El hecho más relevante para la gremial es la realización por primera vez del Foro de Ministros de Industria del MERCOSUR, tras la iniciativa de la Ministra argentina, Débora Giorgi. La delegación argentina propuso la creación de un observatorio de política industrial del MERCOSUR, que tenga por objetivo la sustitución de importaciones y la promoción de las exportaciones, así como alcanzar en 2013 la Política Automotriz del MERCOSUR, y articular medidas de defensa comercial, en particular frente a los países del sudeste asiático, ya que las mayores preocupaciones de algunas de las delegaciones participantes estuvo centrada en evitar la invasión de productos de origen asiático.

Por consultas o comentarios dirigirse a: dici@ciu.com.uy

XLI REUNIÓN DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR

Informe semestral – Junio 2011

Año 8 – Nº16

2 de agosto de 2011

Departamento de Integración y Comercio Internacional

Dirección de Investigación y Análisis

El Consejo del Mercado Común (CMC) cumplió la instancia formal de reunir, cada seis meses, a los Presidentes de los países Miembros del MERCOSUR. En esta ocasión la cumbre tuvo lugar el 28 de junio de 2011 en Asunción, Paraguay. En esta oportunidad la reunión no contó con la participación de la Presidenta Argentina, ni con la del Presidente de Venezuela1.

En la XLI Reunión Ordinaria2 del CMC participaron las delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela. En la reunión, Paraguay traspasó a Uruguay la Presidencia Pro Tempore por los próximos seis meses.

1 Venezuela continúa en proceso de adhesión al MERCOSUR como socio pleno.

2 Durante la presidencia paraguaya no se realizaron reuniones extraordinarias del CMC.

Síntesis

 Uruguay asumió la Presidencia Pro Tempore del MERCOSUR por los próximos seis meses.

 Se realizó el Primer Foro de Ministros de Industria del MERCOSUR.

 A través de la creación de comisiones especializadas, se fortaleció la institucionalidad del Grupo de Monitoreo Macroeconómico.

 Se postergó nuevamente el plazo para presentar la revisión del Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR.

 Se creó un Grupo Ad Hoc especializado para que monitoree los avances en la implementación de la primera etapa para la eliminación del doble cobro del Arancel Externo Común del MERCOSUR.

1. Contexto de la Cumbre del MERCOSUR

La reunión del CMC desarrollada en Asunción se llevó a cabo en un contexto bastante similar al que caracterizó la reunión de Foz de Iguazú realizada seis meses antes, especialmente si se toman en cuenta los reclamos de los socios por la aplicación de las licencias no automáticas de importación3, en este caso afectando de forma más pronunciada las relaciones comerciales entre Argentina y Brasil, si bien Uruguay sigue presentando por la aplicación del mismo tipo de medidas, algunas dificultades en su comercio con Argentina y en menor medida con Brasil.

En el caso uruguayo, el número de temas pendientes en la agenda bilateral con Argentina, así como los nuevos asuntos que se agregaron más recientemente a la misma4 y en los que también se visualizan dificultades para avanzar, también afectaron negativamente al contexto previo al desarrollo de la Cumbre del MERCOSUR.

Por otra parte, en el enfoque otorgado por el gobierno uruguayo a los asuntos que Uruguay menciona como prioritarios para el desarrollo de su Presidencia Pro Tempore (PPT) para los próximos seis meses, se vislumbra una visión crítica del gobierno nacional con respecto al bloque.

En efecto, entre las materias que la PPT de Uruguay atenderá con mayor énfasis se encuentran la reforma institucional, específicamente en lo que refiere a una revisión del sistema de solución de controversias, donde de acuerdo a las expresiones del Canciller uruguayo, Embajador Luis Almagro, se apostará a que el mismo “sea más efectivo y lleve al cumplimiento de los laudos arbitrales” y a la eliminación de los órganos del MERCOSUR que no “tienen razón de ser”.

Entre los temas más específicos, se planteó como meta la concreción de la primera etapa de la eliminación del doble cobro del arancel externo común y la culminación de la revisión del Protocolo de Compras Públicas del MERCOSUR.

Por último, entre las cuestiones que podrían ser denominadas ya tradicionales en las agendas de las PPT de los Estados Partes, Uruguay incorporó el tratamiento de las asimetrías, la complementación productiva y la agenda externa del MERCOSUR.

Con respecto a esta última, las negociaciones con la Unión Europea adquieren especial significación, mucho más en momentos en que los resultados alcanzados en la sexta ronda de trabajo desde que se relanzaron las negociaciones, avizoran un enlentecimiento de las negociaciones.

3Las mismas son contrarias a las disposiciones del MERCOSUR, especialmente porque no están contempladas en lo que dispone el artículo 50 del Tratado de Montevideo.

