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	<title>Raúl Palacios Archives - Sociedad Uruguaya</title>
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	<description>Diario digital on line desde el 6 de abril de 2006.</description>
	<lastBuildDate>Sat, 09 Mar 2013 23:12:59 +0000</lastBuildDate>
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	<item>
		<title>Kreimerman: Vínculo comercial y de inversiones entre Uruguay y Japón se incrementa y “merece” profundizarse</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2013/03/kreimerman-vinculo-comercial-y-de-inversiones-entre-uruguay-y-japon-se-incrementa-y-merece-profundizarse.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Mar 2013 23:12:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Katsuhiro Matsumoto]]></category>
		<category><![CDATA[Mikio Kuwayama]]></category>
		<category><![CDATA[Raúl Palacios]]></category>
		<category><![CDATA[roberto kreimerman]]></category>
		<category><![CDATA[Uruguay-Japón]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El ministro de Industria, Energía y Minería, Roberto Kreimerman participó del seminario Oportunidades de comercio e inversión Uruguay-Japón, donde sostuvo que el intercambio de comercio e inversiones con Japón puede crecer aún más. Como ejemplo, mencionó la carne bovina, la producción vitivinícola y las TIC. Además, auguró importantes oportunidades que ya comenzaron a concretarse en [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El ministro de Industria, Energía y Minería, Roberto Kreimerman participó del seminario Oportunidades de comercio e inversión Uruguay-Japón, donde sostuvo que el intercambio de comercio e inversiones con Japón puede crecer aún más. Como ejemplo, mencionó la carne bovina, la producción vitivinícola y las TIC. Además, auguró importantes oportunidades que ya comenzaron a concretarse en diversas áreas, como la logística, la automotriz o las energías renovables, entre otras.</p>
<p>El ministro de Industria, Energía y Minería, Roberto Kreimerman, expuso hoy en el seminario Oportunidades de comercio e inversión Uruguay-Japón, que se desarrolló en el Edificio Bolsa de Comercio y contó con las intervenciones del presidente en ejercicio de la República, Danilo Astori, y el profesor del Departamento de Política Global de la Facultad de Derecho de la Universidad Hosei y ex jefe de la Unidad de Comercio Internacional de la Cepal, Mikio Kuwayama.</p>
<p>En su intervención, bajo el título “Haciendo frente a los desafíos de la economía global. Uruguay-Japón”, Kreimerman destacó que el intercambio comercial entre Uruguay y Japón ha crecido y lo sigue haciendo. Hoy se sitúa en más de 100 millones de dólares, una cifra que, aseguró, “puede ser sustancialmente mayor”.</p>
<p>Asimismo, recordó que las inversiones japonesas en nuestro país “aumentan año a año”, por ejemplo en los sectores autopartista y químico.</p>
<p>Por otra parte, subrayó la importancia de la “cooperación profunda” que han establecido ambos países, y que tendrá hitos como la granja solar fotovoltaica que se inaugurará en Salto el viernes 15 de marzo, entre otros ejemplos que, además de las energías renovables, también incluyen proyectos sobre aguas (en la cuenca del río Santa Lucía), la producción fitosanitaria o el desarrollo de capacidades para el mejoramiento de salud animal y genética de especies forestales.</p>
<p>“El trabajo entre Uruguay y Japón viene de largo, pero merece ser incrementado por la necesaria conveniencia de un mayor comercio e inversión” y por el lugar diferente que ocupan ambos países dentro de diferentes cadenas productivas, dijo el jerarca.</p>
<p>“Depende de políticas activas del Estado el incrementar la calidad de nuestras cadenas productivas, y depende del empresariado lograr esos tres términos que en Japón son muy claros: entrega, costo y calidad como base de la competencia”, añadió.</p>
<p>Kreimerman recordó que los acuerdos clave con Japón datan de la décadas del 70 y 80. Actualmente se emprende la negociación para el acuerdo de promoción y protección de inversiones.</p>
