Ante información de prensa que circuló en el día de hoy (7/01/2014) relacionada al caso de la retención, por parte de la Aduana, de lentes especiales para una niña albina, la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) quiere comunicar a la opinión pública que:

– El 14 de junio de 2013 el interesado se presentó en la Administración de Aduana de Carrasco para solicitar el retiro sin costo de los lentes cuyo valor es de US$ 2.000.

– El 17 de junio desde la Administración de Carrasco se inició un expediente electrónico, solicitando al área de Asuntos Jurídicos de la DNA el análisis de posible normativa que amparase el retiro sin costo de los lentes.

-El 21 de junio Asuntos Jurídicos contestó que “Más allá de las razones de humanidad entendibles en relación al caso de marras, se dirá que no existe norma que ampare la presente solicitud. No obstante, atento a la mercadería de que se trata, el interesado podría recabar la opinión y/o autorización del Ministerio de Salud Pública, quien tendría intervención preceptiva, y gestionar la presente solicitud ante el Ministerio de Economía y Finanzas en virtud de ser la jerarquía competente que podría conceder una eventual exoneración.”

-Visto el dictamen, el 24 de junio y según la constancia del expediente, desde la Administración de Carrasco se informa que se comunicó telefónicamente al interesado, quien acordó que pasaría a notificarse, lo cual nunca hizo.

Asimismo, hacemos propicia la oportunidad para comunicar que la normativa vigente determina que si el valor de un envío es superior a los U$S 100 (a excepción de los amparados en el decreto 184/2012), corresponde la aplicación del Régimen General de Importación, y requiere intervención de Despachante de Aduana.