Una delegación de Cooperativas Agrarias Federadas, integrada por Pablo Perdomo, presidente; Luis Frachia, gerente, y Stefanía Silveyra, tesorera, concurrieron al Parlamento para dar su opinión sobre la Ley de Urgente Consideración (LUC).

Compartimos la ponencia efectuada el pasado viernes 22 de mayo.

PERDOMO. Mi nombre es Pablo Perdomo e integro la cooperativa agraria El Fogón, de Sarandí del Yí. Me acompañan Stefanía Silveyra, productora tambera de la colonia Tomás Berreta, del departamento de Río Negro, y el gerente, Luis Frachia.

Vamos a marcar seis puntos referidos al proyecto de ley.

Como presentación, CAF es la única federación de alcance nacional de cooperativas en el sector agrario. Representa una red integrada por 20 cooperativas agrarias del Uruguay con más de 10.000 productores asociados y sus familias, y 4000 trabajadores. Ejercemos gobernanza a través de la representación de la institucionalidad agropecuaria y cooperativa que está conformada por más de veinte delegaturas en distintos institutos como, por ejemplo, INAC, Inase, INIA, Junagra, Plan Agropecuario, entre otras.

También reivindicamos a las cooperativas agrarias como una herramienta idónea para el desarrollo integral de todos los productores rurales pero, especialmente, a los de menor escala, lo que nos lleva a defender con convicción nuestra entidad y marca cooperativa. Trabajamos para que los productores y sus familias permanezcan en el campo y se inserten en las cadenas globales de valor agropecuario e industriales para que logren comercializar productos diferenciados. Las cooperativas agrarias están distribuidas en todo el territorio nacional y la mayoría supera los cincuenta años de trayectoria, aunque algunas socias son de formación más reciente. Por lo tanto, son parte de la comunidad, contribuyendo significativamente con el desarrollo local. También participan en las cadenas de valor agroindustrial y agroalimentarias agregando valor en los distintos eslabones para la producción lechera, ganadera, agricultura y granja, entre otros rubros. Esto implica que producen frutas, hortalizas, flores, miel, leche, queso carne, trigo, soja, cebada, vinos y lanas, entre otros productos.

En 2019 –como en los últimos veinte años– CAF ha presentado por escrito un documento denominado «Propuestas al próximo gobierno» con más de cincuenta planteos que abarcan diferentes áreas temáticas, muchas de las cuales están mencionadas en la LUC. Este documento fue presentado y entregado en mano a los candidatos presidenciables y sus equipos técnicos,  a la vicepresidenta, ministros y otras autoridades electas. Vamos a compartir esta propuesta. Además, debemos decir que en este documento trabajaron muchos técnicos de las cooperativas de nuestra gremial, así como la academia y asesores externos.

Queremos hacer consideraciones generales sobre la LUC, previo a las consideraciones de CAF. Existen propuestas que, a nuestro entender, no tienen carácter de urgente pero sí son importantes. Estamos a las órdenes para discutirlas en los plazos que correspondan.

Ante la pregunta de qué posición tiene CAF con relación a la LUC, dada la cantidad de artículos y temáticas que aborda, no es posible situarse a favor o en contra; hay artículos con los que coincidimos y otros con los que no. Además, hay artículos que son motivos de análisis para CAF.

Con respecto a las consideraciones particulares, en Compras públicas, sección II, capítulo III, el artículo 307 menciona los procedimientos y topes aplicables para las compras del Estado y propone sustituir el artículo 482 de la Ley n.° 15903 referente a la forma de realizar la contratación. El inciso D) establece: «Directamente o por el procedimiento que el ordenador determine…» En tanto en el numeral 15 se incluye como requisito que cuando el proveedor sea una cooperativa de productores se realiza mediante convenio; y quiero subrayar la palabra convenio. Desde nuestra gremial quisiéramos consultar a los señores senadores por qué se establece el requisito formal del convenio únicamente a las cooperativas de productores y no a otras formas jurídicas. Con relación al convenio queremos aclarar que se puede usar a favor o en contra para nuestros intereses. En la delegación de nuestra confederación, Cudecoop, este tema también fue tomado y lo van a presentar. Nos gustaría que ellos ahondaran en este asunto porque entendemos que realizar el convenio puede ser beneficioso para algunas cooperativas en el interior profundo o para las distintas modalidades, como las sociales, las de trabajo o las agrarias, pero también puede ser a la inversa.