4 Entre los que se encuentran la utilización de la red eléctrica argentina para concretar la comercialización de energía paraguaya con Uruguay y Chile y los permisos para operar con vuelos comerciales en ciudades argentinas.

Otras negociaciones mencionadas como prioritarias en la agenda externa de la PPT de Uruguay, fueron las del MERCOSUR con Canadá.

También vinculado con la agenda externa, se volvió a insistir en la importancia de incorporar a Venezuela como socio pleno del MERCOSUR. Asimismo, llamativamente se volvió a plantear la posibilidad de que tanto Bolivia como Ecuador ingresen al MERCOSUR como socios plenos. En este sentido, cabe resaltar que para que Bolivia y Ecuador integren el bloque como Estados Miembros, técnicamente deberían abandonar la Comunidad Andina de Naciones, dado que se está frente a dos uniones aduaneras5.

Cabe señalar que en la Cumbre de Asunción, se desarrolló por primera vez el Foro de Ministros de Industria de los Estados Partes6.

5 Lo que por definición implica un arancel externo común y una política comercial común.

6 Los ministros de industria de los Estados Partes no integran el Consejo del Mercado Común del MERCOSUR.

Acciones planteadas en el Foro de Ministros de Industria del MERCOSUR

La decisión de conformar el mencionado foro es adjudicada a la Ministra argentina Débora Giorgi que habría planteado tal posibilidad al Alto Representante General del MERCOSUR en mayo de 2011.

Entre los temas planteados por los ministros de industria, se destacaron la necesidad de consolidar procesos de agregación de valor con cadenas productivas regionales, reconociendo su importancia como plataforma de desarrollo y coincidiendo en la necesidad de establecer estrategias comerciales comunes para ingresar a mercados exteriores con una industria innovadora y competitiva.

Algunas de las propuestas específicas presentadas por la delegación argentina fueron:

 la creación de un observatorio de política industrial del MERCOSUR, que tenga por objetivo la sustitución de importaciones y la promoción de las exportaciones,

 la articulación de medidas de defensa comercial, entre los que se menciona en particular a los países del sudeste asiático, a los efectos de preservar el mercado interno,

 la profundización de la integración productiva, mencionando como ejemplo la implementación de un financiamiento con subsidio de tasas para pymes con proyectos de integración productiva, y

 alcanzar para 2013 la Política Automotriz del MERCOSUR (PAM).

Si bien fue matizado con declaraciones posteriores al desarrollo de la reunión, distintos medios de prensa coincidieron en que una de las mayores preocupaciones de algunas de las delegaciones participantes, estuvo centrada en evitar la invasión de productos de origen asiático, potenciada en los últimos años, para lo cual sería necesario discutir la implementación de medidas de defensa comercial conjuntas, que como es sabido no es la modalidad seguida por los socios hasta la fecha.

Por otra parte, la ausencia7 de la Presidenta de Argentina8 causó sorpresa y afectó el

desarrollo la Cumbre de Presidentes9, ya que no es habitual que los primeros

mandatarios de los países Miembros se ausenten de las reuniones semestrales del

MERCOSUR10.

En lo que refiere al contexto en que se desarrolló la Cumbre Presidencial, en el

comunicado conjunto de los Presidentes de los Estados Partes se hizo especial

mención al vigésimo Aniversario del Tratado de Asunción, cumplido el 26 de marzo de

2011.

En ese sentido, en el capítulo segundo del informe se incorporó un breve capítulo

sobre las principales características del comercio bilateral entre Uruguay y los socios

del MERCOSUR, desde la aprobación de Tratado de Asunción.

7 Adjudicada a la recomendación de la Unidad Médica Presidencial.

8 En su lugar participó el Canciller argentino Héctor Timerman.

9 Todas las delegaciones tenían previsto reuniones con la Primer Mandataria de Argentina.

10 La Cumbre de Presidentes contó con la participación del Presidente de Ecuador, del Vicepresidente de

Colombia, el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile y el representante del Estado plurinacional de Bolivia.

Además participó el Ministro de Relaciones Exteriores de Japón, la Secretaria Ejecutiva de la CEPAL y el

subsecretario de comercio de México para América Latina y el Caribe.

Importaciones del MERCOSUR originarias de China (1)

En 2010, las importaciones de bienes del MERCOSUR originarias de China superaron los US$ 35 mil millones, registrando una variación anualizada del 33% (en el período 2001 – 2010). Las importaciones totales del MERCOSUR crecieron a una tasa del 13% en el mismo período.

Como puede observarse en el gráfico adjunto, la participación de las adquisiciones de China ha aumentado sistemáticamente en los últimos años, pasando de representar el 3% del total adquirido por el MERCOSUR en 2001 al 14% en 2010.

