La Conferencia Episcopal del Uruguay (CEU) emitió una Declaración sobre Eutanasia y Suicidio médicamente asistido. Compartimos sus conclusiones.

A fin de que los lectores puedan comprender mejor los mensajes principales que queremos trasmitir en este documento, hacemos un resumen conclusivo.

  1. La dignidad de la persona se fundamenta en el mismo hecho de pertenecer a la especie “humana”. La vida de cada persona es bella, única, irrepetible e insustituible. Además es limitada, la acompaña diversos sufrimientos y también la muerte. Necesitamos un Uruguay que acoja, proteja, promueva y acompañe a cada persona en toda su existencia, incluida la etapa final de su vida terrena, a través de la fundamental ayuda de la familia, la medicina paliativa y la genuina experiencia religiosa.
  2. Valoramos enormemente la forma de accionar de la Medicina Paliativa. Lo propio de ella es cuidar, aliviar y consolar, humanizando el proceso de la muerte de forma profesional, afectuosa y cercana.
  3. No es éticamente aceptable causar la muerte de un enfermo, ni siquiera para evitarle el dolor y el sufrimiento, aunque él lo pida expresamente. Ni el paciente, ni el personal sanitario, ni los familiares tienen la facultad de decidir o provocar la muerte de una persona. En última instancia, esa acción constituye un género de homicidio llevado a cabo en contexto clínico.
  4. Tampoco es éticamente aceptable la obstinación terapéutica que consiste en querer prolongar la vida del paciente a toda costa, sabiendo que no se proporciona un beneficio al paciente. La aplicación de procedimientos diagnósticos y terapéuticos desproporcionados solo sirve para prolongar inútilmente la agonía.
  5. La sedación paliativa es una indicación médica científica y éticamente correcta, que se plantea cuando los pacientes padecen síntomas refractarios que le provocan un sufrimiento intolerable. Exige un control clínico permanente del efecto buscado y requiere para su inicio el consentimiento explícito o implícito del paciente, o en caso de incapacidad, delegado en un familiar directo.

Los cuidados básicos (alimentación, hidratación, aseo, cambios posturales) deben continuarse y ser periódicamente evaluados.

  1. Nuestra sociedad necesita apoyar las leyes que prevengan y desestimulen cualquier género de eutanasia y suicidio asistido. Valoramos las leyes que han permitido el acceso universal a programas de salud mental, a la medicina paliativa y al sistema nacional de cuidados, pero aún es preciso desarrollar programas que faciliten su cumplimiento y la accesibilidad real a toda la población.
  2. Jurídicamente, un proyecto en favor de la eutanasia y el suicidio médicamente asistido, implica cambiar el valor absoluto de la vida humana y su carácter de derecho humano fundamental indisponible e irrenunciable, contra la Constitución y los Derechos Humanos.

  3. Se induce a error y se abre la puerta a una cadena de violaciones de la dignidad de la persona humana cuando se pretende legalizar la eutanasia y la asistencia al suicidio, mediante el uso de términos genéricos tales como “sufrimientos insoportables” y cuando se los quiere justificar con conceptos vagos como “autonomía absoluta”, “vida indigna de ser vivida” y “muerte digna”. Ninguno de estos términos tienen interpretaciones claras y unívocas. La experiencia en otros países demuestra que terminan dando lugar a diversos abusos.
  4. En las enfermedades graves y más aún cuando probablemente se acerca la muerte, las personas se encuentran por lo general especialmente necesitadas y deseosas de múltiples apoyos, así como de asistencia religiosa. Se trata de un hecho coherente con la naturaleza espiritual del ser humano constatado a nivel sociológico. La Iglesia, servidora de la humanidad, quiere ofrecer la luz de la vida eterna que emana de Cristo muerto y resucitado, capaz de llenar de amor, misericordia y esperanza las situaciones más complejas y, en muchas ocasiones, dolorosas de la existencia humana. Solo así podremos llegar con paz y dignidad a expresar en el momento final sentimientos confiados y palabras similares a aquellas de Jesucristo en su agonía: “En tus manos, Padre, encomiendo mi espíritu” (Lc 23,46).

Como obispos del Uruguay hemos querido hacer nuestro aporte en esta importante problemática moral. Invocamos la protección del Altísimo para que ilumine a los representantes del Pueblo a fin de que legislen a la luz de la dignidad de la persona y los Derechos Humanos. Del mismo modo pedimos a Dios que oriente y fortalezca al personal de la salud, a las comunidades cristianas y a las familias, para que cuiden y respeten el valor incondicional de las personas que se acercan al final de la vida.

Algunos documentos tenidos en cuenta para la redacción de esta declaración:

– San Juan Pablo II, Carta Apostólica Salvifici doloris sobre el sentido cristiano del sufrimiento humano, 1984; Encíclica Veritatis splendor, 1993; Encíclica Evangelium vitae, 1995.

– Catecismo de la Iglesia católica, nn. 2276-2283.

– Conferencia Episcopal Española, “Declaración con motivo del proyecto de ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida”, CCXX.

Comisión Permanente de la CEE, 2011 (se cita CEE 2011).

“Sembradores de Esperanza: Acoger, proteger y acompañar en la etapa final de esta vida”, CEE, 2019 (s.

Fuente Imagen: https://www.ilgiornale.it/

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