El Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) cumple en informar que, conforme lo establece el Decreto 311/006 del 04 de setiembre de 2006, a las 2:00 AM del domingo 3 de octubre de 2010, la hora legal en toda la República Oriental del Uruguay deberá adelantarse 60 minutos.

El Decreto 311/006 establece que a la hora 2.00 am. del día 14 de marzo (segundo domingo), se deberá retrasar el reloj en sesenta minutos.