<p>El secretario de Estado dijo que existen productos “muy representativos” para los que hay importantes posibilidades de inversión. Ellos son la carne bovina –el comercio de esta hacia Japón es “una vieja aspiración” dada su calidad y trazabilidad, indicó Kreimerman-; la industria vitivinícola, cuya calidad es reconocida; y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), un área en la que Uruguay es líder regional.</p>
<p>“Las posibilidades son amplias”, afirmó el jerarca, quien reafirmó que las diferentes posiciones que ocupan Uruguay y Japón en la cadena productiva permiten predecir importantes oportunidades en áreas como la logística (por la ubicación de Uruguay en el continente), los alimentos (por sus ventajas comparativas), la madera, la biotecnología (“donde Japón tiene un fuerte potencial y Uruguay una fuerte necesidad y la materia prima”), las energías renovables, las TIC y los sectores naval y automotor.</p>
<p>Apertura necesaria</p>
<p>En tanto, Astori ofreció una visión global sobre la inserción internacional del Uruguay, que definió como un proyecto a largo plazo con perspectiva integral, que incluye apertura, calidad y equidad, así como aspectos culturales y políticos, además de comerciales y de inversiones.</p>
<p>“Apertura al mundo: Uruguay no tiene otro camino”, afirmó el presidente en ejercicio.</p>
<p>Además de Kreimerman y Astori, en el seminario participaron el presidente de la Cámara Uruguayo Japonesa de Comercio e Industria, Raúl Palacios, y el embajador a.i. de la Embajada de Japón en Uruguay, Katsuhiro Matsumoto.</p>
<p>Fuente Imagen: archivo.presidencia.gub.uy</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>El avance del Estado sobre los derechos de los contribuyentes</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/12/el-avance-del-estado-sobre-los-derechos-de-los-contribuyentes.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 05 Dec 2012 19:32:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[alberto varela]]></category>
		<category><![CDATA[derechos de los contribuyentes]]></category>
		<category><![CDATA[Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios IUET]]></category>
		<category><![CDATA[José Luis Shaw]]></category>
		<category><![CDATA[Mario Ferrari Rey]]></category>
		<category><![CDATA[Raúl Palacios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Conferencias organizadas por la Cámara Nacional de Comercio y Servicios y el Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios. El martes 20 de noviembre se llevaron a cabo en la Sala de Actos de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCS) las conferencias organizadas por esta institución en forma conjunta con el Instituto Uruguayo de Estudios [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Conferencias organizadas por la Cámara Nacional de Comercio y Servicios y el Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios.</p>
<p>El martes 20 de noviembre se llevaron a cabo en la Sala de Actos de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCS) las conferencias organizadas por esta institución en forma conjunta con el Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios (IUET) sobre el tema “El avance del Estado sobre los derechos de los contribuyentes”, a cargo de especialistas en materia tributaria de este último Instituto.</p>
<p>Abrió el acto el Presidente de la CNCS Cr. Raúl Palacios y a continuación el Presidente del IUET Dr. José Luis Shaw hizo la introducción al tema, reseñando brevemente el alcance y la importancia del mismo. Recordó que el Estado tiene la potestad constitucional de crear tributos en forma coactiva mediante ley sancionada por el Parlamento, pero luego esa relación de poder desaparece y la actuación del Estado en su calidad de acreedor de esos tributos, a través de las oficinas recaudadoras, está sujeta a la ley de igual modo que los contribuyentes en una relación jurídica de carácter obligacional. Mencionó que el Código Tributario, que entró en vigor en el año 1975, concede sin embargo a las oficinas recaudadoras una serie de facultades extraordinarias para la fiscalización, control y recaudación de los tributos, pero al mismo tiempo consagra una serie de garantías para los derechos individuales de los contribuyentes, especialmente dirigidas a permitirles el ejercicio del derecho de defensa ante pretensiones indebidas de las autoridades fiscales, conflictos que en última instancia son resueltos por órganos jurisdiccionales independientes del poder político, en aplicación de la separación de poderes que consagra la Constitución.</p>
