DGILa Dirección General Impositiva (DGI) realizó un llamado laboral para Asistente, con la modalidad de contrato por cuatro u ocho meses con una Remuneración nominal mensual $ 14.591 con un premio de entre $ 6000 o $ 10.000 al término del contrato por presentismo.

Llamado Nº 0069/2016

Asistente campaña IRPF-IASS – MEF – Dirección General Impositiva – Articulo 4º Ley 19122

Información General

Tipo de Vínculo: Contrato Laboral

Nombre del puesto: Asistente campaña IRPF-IASS

Período de postulación: 03/03/2016 – 17/03/2016

Tipo de Tarea: Administrativas.

Estado: Abierto.

Retribución:         Remuneración nominal mensual $ 14.591 (pesos uruguayos catorce mil quinientos noventa y uno) valores julio 2015. Se pagará un premio por presentismo para el personal que cumpla todo el período de contrato. En el caso de las personas contratadas por 4 meses, recibirán un premio de $ 6.000 (pesos uruguayos seis mil) al finalizar el contrato, siempre y cuando no incurran en más de 3 inasistencias en dicho período. En el caso de las personas contratadas por 8 meses, recibirán un premio de $ 10.000 (pesos uruguayos diez mil) al finalizar el contrato, siempre y cuando no incurran en más de 5 inasistencias en dicho periodo

Carga horaria: 30 horas semanales.

Lugar de desempeño: Oficinas de Montevideo y localidades que se postula.

Tiempo de contratación:

El contrato será por hasta 8 meses y hasta por 4 meses, de acuerdo a los requerimientos de las localidades y de acuerdo al puntaje del/la postulante, incluida la licencia ordinal correspondiente. La Administración podrá poner fin a la relación contractual en forma unilateral: a) durante los tres primeros meses de contrato, o b) en caso que el trabajador incurra en cinco o más faltas injustificadas, o c) en caso que el contratado incurra en notoria mala conducta.

Organismo y Cantidad de Puestos: 204 en todo el país

Ministerio de Economía y Finanzas – Dirección General Impositiva

Otras condiciones de trabajo

Requisitos excluyentes: Estudiante de las carreras de Contador Público, Economista, Lic. en Administración, Abogacía, Notariado, o Técnico Universitario en Administración de la UDELAR o carreras equivalentes de instituciones universitarias reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura, con todas las materias de primer año y/o 80 créditos aprobados y que tengan al menos aprobada una materia en el año en curso o en el año inmediato anterior, ó Egresado/a de los cursos de orientación Administración del Bachillerato Tecnológico o Educación Media Tecnológica del Consejo de Educación Técnico Profesional (UTU), o similar reconocido por el organismo competente, ó Egresados del curso de la orientación Administración de Educación Media Profesional con bachillerato completo.

Incompatibilidades

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

4) Poseer otra actividad laboral, salvo las excepciones dispuestas en los artículos 9 y 10 del Decreto Nro. 166/05.

Medios de Postulación

www.uruguayconcursa.gub.uy

Etapas del proceso

1- Instalación del Tribunal

2- Preselección

3- Prueba de Oposición

4- Méritos y Antecedentes

5- Fallo final.

Más Información en https://www.uruguayconcursa.gub.uy/Portal/servlet/com.si.recsel.verllamado?7179