La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, en ejercicio de su competencia legalmente atribuida de defender, promover y proteger en toda su extensión los Derechos Humanos1 manifiesta su preocupación respecto a la sanción impuesta al ciudadano uruguayo Luis Suárez por la corporación privada internacional Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA).

Dicha sanción viola derechos humanos específicos del mencionado deportista, y se extiende, incluso, al ejercicio de éstos dentro del territorio nacional. Los derechos vulnerados están consagrados en la Constitución de la República y en el orden jurídico de los Derechos Humanos que la humanidad ha venido consagrando y desarrollando desde 1948. Los Estados en que la FIFA actúa, incluido el Estado uruguayo, están obligados a respetar ese marco normativo universal. Sin embargo, por expresa disposición de los estatutos de la referida corporación, la penalización no puede ser recurrida ante ninguna autoridad judicial2

La sanción mencionada desconoce el derecho de toda persona a un recurso efectivo ante

Tribunales nacionales competentes. Esto implica el derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un Tribunal independiente e imparcial3 modo afecta, entre otros, el derecho al trabajo y a la libertad personal, especialmente teniendo en cuenta la forma en que la sanción fue procesada y sus consecuencias inmediatas.

La Institución expresa asimismo su esperanza de que la indignación y solidaridad compartida que sacudió a la sociedad uruguaya frente a tal situación, no se agote en este acto, y sirva de motor para enfrentar todas las violaciones a los derechos humanos que enfrentan distintos integrantes de la misma, y en particular, los pertenecientes a los sectores en condiciones de mayor vulnerabilidad.