En 2010, los principales productos adquiridos desde China por el MERCOSUR fueron máquinas y aparatos eléctricos (Capítulo 85), seguido de las máquinas, reactores, calderas y aparatos (Capítulo 84), productos químicos orgánicos (Capítulo 29), vehículos automóviles y sus partes (Capítulo 87), que medidos en conjunto explicaron en el entorno del 80% de total adquirido desde China.

El análisis de las importaciones del MERCOSUR originarias desde China permite visualizar los importantes cambios que en la estructura de las mismas se han dado en los últimos años. En efecto, si se atiende a los cambios en la participación entre los años 2001 – 2010, entre los productos originarios de China que ganaron mayor participación en el total importado por el bloque, se destacan tejidos de punto (pasó del 7% al 82%), productos cerámicos (pasó del 11% al 48%), prendas y complementos de vestir (pasó del 29% al 65%), filamentos sintéticos o artificiales (pasó del 2% al 35%), algodón (pasó del 1% al 34%) y máquinas y aparatos y material eléctrico y sus partes (pasó del 5% al 35%).

Cuadro 1– Importaciones de bienes del MERCOSUR por producto

Fuente: DICI en base a Trade Map

2. Veinte años del MERCOSUR11

Como se comentó anteriormente, el 26 de marzo de 2011 se cumplieron 20 años de la

firma del Tratado de Asunción que constituyó el Mercado Común del Sur. Por ese

motivo, en esta oportunidad se incorporó una breve caracterización del

relacionamiento comercial de bienes del Uruguay con los otros Estados Partes.

Medidas en dólares corrientes, entre los años 1991 y 2010 las exportaciones

uruguayas con destino a los países del MERCOSUR aumentaron a una tasa anualizada

del 7% (las ventas externas totales aumentaron al 8% en el mismo período12), pasando

de una suma cercana a los US$ 560 millones en 1991 (año en que se firmó el Tratado

de Asunción), lo que implicó un 35% del total exportado por Uruguay, a los US$ 2.200

millones en 2010 representando el 32% de las colocaciones totales.

Por su parte, en el mismo período, las importaciones uruguayas originarias del

MERCOSUR crecieron a una tasa anualizada del 9% (mismo crecimiento que el

registrado por las adquisiciones totales), alcanzando un monto superior a los US$ 650

millones en 1991 (lo que supuso el 42% del total importado por el país) y superando

los US$ 3.100 millones en 2010, alcanzando un participación del 37%.

Como se desprende del gráfico 2, el saldo comercial de Uruguay con el MERCOSUR ha sido deficitario en todo el período analizado, incluso presentando una tendencia

creciente en los últimos años.

11 Sin incluir las operaciones desde y a través de zonas francas instaladas en Uruguay.

12 Mientras que las exportaciones mundiales lo hicieron a una tasa del 7%.

Dicho déficit estuvo explicado principalmente por Argentina y Brasil, mientras que con

Paraguay se registra un equilibrio comercial, incluso con algunos períodos de

superávit.

En el caso de Argentina, el saldo comercial en bienes ha sido de signo negativo en

todo el período, mientras que en el caso de Brasil, si bien se registraron algunos años

de superávit, se aprecia una acentuación del déficit en los últimos años (ver gráfico 3).

Cabe recordar que el análisis incluye solo el comercio de bienes y no el de servicios,

por lo que de incluirse dicho comercio, los resultados del saldo comercial de bienes

(negativo en cerca de US$ 950 millones en 2011) se encontrarían más equilibrados.

Si se clasifican las exportaciones nacionales con destino a los Estados integrantes del

MERCOSUR por la clasificación de bienes agrícolas y no agrícolas (también

denominados industriales) utilizada por la OMC en sus negociaciones multilaterales13

(entre los años 199414 – 2010), las exportaciones industriales, si bien han mostrado un

mejor desempeño que las agrícolas luego de la crisis de 2001 – 2002, se han visto

afectadas en mayor medida por la crisis de 2008.

13 Si bien con algunas excepciones, la OMC considera agrícola a los capítulos 01 al 24 (sin considerar el capítulo 03) e industriales del capítulo 25 al 97.

14 Teóricamente, en diciembre de 1994 culminaba el período de convergencia previsto por el Tratado de Asunción.

En lo que refiere la participación de las mencionadas categorías en el total exportado,

como es sabido, los productos industriales alcanzan una participación mayor que los

bienes agrícolas (56% frente al 44% en 2010) en las ventas hacia el MERCOSUR, aunque si se lo compara con la importancia detentada en el año 1994, las bienes industriales perdieron participación frente a los agrícolas.

Si se divide por país socio, en 2010, el porcentaje mayor de exportaciones

industriales15 de acuerdo a la clasificación mencionada estarían dirigidas hacia Brasil,

seguido por Argentina y en mucho menor medida por Paraguay.