<p>Luego señaló que durante los casi 40 años de vigencia del Código, se ha dado un proceso en el que las autoridades fiscales han proyectado normas legales -y muchas veces logrado su aprobación por el Parlamento- que le otorgan facultades exorbitantes para combatir la evasión que, sin embargo, implican un desconocimiento de los derechos de los contribuyentes honestos en la medida que permiten ejercer una coacción sobre ellos para que acepten las pretensiones del fisco sin posibilidades de de defensa. Con lo cual la relación jurídica obligacional entre Estado acreedor y los contribuyentes consagrada por el Código Tributario, fundada en los principios rectores de la Constitución, se ha ido desdibujando para acercarse cada vez más a una indebida relación coactiva de poder.</p>
<p>Expresó el Dr. Shaw que en la ley de Rendición de Cuentas de este año se incluyeron una serie de artículos que otorgan nuevas facultades exorbitantes a la DGI, que agravan seriamente la situación. Por ello el IUET preparó un informe crítico de esas disposiciones (incluyendo una reseña de las anteriores de ese mismo proceso), lo envió a los miembros de la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda del Senado y pidió y obtuvo una audiencia para exponer sus objeciones a esas normas. Pero sus planteos no fueron atendidos y las normas fueron sancionadas en la ley.</p>
<p>Como el ámbito de difusión del IUET se orienta al ámbito académico, y en todo caso de los profesionales dedicados a los tributos, el IUET tuvo la iniciativa de contactar a la CNCS para realizar estas conferencias sobre el tema, dado el prestigio que tiene la Cámara como defensora de los derechos de los ciudadanos y el gran ámbito de difusión de sus opiniones, iniciativa que ésta acogió con entusiasmo.</p>
<p>Luego expuso el miembro del Consejo Directivo del IUET Dr. Mario Ferrari Rey, quien historió los cambios normativos introducidos con posterioridad a la sanción del Código Tributario. Expresó que dichos cambios se han caracterizado por ser propuestos por las propias administraciones tributarias, que generalmente se incluyen en leyes de presupuesto o de rendición de cuentas, lo que afecta su discusión particular por los plazos limitados de que disponen las Cámaras para su aprobación; por tender a facilitar la labor inspectiva y de ejecución mediante la concesión de nuevas potestades -o la intensificación de las potestades ya existentes- pero sin otorgar en contrapartida garantías adicionales a los contribuyentes; y por mediatizar el control jurisdiccional, ya sea por la vía de la creación de nuevas y graves sanciones administrativas (como por ejemplo la clausura de 6 a 30 días por omisiones a deberes formales y en base a una mera estimación provisoria de la DGI, la posibilidad de suspender el certificado de estar al día con la DGI (lo que impide al contribuyente seguir trabajando) a los 90 días de decretadas medidas cautelares basadas en una estimación también primaria de una mera “apariencia” de existencia de una deuda por tributos, o la posibilidad de publicar los nombres de aquellos que la DGI considera que son defraudadores sin haber tenido la posibilidad de defenderse), o por la vía de establecer normas procesales que habilitan la actuación administrativa a partir del mero silencio del magistrado actuante. Añadió que en algunas ocasiones las nuevas normas han legalizado criterios y prácticas administrativas que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo había calificado antes de ilegítimas. Finalmente señaló que implican una regulación paralela y descontextualizada del Código Tributario, con el consiguiente menoscabo a la debida sistematización.</p>
