Elecciones del Banco de Previsión Social (BPS).

¿Qué se elige?

Este domingo 27 de marzo, se eligen representantes sociales para integrar el Directorio del BPS, conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado, (actualmente tres propuestos por el Frente Amplio y uno por el Partido Nacional), y tres Directores sociales electos por los órdenes de afiliados: Trabajadores Activos, Jubilados y Pensionistas, y Empresas Contribuyentes.

El voto es obligatorio para las personas incluidas en los padrones electorales. Para verificar si le corresponde votar, así como el circuito dónde deberá hacerlo, puede ingresar a la página web de la Corte Electoral

También puede llamar a los teléfonos indicados para cada uno de los órdenes de afiliados:

* TRABAJADORES: 0800 8747

* JUBILADOS Y PENSIONISTAS: 0800 8748

* EMPRESAS: 0800 8745

¿Quiénes votan?

Quienes estén incluidos en los padrones electorales por los tres órdenes:

693.853 TRABAJADORES ACTIVOS

Son electores los Trabajadores dependientes públicos o privados (obreros, empleados, etc.) que hayan mantenido su condición de afiliados durante los 12 meses anteriores al 30.06.2010 y que sean mayores de 18 años de edad a la citada fecha.

511.541 JUBILADOS Y PENSIONISTAS

Son electores los Jubilados, Pensionistas por sobrevivencia, Pensionistas a la vejez y Pensionistas por Invalidez, que hayan sido declarados como tales al 30.06.2010.

133.895 EMPRESAS CONTRIBUYENTES

Son electores las Empresas contribuyentes no estatales (monotributistas, unipersonales y sociedades), inscriptas como tales en el BPS antes del 30.06.2010, en tanto se hayan afiliado y mantenido dicha afiliación durante los 12 meses anteriores al 30.06.2010, y que a dicha fecha se encontraran al día en el pago de sus obligaciones o de las facilidades concedidas por BPS.

¿Qué ocurre si una persona pertenece al mismo tiempo a más de un orden?

Si una persona estuviera habilitada para votar en más de un orden, deberá hacerlo en cada orden.

Es imprescindible para votar en cada orden, estar incorporado dentro de los padrones electorales correspondientes.

Como en las elecciones nacionales, el voto es obligatorio. Es secreto y personal dentro de cada orden.

Las personas que a la fecha de la elección tengan 75 años o más no están obligadas a votar.

Para votar se deberá concurrir con Credencial Cívica.

Los extranjeros que no estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, lo harán con Cédula de Identidad.

También se puede consultar en las Asociaciones, Cámaras y Gremios en todo el país, y en las Juntas y Oficinas Electorales Departamentales.

Fuente: Banco de Previsión Social. www.bps.gub.uy