Con respecto a otro tema,  no existe una referencia expresa a la palabra cooperativa en la contratación de bienes o servicios que realice el Ministerio de Desarrollo Social con asociaciones u organizaciones civiles sin fines de lucro en el marco de planes definidos mediante convenios o acuerdos específicos, cuyos objetivos se relacionen en forma directa con la ejecución de las políticas sectoriales de dicha cartera. Vuelvo al hecho de que no existe una referencia expresa a la palabra cooperativa, lo cual determina que se debería interpretar en un sentido amplio la referencia a organizaciones civiles. Esta situación podría generar problemas prácticos importantes, en la medida que se pudiera poner en tela de juicio si el Estado puede contratar a cooperativas por este mecanismo. Es decir, si una cooperativa puede ser considerada una organización sin fines de lucro. Proponemos la incorporación de la palabra cooperativas a título expreso. Ya ha habido antecedentes de que se han tenido que hacer decretos o leyes en el período pasado, incorporándonos porque somos diferentes a lo que se puede considerar, como dice el documento, una organización civil sin fines de lucro.

En el punto B, con respecto al INAC, sección VI, capítulo II, sobre el artículo 356 de la LUC, en coincidencia con lo resuelto por la Junta de INAC, proponemos sustituir el texto del artículo 3.º del Decreto-ley n.º 15605, de 27 de julio de 1984, por la siguiente redacción: «La habilitación, registro y control de inocuidad y transparencia comercial en carnicerías y locales de venta al consumidor en todo el territorio nacional, sin perjuicio en materia de control de inocuidad de carnicerías y locales de venta al consumidor, el INAC y el Congreso de Intendentes tendrán la carga de coordinar las acciones de control». La justificación de ello es la siguiente. De esta forma la habilitación es competencia exclusiva de INAC en todo el territorio nacional. Agrego que esto ya estaba en la ley vieja de INAC. Muchas veces legislamos sobre la ley vigente, lo cual nos llama la atención.

Si el Congreso de Intendentes no responde o es omiso, INAC puede ejercer en pleno sus competencias de control. Por ello figura el término «sin perjuicio».

Referido al artículo 362, proponemos derogar la Ley n.º 19782, de 23 de agosto de 2019, también en consonancia con la posición de la Junta de INAC.

Por último y en relación con el artículo 354, ratificamos nuestra posición favorable a extender el alcance del accionar de INAC al sector primario. Esto ya ha sido manifestado por CAF en la Junta de INAC, por nuestro delegado, y en los ámbitos correspondientes.

Con relación al restante articulado del presente capítulo estamos de acuerdo. Debemos decir que estamos representados en el instituto y esto fue votado por unanimidad en la Junta, por lo cual coincidimos con la posición que marca INAC.

En cuanto a la creación del Instituto Nacional de la Granja, sector III, capítulo V,  con relación a los artículos 370 al 379 de la LUC,  entendemos que es importante y estamos de acuerdo, pero no reviste la urgencia necesaria para ser propuesta y considerada en este momento, es decir, con los tiempos definidos por un proyecto de ley con declaratoria de urgente consideración. No obstante, desde CAF estamos a las órdenes para aportar nuestra visión y experiencia en la construcción de este nuevo instituto.