<p>Posteriormente se refirió a dos de las modificaciones introducidas por la última ley de Rendición de Cuentas. En primer lugar al art. 306, norma que tiene por objeto regular la información que deben proporcionar los terceros sobre contribuyentes con ellos relacionados (proveedores, clientes, empleadores, etc.), e impone la obligación de esos terceros de requerir información adicional a los contribuyentes para entregarla a la DGI. El expositor valoró negativamente esta última obligación y la elevación en hasta mil veces de la multa máxima prevista en el Código Tributario para el caso en que dichos terceros no proporcionen la información requerida (aproximadamente U$S 180.000), así como la vulneración que puede suponer del secreto profesional.</p>
<p>En segundo lugar comentó el art. 313, que faculta a la DGI a suspender la vigencia de los certificados de estar al día en caso que el contribuyente no registre sus estados contables ante la Auditoría Interna de la Nación, destacando que se trata de una sanción por una conducta que nada tiene que ver con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, pudiéndose dar el caso de un contribuyente que está perfectamente al día con el pago de sus obligaciones, pero al que se le impide acceder al certificado por una cuestión meramente administrativa.</p>
<p>Luego expuso el también integrante del Consejo Directivo del IUET Dr. Alberto Varela, quien se refirió a la facultad dada a la DGI en materia de fuerza pública (art. 307) y a los cambios introducidos a la infracción de Contravenciòn (art.308).</p>
<p>Calificó como grave el hecho de que se haya otorgado esta especie de “cheque en blanco” a la DGI (no así al BPS) para recurrir al auxilio de la fuerza pública para el desarrollo de sus cometidos y recordó que en un Estado de Derecho el uso de la fuerza pública con fines fiscales lo dispone un Juez y no el Poder Ejecutivo. Consideró que se trata de un peligroso apartamiento del principio de separación de poderes del Estado, ya que se otorga a un organismo del Poder Ejecutivo la potestad genérica de recurrir a la fuerza pública, prescindiendo del contralor previo del Poder Judicial. Y estimó que la fuerza -o lo que es lo mismo- la amenaza de la fuerza, es un elemento altamente intimidatorio que se va a terminar imponiendo a los argumentos de los contribuyentes en el momento de la inspección.</p>
<p>En cuanto al argumento manejado por el Director General de Rentas en el sentido de que la DGI no va a usar la fuerza pública “a menos que lo considere necesario”, comentó que justamente ahí radicaba el problema porque quien va a determinar si procede o no la fuerza pública va a ser la DGI y no un Juez como sucede hoy en día, y como sucedió siempre. También dijo que no se entendía por qué se daba a la DGI este cheque en blanco en un momento de altísimo cumplimiento fiscal. Sin esta facultad de acudir a la fuerza, la evasión del IVA bajó un 64% en los últimos 8 años y es “por segundo año consecutivo la más baja de América Latina y la más baja de nuestra historia” según lo manifiesta reiteradamente la DGI.</p>
<p>En cuanto a los cambios introducidos a la infracción de Contravención, Varela comenzó recordando que esta es una infracción prevista en el Código Tributario que castiga los errores formales menores en la documentación con multas menores que van de los 7 a los 150 dólares. Y explicó que el problema nació hace 20 años cuando la DGI interpretó por primera vez que podía aplicar una multa por “cada papel” que contiene el error en vez de aplicar una multa por cada error como realmente correspondería. Ejemplificó que con esta posición de la DGI, un error en el número de puerta del domicilio que debería sancionarse con 7 dólares de multa, se transforma en 7 mil dólares si se usaron mil facturas, o en 7 millones de dólares si hay un millón de tickets, pudiendo resultar en sanciones más graves aún que para la Defraudación que requiere engaño u ocultamiento y dolo del infractor.</p>
<p>El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), contrariando la opinión de la buena doctrina, avaló durante años la posición de la DGI, hasta que en el 2010 corrigió su posición estableciendo que la DGI solo podía poner una multa por cada error y no una multa por papel (Sentencia N° 864/2010).</p>
