Ingresó al parlamento este 27 de marzo el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo por el cual no se aplica la incompatibilidad de la acumulación de los empleos públicos para los médicos, una aspiración del gremio de los galenos durante varias décadas.

Por el artículo 1º se establece que «los médicos que a la fecha de la promulgación de la presente ley, presten servicios profesionales en la Administración Central, Poderes del Estado, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Gobiernos Departamentales u otros servicios de naturaleza estatal, cualquiera sea la naturaleza de su relación funcional actual y que se incorporen a los mismos en virtud de disposiciones legales o por resoluciones de los órganos de dirección respectivos, no les será aplicable la incompatibilidad dispuesta por el artículo 32 de la Ley Nº 11.923, de 27 de marzo de 1953, con la redacción dada por el artículo 12 de la Ley Nº12.079, de 11 de diciembre de 1953».

Asimismo, el artículo 2º señala que «la excepción a que refiere el artículo anterior, cesará al vacar el cargo».

Por otra parte, el artículo 3º indica que «el Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el plazo de noventa días de su vigencia, con el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil».

La iniciativa ingresó a la Cámara alta (Senado).