Por último, y en lo que se refiere a la integración de su consejo ejecutivo, es importante que sean las gremiales organizadas y representativas las que ocupen estos espacios de gobernanza. Aquí debemos decir que la semana pasada nuestro gerente acompañó a nuestra socia Jumecal, quien hizo sus aportes sobre este tema. Así como también el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca comentó que las gremiales fueran las representadas para ser nombradas.

Con respecto al Instituto Nacional de Bienestar Animal, sección III, capítulo VI, que figura en los artículos 380 al 396 de la LUC, nuestra posición sobre su creación es la misma que para el caso de Inagra, en cuanto al momento de discutir su creación.

En tanto una de las principales barreras paraarancelarias de los mercados de alimentos es el bienestar animal, entendemos que este tema es de especial importancia para la producción agropecuaria. A su vez, es importante destacar que el agro viene incorporando tecnologías en la producción, en ese sentido, desde hace muchos años. La discusión en torno a la creación de este instituto debe contemplar lo anteriormente expresado y no solo el rol en la tenencia de animales de compañía.

Como comentario general sobre el diseño de los institutos, resaltamos la importancia de que funcionen de manera ágil y eficiente. Con respecto al Instituto de Bienestar Animal no solo sostenemos que debe ser ágil y eficiente, sino que tiene que ser ejecutivo. Si bien nos parece importante que haya órganos consultivos, en el momento de ejecutar no debemos ser asambleas de directores para poder discutir.

A su vez, creemos que el debate anterior se ha dado por los animales de compañía y cuando la Ley de Bienestar Animal se estaba pensando desde el punto de vista citadino, tuvimos el beneplácito de que un presidente de la Cámara de Diputados nos recibiera para poder plantear nuestras consideraciones. Estamos de acuerdo con dicha ley, pero entendemos también que el tema sobre el bienestar animal es de vital importancia para la producción agropecuaria en la comercialización y en los mercados. O sea que, por las tecnologías que acá expresamos, damos por hecho que eso ya lo estamos haciendo y muchas veces dudamos si es necesario más burocracia para atender estos temas.

A continuación nos referiremos a dos artículos vinculados con las relaciones laborales. El primero, el artículo 397 de la sección IV del capítulo I establece: «(Libertad de Trabajo y derecho de la dirección de la empresa). El Estado garantizará el ejercicio pacífico del derecho de huelga, el derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los respectivos establecimientos y el derecho de la dirección de las empresas a ingresar a las instalaciones libremente». El artículo 491 de la sección VIII del capítulo I plantea: «Declárase ilegítimos los piquetes realizados en espacios públicos o privados que afecten la libre circulación de personas, bienes o servicios». Con respecto a estos dos artículos de la LUC y citando a nuestro asesor, doctor Raúl Damonte, se busca reestablecer el equilibrio en el modelo de relaciones laborales de nuestro país que ha sido regulado en la normativa en forma parcial y desequilibrada en los últimos años. Las cooperativas agrarias han sufrido este desequilibrio en múltiples situaciones durante los últimos años; algunos han trascendido en la prensa como el paro de funcionarios en Conaprole, que significó grandes pérdidas a productores lecheros, socios de dicha cooperativa, así como gastos en especialistas extranjeros que no pudieron realizar su trabajo y se le tuvo que seguir financiando con contratos que después no se pudieron cumplir, pero que se tuvieron que pagar. Las cooperativas agrícolas también se han visto en desventaja ante este tipo de situación, por ejemplo, cuando se imposibilitó la entrada de camiones a la planta de residuos de grano; se estaba realizando una cosecha y en las chacras estaban esperando los tractores y las cosechadoras para poder cargar y continuar en un negocio que se hace a cielo abierto.

En resumen, estos artículos constituyen un avance de las garantías en los derechos de las partes involucradas en el ámbito de las relaciones laborales.

