Llamado Nº 0019/2023. Abogado/a – MIDES – Instituto Nacional de las Personas Mayores.

Tipo de Vínculo: Contrato de Función Pública.

Nombre del puesto: Abogado/a.

Período de postulación: 01/02/2023 – 15/02/2023.

Tipo de Tarea: Profesionales.

Estado: Abierto.

Retribución: $ 81.836,36 nominales a valores Julio 2022

Carga horaria: 40 horas semanales

Lugar de desempeño: Instituto Nacional de las Personas Mayores, Mercedes 1227, departamento de Montevideo

Tiempo de contratación:

El plazo de la contratación será el que en cada caso se determine, no pudiendo exceder de un año, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de cuatro años. (Art. 7 Inciso 5 de la Ley N°19.996 de 3 de noviembre de 2021).

Organismo y Cantidad de Puestos: 1 puesto.

Disponibilidad para desarrollar la labor de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 8 a 16 horas

Requisitos excluyentes: Título de Abogado/a o Doctor/a en Derecho y Ciencias Sociales, expedido por la Universidad de República o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por la autoridad competente, habilitado por la Suprema Corte de Justicia (jura ante la Suprema Corte), a la fecha de cierre del período de postulación.

Incompatibilidades.

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, salvo aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

Medios de Postulación: www.uruguayconcursa.gub.uy