<p>Pero en la Rendición de Cuentas se impone por ley la desacertada posición de la DGI desautorizando la correcta postura del TCA. Y si bien en el inciso final del artículo 308 se le pone a la sanción un techo de mil veces la multa máxima por Contravención prevista en el Código Tributario (aproximadamente U$S 180.000), este techo que no es muy significativo para grandes empresas, resulta muy gravoso para empresas medianas o pequeñas, que son las más extendidas en Uruguay, lo que determina que la sola posibilidad de su aplicación sea una coacción muy fuerte para que se acepte pagar los impuestos que la DGI pretenda aunque no se esté de acuerdo con dicha pretensión.</p>
<p>Cerrando las exposiciones el Dr. Shaw, a título de conclusiones, hizo referencia a que últimamente se ha extendido el concepto de que estas normas se justifican por razones de interés general o interés público, que se identifican erróneamente con el interés recaudatorio sin importar el desconocimiento de los derechos individuales, tanto a nivel de la Justicia como en el discurso de las autoridades fiscales. Al respecto, y para despersonalizar el tema, leyó algunos pasajes de sendas conferencias de dos prestigiosos doctrinos de Derecho Público de Argentina (Guillermo Muñoz) y España (Jaime Rodríguez-Arana), quienes han señalado que el interés general o el interés público también se han usado para mentir (como en Argentina para justificar, entre otros ejemplos, el famoso “corralito” y el “corralón”, así como para incumplir reiteradamente sentencias a través de normas que invocaron el interés público, o para legitimar el no cumplimiento de medidas cautelares de suspensión de una decisión administrativa), concluyendo ambos en que cuando el interés general o el interés público se invoca sin una exigente argumentación o motivación la palabra pierde todo significado. Y dicen con acierto que hoy no son de recibo las justificaciones del quehacer administrativo en fórmulas abiertas de interés general, que hicieron fortuna en los regímenes autoritarios, ya que en el Estado de Derecho una Administración que apela al mismo como si fuera un concepto en blanco es una Administración que elude el control y que actúa consciente de su omnipotencia.</p>
<p>Al final hubo intervenciones muy críticas de este proceso de sanción de normas modificatorias de las equilibradas soluciones del Código Tributario, y en particular de las contenidas en la ley de Rendición de Cuentas, por parte de asistentes al evento.</p>
<p>Cerró el acto el Presidente de la CNCS Cr. Raúl Palacios, señalando la gran preocupación que generaba a la Cámara la situación planteada por los expositores en desmedro de los derechos individuales de los empresarios y de los ciudadanos en general.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>CNCS: ¿Cómo ayudar a combatir la inseguridad? Importancia del trabajo coordinado público–privado</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/11/cncs-como-ayudar-a-combatir-la-inseguridad-importancia-del-trabajo-coordinado-publico-privado.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Nov 2012 17:13:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asociaciones y Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Principal]]></category>
		<category><![CDATA[Antonio Astraldi]]></category>
		<category><![CDATA[cámara de comercio cncs]]></category>
		<category><![CDATA[Diego FERNÁNDEZ VALLARINO]]></category>
		<category><![CDATA[inseguridad]]></category>
		<category><![CDATA[Julio César Lestido]]></category>
		<category><![CDATA[Nelson Gagliardi]]></category>
		<category><![CDATA[Raúl Palacios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el marco de las actividades de la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay, tenemos el agrado de invitarlo al cuarto desayuno de trabajo: ¿Cómo ayudar a combatir la inseguridad? Importancia del trabajo coordinado público – privado, a realizarse el miércoles 28 de noviembre a las 8:30hs [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En el marco de las actividades de la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay, tenemos el agrado de invitarlo al cuarto desayuno de trabajo: ¿Cómo ayudar a combatir la inseguridad? Importancia del trabajo coordinado público – privado, a realizarse el miércoles 28 de noviembre a las 8:30hs en el Salón de Actos de la Bolsa de Comercio (Rincón 454 esq. Misiones).</p>
