Antes del 2007 todas las radios comunitarias eran consideradas “piratas” por el estado. A casi tres años de la aprobación de la primera ley reguladora de esta actividad los conflictos y dificultades persisten.

El Servicio de Radiodifusión Comunitaria, creado por la ley 18.232 define las condiciones que deben cumplir estas emisoras para operar. El Consejo Honorario Asesor de Radiodifusión Comunitaria, que está conformado por personas de distintas instituciones públicas y privadas vinculadas a la esta actividad, son quienes estudian las solicitudes trabajando en conjunto con la URSEC (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones) para definir que radios están autorizadas a emitir.

Antes de la creación de la ley había en Uruguay aproximadamente 250 emisoras, un censo posterior a la promulgación de la norma revela que esta cifra se ha elevado a 400.

Desde hace muchos años se ha dado una suerte de autorregulación del espacio radioeléctrico, y la actividad de estas radios no era especialmente conflictiva para la sociedad y los medios comerciales (salvo casos aislados). En años recientes, se ha vuelto un tema más problemático dado el mencionado aumento de la cantidad de emisoras.

Los problemas más frecuentes son la interferencia con las ondas de emisoras comerciales y (a la luz de la nueva ley) el uso indebido de estas frecuencias. Es que la ley 18.232 expresa que está prohibido que las radios comunitarias tengan fin de lucro o proselitismo político y religioso; y controlarlas no es tarea fácil.

El Diputado Edgardo Rodríguez, activamente involucrado en el tema desde los inicios de su gestión, nos comentó al respecto: “La autorización y el control son difíciles dada la enorme cantidad de radios que hay. Las radios tienen que tener un perfil vinculado a la comunidad. El principal problema de las radios que han sido rechazadas es que pueden ser identificadas claramente como emprendimientos personales privados. El problema es que son llamadas a cesar su actividad y algunas desobedecen.”

Se han hecho llamados públicos para los interesados en llevar a cabo esta actividad. Se comprueba que los postulantes tengan apoyo de la comunidad donde operan (vecinos, organizaciones sociales o educativas, etc) y que cumplan con todas las demás disposiciones incluidas en la ley. Se permite la venta de publicidad para cubrir los gastos de las emisoras, pero los responsables de las mismas están obligados a rendir cuentas ante los organismos reguladores para demostrar que no están utilizando esta práctica con fines de lucro.

La dificultad para fiscalizar la actividad de las emisoras ha sido notoria en el interior, donde se han denunciado muchas irregularidades, como radios en manos de iglesias o partidos políticos entre otros casos.

Las radios comerciales se han mostrado preocupadas ante el crecimiento del sector de las radios comunitarias, algunas de ellas iniciando campañas en contra de las nuevas emisoras que surgen todo el tiempo. Por un lado su preocupación es justificada, en aquellos casos en los que hay interferencias dada la superpoblación de radios en espacios geográficos reducidos. Pero también hay mucho temor injustificado cuando perciben a las radios comunitarias como una amenaza, como una forma de competencia, lo que no debería ser así. No entienden que estas emisoras cumplen un rol distinto y se manejan con una lógica totalmente diferente a las radios comerciales (o deberían en caso de ser emprendimientos auténticamente comunitarios, con todo lo que ello implica).

A pesar de las dificultades, Rodríguez es optimista: “Es un tema complejo que ha dado mucho que hablar, esperamos poder realizar avances en el futuro. Yo defiendo esta ley a pesar de sus carencias y la dificultad de su aplicación. Como todo tema que se regula por primera vez estamos teniendo dificultades pero confío en que con el tiempo las iremos superando”.

Fuente: Portal de Prensa, 07 de setiembre de 2010 – Juan Correa – Escuela Superior de Comunicación Social y http://politicas.infoycom.org.uy