De acuerdo a lo establecido en el Art. 37 del Presupuesto Quinquenal 2006-2010 y ampliación presupuestal, se establecen para el año 2008 los precios por m2 de ocupación de espacios públicos y zonas de la ciudad de Fray Bentos que cubre.Fray Bentos, 3 de enero de 2008. Reglamento:Fijación de Precios por Uso de Espacios PúblicosDe acuerdo a lo establecido en el Art. 37 del Presupuesto Quinquenal 2006-2010 y
ampliación presupuestal, se establecen para el año 2008 los precios por m2 de ocupación de espacios públicos y zonas de la ciudad de Fray Bentos que cubre.
1. Zona 1- Precio $ 70 por m2.-Avda 18 de Julio desde calle Paraguay a Las Piedras, por ambas aceras.
-Avda Rincón desde calle Paraguay a Las Piedras, por ambas aceras.
2. Zona 2- Precio $ 50 por m2.-Avda 18 de Julio desde calle Las Piedras a Blanes, por ambas aceras.
– Avda Rincón desde calle Las Piedras a Blanes, por ambas aceras.
– Transversales a Avda 18 de Julio desde calle Haedo a Zorrilla de San Martín y desde
calle Paraguay a 19 de Abril , por ambas aceras.
3. Zona 3- Precio $ 30 por m2.-Avda 18 de Julio desde calle Blanes a Alzaibar, por ambas aceras.
– Avda Rincón desde la calle Blanes a Alzaibar, por ambas aceras.
– Transversales a Avda 18 de Julio desde calle Haedo a Zorrilla de San Martín y desde
calle Las Piedras a Blanes, por ambas aceras.
Notas:a) Exoneraciones: Los feriantes, los artesanos, y los casos de ocupación transitoria que tengan la correspondiente autorización.
b) Autorización: En todos los casos que se ocupen espacios públicos, deberá obtenerse la autorización municipal. El que incurriere en uso irregular u omisión de pagos, motivara la cancelación del permiso correspondiente, sin perjuicio de la a aplicación de las sanciones pertinentes.
c) Precio a pagar: Para el cálculo del precio a pagar, además de la zona en que esta emplazado el negocio, se tendrá en cuenta el tiempo horario que lo ocupa. El precio se calculara por m2 ocupado (hay que tener en cuenta la ordenanza municipal de espacios publicos para considerar correctamente los espacios libres que deben dejar a transeúntes) y por mes, considerando que si lo ocuparen durante 4 horas o menos diariamente, pagaran el 50% de dicho precio.
Esta reglamentación entra en vigencia a partir del 4 de enero de 2008.