Ante las versiones publicadas en la prensa del día domingo 11 de noviembre, bajo el título “Mides pagará U$S 900.000 a sus propios técnicos a través de ONG”, el Ministerio de Desarrollo Social desea hacer las siguientes precisiones:

1.- Que tiene a la vista la Resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas en sesión de fecha 7 de noviembre de 2012, referente al convenio a suscribir con la Asociación Civil “Centro de Participación Popular” (CPP), y las observaciones realizadas.

2.- Que dicho convenio se celebra para proveer transitoriamente un servicio técnico multidisciplinario, que refuerce el equipo de trabajo en la implementación de programas ejecutados por el ministerio.

3.- Que se procedió a la compra directa por excepción, N°119/2012, en la que se han cumplido a cabalidad todas las previsiones contenidas en el TOCAF. En este contexto se entiende que las observaciones formuladas no corresponden debido a que:

a) en cuanto a la inclusión de una cláusula en la que se establece que el pago de la primera partida será simultáneo con la firma del convenio, siendo un gasto de funcionamiento, resulta aplicable la parte final del numeral 2° del Artículo 20 del TOCAF, referido a los gastos corrientes, que dispone: “sin perjuicio de la asignación anticipada de recursos, que se otorguen a proveedores con destino a una inversión o a un gasto, cuando ello estuviere estipulado en las condiciones que establezca la Administración”. En el caso al que refiere esta aclaración, esas condiciones fueron establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el procedimiento competitivo, según luce en el expediente correspondiente.

b) en cuanto a la observación sustentada en la vulneración del Artículo 46 del TOCAF Numeral 1°, sólo puede explicarse por un error de interpretación, pues ninguna de las personas contratadas es funcionario/a del MIDES, sino que trabajan como personal dependiente de las instituciones privadas contratadas. El vínculo se establece a través del convenio resultante del proceso de compra.

4.- La contratación de personal, fundamentalmente técnicos, a través de organizaciones de la sociedad civil, por parte del MIDES, es un hecho que ha sido expresamente reconocido por esta Secretaría de Estado, en el marco de la transparencia que caracteriza su accionar. En la Memoria Anual 2011, presentada ante la Asamblea General, que resume la composición en recursos humanos a diciembre de 2011, dentro de los “tipos de vínculos funcionales”, sólo 307 personas son funcionarias presupuestadas, habiendo 529 personas bajo el rubro “Personal no dependiente del MIDES”.

5.- La modalidad de “tercerización” ha sido impuesta por la necesidad de afrontar el déficit en materia de recursos humanos, en virtud de contar con una plantilla mínima para la implementación de las numerosas políticas sociales impulsadas con el objeto de reducir la pobreza y eliminar la indigencia, así como lograr una mejor distribución de la riqueza. En modo alguno dicha modalidad es una práctica destinada a transgredir las normas constitucionales, legales o reglamentarias.

6.-El MIDES, como es de público conocimiento, se encuentra abocado a su reestructura organizativa, de la que participan activamente representantes de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional de Servicio Civil, direcciones del ministerio y organizaciones de trabajadores. En el marco de esta reestructura se prevé el cambio de la modalidad de contratación de personas mediante concurso, habiéndose solicitado y aprobado los créditos presupuestales correspondientes (Rubro 0).