Por Resolución Nº 0216/2009 del Ejecutivo Comunal; visto la Resolución Nº 1364/2008 de fecha 27 de noviembre de 2008, considerando I) que es conveniente el cambio de horario de trabajo para adecuarlo a la época del año, II) que el Municipio tiene autonomía administrativa, pudiendo disponer el horario de trabajo que crea más adecuado; el Intendente de Tacuarembó resuelve: 1º) Fíjase a partir del 9 de marzo de 2009 inclusive, el siguiente horario para los funcionarios municipales: A) para los funcionarios administrativos de 12:30 a 18:30; B) para los funcionarios de servicio de modo general se establece un horario matutino y un horario vespertino a fijarse conforme a las épocas del año y C) la atención al público se cumplirá inmediatamente de iniciada la labor y finalizará treinta minutos antes de la hora fijada precedentemente para el cierre.