La Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (Dinatel) del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec) recuerdan que, a través de un decreto, el Poder Ejecutivo prohibió este año la fabricación, importación, venta, arriendo y puesta en circulación de equipos receptores satelitales que captan señales de televisión para abonados sin autorización.

En nuestro país la utilización de estos equipos es ilegal y está sancionada por la ley 17.520 de 2002.

Los mismos se comercializan en plaza anunciados de la forma: sistema decodificador satelital, único pago, más de 200 canales, incluyendo las señales más famosas. En algunos casos se ofrecen en un régimen de pago mensual, similar al que se abona por un servicio de televisión para abonados debidamente autorizado.

Las marcas más difundidas de estos dispositivos son AZBOX, AZAMÉRICA y LEXUSBOX.

Para evitar ser sorprendido en su buena fe, si usted recibe señales de televisión mediante un receptor satelital (por antena parabólica) compruebe que:

Paga una factura mensual por el servicio.

La factura es emitida por un operador autorizado a brindar, en el territorio nacional, un servicio de TV para abonados vía satélite.

La lista de operadores autorizados podrá ser consultada en www.ursec.gub.uy .

Ante cualquier duda o información complementaria comuníquese al 29028082 –

08001872.

Fuente Imagen: anunico.cl