Por otra parte, el artículo 481 de la sección IX del capítulo III de la LUC, sobre la ampliación del ámbito de actuación de Mevir, establece: «Los miembros de la Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre (MEVIR) durarán cinco años en sus funciones. Amplíase el marco de actuación de MEVIR al departamento de Montevideo y a los centros poblados del interior del país, en coordinación con el MVOTMA». En CAF consideramos que lo propuesto desnaturalizaría el propósito de Mevir, el cual ha sido reconocido por contar con una metodología específica y con recursos humanos especializados para trabajar con una población rural dispersa que conocemos y convivimos permanentemente. En el pasado se ha intentado aplicar este esquema a otros ámbitos o contextos sociales y en poblados superiores a cinco mil habitantes, pero no ha sido exitoso. Es importante remarcar que existen otras herramientas alternativas en el Estado o en el sector privado para dar soluciones habitaciones a la población urbana; una de ellas son las cooperativas de vivienda, que hoy también están haciendo su comparecencia en el Parlamento.

Vamos a referirnos al artículo 501 del proyecto de ley de urgente consideración. Tener áreas protegidas es estratégico para el Uruguay. Por ejemplo, a través de la marca Uruguay Natural se permite promocionar la imagen natural de la producción agroindustrial y agroalimentaria; agrega valor a la producción; genera acceso a mercados de alto poder adquisitivo y fomenta el desarrollo turístico nacional.

Desde CAF consideramos importante reforzar y defender al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Por lo tanto, nuestra propuesta es mantener tal como está el artículo 6.º de la Ley n.° 17234. Si bien pueden existir oportunidades de mejora para el SNANP, es destacable su función especializada en esta temática, que contribuye a brindar un respaldo institucional a los países que demandan nuestros productos agropecuarios.

En otro orden, si bien consideramos correcto que el Estado pueda accionar sobre las posibles áreas estratégicas a preservar, esto debe ocurrir manteniendo el justo equilibrio entre la propiedad privada y el interés general.

Por último, queremos resaltar el rol de las cooperativas agrarias colaborando con el SNANP activamente y participando en diferentes proyectos en esta línea. Como ejemplo de ello, actualmente estamos liderando un proyecto en conjunto con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura –FAO–, para el uso responsable del campo natural que lleva más de dos años de trabajo.

Senador Peña. Con respecto al artículo 307, relativo a las compras y convenios, me comprometo a estudiarlo; había una explicación, pero en este momento no la retengo.

Presidente (Charles Carrera). Yo pertenezco al Frente Amplio y recuerdo que cuando vino el prosecretario nosotros le hicimos esa observación y la intención es volver a esa causal que ustedes están proponiendo. Creo que la bancada de Gobierno también tenía una propuesta.

Senador Peña. Sí, recién lo estuve consultando.

Presidente (Carrera). Pienso que sobre ello podremos llegar a un acuerdo, porque no existe interés de limitarlo.

Senador Peña. Con respecto al INAC estamos en la línea planteada; procuramos que el articulado que resulte aprobado vaya en línea con lo que la Junta del INAC aprobó, más allá de alguna diferencia que tenemos sobre un artículo que puede llevar a la eliminación de otras normas.

Sobre el tema de la granja, seguro ya conocen mi posición. Creo que estamos por alcanzar un acuerdo en el sentido de que se puede crear el instituto; debemos darnos un plazo para su conformación y para reunir todas las opiniones de los involucrados.

Con respecto a Mevir –obviamente ustedes no conocen el texto definitivo– se termina utilizando pero solo en situaciones de emergencia –por ejemplo, citamos el caso de Dolores– y se deja el resto de las soluciones en materia urbana a lo que ya existe, sin perjuicio del surgimiento de alguna otra herramienta. O sea que compartimos la idea de no afectar el objetivo primigenio de Mevir, en la medida que ha funcionado bien y queremos mantenerlo.

Presidente (Carrera). Este último punto al que se hizo referencia es muy importante, porque a nivel de la comisión existió consenso –de todo el sistema político– en que no podía desvirtuarse el objetivo de Mevir. Es más, el otro día cuando vino la señora ministra trajo una redacción al respecto.