El diputado Andrés Lima (Frente Amplio) informa sobre el proyecto a consideración del Parlamento por el cual “se establece el Régimen descanso para el personal de portería en edificios”.

“El Decreto-Ley 14.320, de fecha 17 de diciembre de 1974, establece de forma genérica que el personal de los establecimientos comerciales de cualquier naturaleza, poseen un régimen de cuarenta y cuatro horas semanales de labor con treinta y seis horas de descanso.

En la legislatura pasada, se intentó extender este régimen de trabajo al personal de portería en los edificios de propiedad horizontal. El proyecto de ley no pudo ser votado.

En horas de la tarde de la jornada del miércoles 6 de junio, la Cámara de Diputados estará votando esta iniciativa promovida por el Gobierno Nacional, que contará con nuestro voto.

El texto de la Ley a sancionar establece: “El personal dependiente de los edificios de propiedad horizontal que efectúe tareas de portero, se regirá por el régimen de 48 horas semanales de labor con 36 horas consecutivas de descanso establecido en el decreto Ley 14.320”.

Cabe resaltar además, que el texto de la ley resuelve de forma definitiva un tema de discusión entre la patronal y el trabajador: las 36 horas de descanso deben ser continuas, sin interrupción, no pudiendo ser fraccionadas”.

Dr. Andrés LIMA

Representante Nacional.