8º de la presente ley.”</p>
<p>Muy prometedor al principio, este artículo muestra en su segunda parte lo que ya habíamos dicho referente al artículo 8, la famosa “trampita” de declarar pequeñas inversiones y movimientos como excepciones a la obligación de aportar los impuestos correspondientes.</p>
<p>Y el artículo 51 bis, para evitar toda duda, permite que los costos de prospección, de exploración y de estudios ambientales, (calculados naturalmente por el inversor) puedan ser tenidos en cuenta como pérdidas, es decir a descontar de las ventas a los efectos del pago de impuestos……En otras palabras que el riesgo se socialice…</p>
<p>Estimadas Sras., Estimados Sres.</p>
<p>No tengo la pretensión de que este texto sea exhaustivo, al contrario creo que un especialista encontraría más contradicciones a relatar. Por el interés general y por su función de electos por el pueblo queda en sus manos permitir que una ley como ésta permita que sigamos en el subdesarrollo actuando como lo hacemos desde 1492, es decir alimentando con nuestras materias primas a quienes nos explotan.</p>
<p>Por cualquier duda me pongo a su disposición</p>
<p>Confiando en sus capacidades los saludo</p>
<p>Atentamente.</p>
<p>Dr. Ing. Químico Ignacio Stolkin</p>
<p>Ex -Profesor Grado 5 de la Facultad de Ciencias y</p>
<p>Ex -Profesor Grado 4 de la Facultad de Química</p>
<p>C.I 612040.2</p>
<p>istolkin@adinet.com.uy</p>
<p>Tel. 2411 3910.</p>
<p>Fuente Imagen: www.elmundo.es</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>3ª Marcha Nacional en defensa de la Tierra y los Bienes Naturales</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Oct 2012 13:23:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ONGs]]></category>
		<category><![CDATA[Principal]]></category>
		<category><![CDATA[Aratirí-Zamin Ferrous]]></category>
		<category><![CDATA[defensa de la Tierra y Bienes Naturales]]></category>
		<category><![CDATA[megaminería uruguay]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ponemos en su conocimiento que más de 30 organizaciones de todo el país estamos convocando a la 3ª Marcha Nacional en defensa de la Tierra y los Bienes Naturales, que tendrá lugar el Jueves 11 de octubre en Montevideo. Una vez más, nos reúne la necesidad de manifestar el cuestionamiento popular al avance de proyectos [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Ponemos en su conocimiento que más de 30 organizaciones de todo el país estamos convocando a la 3ª Marcha Nacional en defensa de la Tierra y los Bienes Naturales, que tendrá lugar el Jueves 11 de octubre en Montevideo.</p>
<p>Una vez más, nos reúne la necesidad de manifestar el cuestionamiento popular al avance de proyectos insustentables para nuestro país, como la megaminería metalífera a cielo abierto a la que se daría paso con la instalación de Aratirí-Zamin Ferrous. De acuerdo a los pedimentos mineros vigentes, hay 3.5 millones de hectáreas de 18 departamentos en las que se aspira a sustituir una actividad productiva renovable por una extractiva finita y letal para el ecosistema y para los productores familiares.</p>
<p>Este modelo de país ante el que reaccionamos también tiene sus manifestaciones en la costa atlántica, donde las comunidades están reclamando proyectos de desarrollo alineados a su potencial turístico y que aseguren la vigencia del diferencial cada vez más valioso de país natural.</p>
<p>Éstas son sólo algunas de las razones que tenemos para marchar. Cada vez somos más los ciudadanos del campo, la costa y la ciudad con la convicción de que nos debemos un debate serio y donde los uruguayos tengamos información y voz para elegir el desarrollo que verdaderamente nos beneficie.</p>
<p>Contamos con su apoyo para hacerle llegar a la población esta convocatoria y quedamos a disposición para ahondar sobre las motivaciones y características de esta actividad.</p>
<p>Agenda:</p>
<p>16.30 hs. &#8211; Concentración e información en el Obelisco</p>
<p>18 hs. &#8211; Marcha por 18 de Julio hasta Plaza Independencia</p>
<p>19 hs. &#8211; Acto final con lectura de proclama y show musical.</p>
<p>Fuente Imagen: ecoportal.net</p>
<p>&nbsp;</p>
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