<p>En esta oportunidad se analizará el tema la inseguridad de los ciudadanos en general y de los empresarios en particular, entendiendo como principio fundamental el desarrollo de políticas coordinadas entre el sector privado y entre éste y las autoridades, ya que este tipo de cooperación es esencial para mejorar la seguridad de todos.</p>
<p>Para ello se contará con la presencia de autoridades del Ministerio del Interior y de representantes de organizaciones gremiales empresariales que han trabajado de forma activa y exitosa en estos temas.</p>
<p>Programa:</p>
<p>8:30hs &#8211; Desayuno de bienvenida – Registro de Participantes</p>
<p>9:00hs – Palabras de bienvenida del Presidente de la CNCS: Cr. Raúl Palacios.</p>
<p>9:15hs – Presentación de los resultados en materia de seguridad durante el último año cargo del Jefe de Policía de Montevideo Insp. May. (R) Lic. Diego Fernández Vallarino y su equipo de trabajo.</p>
<p>9:45hs – Mesa Redonda: “Experiencias exitosas de cooperación y trabajo coordinado público-privado”.</p>
<p>&#8211; Sr. Antonio Astraldi (Centro Comercial e Industrial de Colón).</p>
<p>&#8211; Sr. Nelson Gagliardi (Grupo Centro).</p>
<p>-Moderador: Sr. Julio César Lestido (Vicepresidente de la CNCS, Presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana).</p>
<p>10:15hs – Espacio de Preguntas.</p>
<p>10:30hs –Conclusiones a cargo Sr. Julio César Lestido (Vicepresidente de la CNCS, Presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana).</p>
<p>Por favor confirmar su presencia escribiendo a afernandez@cncs.com.uy</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>Conferencia “El avance del Estado sobre los derechos de los contribuyentes”</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/11/conferencia-el-avance-del-estado-sobre-los-derechos-de-los-contribuyentes.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Nov 2012 16:18:53 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[cámara de comercio cncs]]></category>
		<category><![CDATA[estado y derecho de contribuyentes]]></category>
		<category><![CDATA[José Luis Shaw]]></category>
		<category><![CDATA[Raúl Palacios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay (CNCS) y el Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios (IUET) los invita a la conferencia denominada “El avance del Estado sobre los derechos de los contribuyentes”. La cita es para el martes 20 de noviembre de 2012, de 8:30 a 10:30 horas en el Salón de Actos [&#8230;]</p>
<p>The post <a href="https://www.sociedaduruguaya.org/2012/11/conferencia-el-avance-del-estado-sobre-los-derechos-de-los-contribuyentes.html">Conferencia “El avance del Estado sobre los derechos de los contribuyentes”</a> appeared first on <a href="https://www.sociedaduruguaya.org">Sociedad Uruguaya</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay (CNCS) y el Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios (IUET) los invita a la conferencia denominada</p>
<p>“El avance del Estado sobre los derechos de los contribuyentes”.</p>
<p>La cita es para el martes 20 de noviembre de 2012, de 8:30 a 10:30 horas en el Salón de Actos de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios (Rincón 454).</p>
<p>PROGRAMA:</p>
<p>8:30 hs. –Apertura a cargo del Presidente de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios Cr. Raúl Palacios</p>
<p>8:45 hs. &#8211; Introducción al tema por el Coordinador del evento, Presidente del IUET</p>
<p>Dr. José Luis Shaw:</p>
<p>“La creación de tributos por el Poder Legislativo (en forma coactiva) y la actividad de la Administración Tributaria para su control, fiscalización y recaudación (sujeta a la ley y a la Constitución en igualdad con los contribuyentes)”</p>
