ADMINISTRATIVOSLlamado Nº 0025/2022. Administrativo/a – Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) – Dirección General de Secretaría – Art. 4° Ley N° 19.122.

Tipo de Vínculo: Contrato de Provisoriato.

Nombre del puesto: Administrativo/a.

Período de postulación: 01/09/2022 – 15/09/2022.

Tipo de Tarea: Administrativas.

Estado: Abierto.

Retribución: $47.527 nominales a valores enero 2022.

Carga horaria: 40 horas semanales.

Lugar de desempeño: Departamento de Montevideo

Tiempo de contratación: 12 meses en carácter Provisorio. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario/a quedará designado de forma definitiva en el cargo presupuestal correspondiente. (Artículo 5 de la Ley N°19.996 de 3 de noviembre de 2021).

Organismo y Cantidad de Puestos: 3.

Otras condiciones de trabajo: Disponibilidad para viajar al interior, excepcionalmente, cuando el servicio lo requiera.

Requisitos excluyentes: Bachillerato completo de Enseñanza Secundaria o su equivalente del Consejo de Educación Técnico Profesional CETP.

Incompatibilidades. Previo a la suscripción de la designación inicial, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

Medios de Postulación

www.uruguayconcursa.gub.uy

Por mayor Información: Llamado Nº 0025/2022 (uruguayconcursa.gub.uy)

Fuente Imagen: (1) Servicios Administrativos | Facebook