<p>9:00 hs. &#8211; Disertación del directivo del IUET Dr. Mario Ferrari:</p>
<p>“El régimen de equilibrio entre los intereses del Fisco y los derechos de los contribuyentes consagrado en el Código Tributario”</p>
<p>“Diversas normas que han ido desvirtuando el régimen del Código Tributario otorgando al Fisco facultades exorbitantes en desmedro de los derechos de los contribuyentes”</p>
<p>“Las últimas normas de ese proceso contenidas en el proyecto de ley de Rendición de Cuentas”</p>
<p>“Art. 306 – Facultad para solicitar información general de los contribuyentes a terceros, y multa por incumplimiento (Contravención) incrementada en 1.000 veces”</p>
<p>“Art. 313 – Suspensión del certificado de estar al día con la DGI por no presentación de estados contables a la Auditoría General de la Nación”</p>
<p>9:30 hs. &#8211; Disertación del directivo del IUET Dr. Alberto Varela:</p>
<p>“Art. 308 – Aplicación de multas por omisión de deberes formales en documentación por cada documento emitido, hasta por 1.000 veces la multa máxima por Contravención del Código Tributario”</p>
<p>“Art. 315 – Aplicación de multas por omisión de deberes formales en el marco del régimen de Precios de Transferencia hasta por 1.000 veces la multa por Contravención del Código Tributario”</p>
<p>“Art. 307 – Autorización a la DGI para recurrir al auxilio de la fuerza pública para el desarrollo de sus actividades, sin recurrir a autorización de la Justicia”</p>
<p>10:00 hs. – Conclusiones a cargo del coordinador Dr. José Luis Shaw</p>
<p>10:10 hs. &#8211; Preguntas e intervenciones de los asistentes al evento</p>
<p>10:20 hs. &#8211; Cierre a cargo del Presidente de la CNCS Cr. Raúl Palacios</p>
<p>&nbsp;</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Nuevas autoridades en la Cámara Nacional de Comercio y Servicios</title>
		<link>https://www.sociedaduruguaya.org/2012/10/nuevas-autoridades-en-la-camara-nacional-de-comercio-y-servicios.html</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Sociedad Uruguaya]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Oct 2012 10:41:29 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[cámara nacional comercio y servicios cncs]]></category>
		<category><![CDATA[Gustavo Licandro]]></category>
		<category><![CDATA[Julio C. Lestido]]></category>
		<category><![CDATA[Raúl Palacios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El martes 23 de octubre se realizó la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Bolsa de Comercio S.A. y los actos electorales que prevé el estatuto, donde fueron electos los candidatos de las listas “Unidad” y “Comercio Unido”, registradas oportunamente. Conforme con la distribución de cargos realizada con posterioridad, la Cámara Nacional de Comercio [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El martes 23 de octubre se realizó la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Bolsa de Comercio S.A. y los actos electorales que prevé el estatuto, donde fueron electos los candidatos de las listas “Unidad” y “Comercio Unido”, registradas oportunamente.</p>
<p>Conforme con la distribución de cargos realizada con posterioridad, la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay quedó integrada, para el período 2012-2013, de la siguiente forma:</p>
<p>Presidente: Cr. Raúl Palacios</p>
<p>1er. vicepresidente: Sr. Julio C. Lestido</p>
<p>2do. vicepresidente: Ec. Gustavo Licandro</p>
<p>Sr. Nisso Acher</p>
<p>Sr. Juan Salgado</p>
<p>Síndico titular: Sr. Victor Angenscheidt</p>
<p>Síndico suplente: Cr. Roberto Acle</p>
<p>Vocales: Sr. Diego Arrosa</p>
<p>Dr. Eduardo Ameglio</p>
<p>Sr. Martín Angenscheidt</p>
<p>Sr. Julio Arocena</p>
<p>Dr. Carlos Azambuja</p>
<p>Sr. J. Fernando Badano</p>
<p>Cr. Juan Berchesi</p>
<p>Sr. Ambrosio Bertolotti</p>
<p>Cr. Ernesto Carrau</p>
<p>Sr. Horacio Castells</p>
<p>Ing. José Pedro Derrégibus</p>
<p>Cra. Elvira Domínguez</p>
<p>Ec. Isidoro Hodara</p>
<p>Dr. Ignacio de Posadas</p>
<p>Cra. Ana Petruccelli</p>
<p>Sr. Juan Salgado</p>
<p>Sr. John Christian Schandy</p>
<p>Sr. Bernardo Vivo</p>
<p>Sr. José Zubillaga</p>
<p>&nbsp;</p>
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