Una vez superada la crisis regional, donde las exportaciones industriales con destino a

Argentina disminuyeron en mayor medida que las destinadas a Brasil, en

contrapartida, años más tarde registraron un desempeño mejor que el presentado con

destino al socio mayor del MERCOSUR, si bien medidas en conjunto aún presentan una

menor participación.

Como resultado de analizar las exportaciones uruguayas a nivel de Capítulo del

Sistema Armonizado, en 2010, los principales productos de exportación con destino al

MERCOSUR fueron cereales, plásticos y sus manufacturas, vehículos y sus partes,

productos de molinería (malta) y leche y productos lácteos, explicando cerca del 50%

del total colocado con destino a dicho bloque comercial.

Comparando la estructura de las exportaciones nacionales con destino al MERCOSUR

entre los años 1994 (fecha en que se suscribió el Protocolo de Ouro Preto) y 2010, a

nivel de capítulo se registraron algunos cambios de interés.

15 En las exportaciones agrícolas la participación de Brasil supera el 90%.

En efecto, entre los principales productos de exportación que perdieron relevancia en el período considerado se ubican vehículos automóviles y sus partes16 (perdiendo cerca de trece puntos porcentuales), prendas y complementos de vestir (su participación disminuyó 4%), leche y productos lácteos (disminuyendo 3,6%).

Por otra parte, aumentaron su participación plástico y sus manufacturas (aumentó cerca de 7 puntos porcentuales), combustibles minerales y malta (aumentando su participación en el entorno de 4 puntos porcentuales cada capítulo).

16 La pérdida en la participación del mencionado capítulo se encuentra explicada por los vehículos y automóviles y no por las autopartes. A su vez, debe tenerse en cuenta la fuerte recuperación del sector en los últimos años especialmente impulsado por el comercio con Brasil y con Argentina.

3. Decisiones aprobadas

En la XLI Cumbre del MERCOSUR se aprobaron un total de 19 decisiones, de la 03/2011 a la 21/2011. Cabe señalar que la Decisión CMC Nº01/11 y 02/11 fueron aprobadas por el mecanismo previsto en el artículo 6 de la Decisión CMC Nº20/02.

La Decisión CMC Nº01/11 refiere a la Designación del Alto Representante General del MERCOSUR17, mientras que a través de la Decisión CMC Nº02/11 se aprobó el proyecto FOCEM para la construcción de una autopista en Paraguay.

Así como ocurrió en la Cumbre del MERCOSUR desarrollada en Foz de Iguazú, Brasil, en la Reunión del CMC desarrollada en Asunción no se aprobaron normas de impacto al menos inmediato para los Estados Miembros.

17 Por mayor información sobre dicha autoridad comunitaria, se recomienda acceder al informe correspondiente a la XL reunión del MERCOSUR. En www.ciu.com.uy (sección Integración y Comercio Internacional).

18 Todas las decisiones aprobadas en la reunión del CMC pueden ser consultadas en el sitio web del MERCOSUR, www.mercosur.int.

4. Decisiones más relevantes para el sector industrial

4.1 Coordinación macroeconómica

La coordinación macroeconómica sigue siendo uno de los asuntos pendientes en la agenda del MERCOSUR, si bien con el correr de los años se han aprobado algunas normas relacionadas con dicha temática.

A través de la decisión CMC Nº03/11 (que no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes) se decidió crear en el ámbito del Grupo de Monitoreo Macroeconómico (GMM), las siguientes comisiones:

 Comisión de finanzas públicas,

 Comisión Monetaria y Financiera,

 Comisión de Balanza de Pagos,

 Comisión de Diálogo Macroeconómico,

 Comisión de Divulgación.

El mencionado GMM fue creado en el año 2000 por la Decisión CMC Nº30/00 sobre coordinación macroeconómica, donde se instruyó a que en el ámbito de la Reunión de Ministros de Economía y Presidentes de Bancos Centrales (las reuniones fueron instaladas por la Decisión CMC Nº06/91) se cree dicho ámbito especializado.

En su momento, la Decisión CMC Nº30/00 propuso la elaboración de estadísticas armonizadas basadas en una metodología común, como así también la posterior definición de metas fiscales, de deuda pública y de precios acordados en forma conjunta, así como el proceso de convergencia correspondiente.

4.2 Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR

La Decisión CMC Nº09/11 (no debe ser incorporada por los Estados Partes) volvió a prorrogar hasta la XLII Reunión Ordinaria del MERCOSUR el plazo para la Revisión del Protocolo de Contrataciones Públicas (la Dec CMC Nº66/10 ya lo había prorrogado) aprobado por la Decisión CMC Nº23/10.

Cabe recordar que dicha decisión, aprobada en la Cumbre de San Juan realizada en Argentina, estableció la revisión del protocolo con el objetivo de modificar el mismo en pos de adaptarlo a las actuales condiciones existentes en cada uno de los Estados Miembros y en búsqueda de asegurar su pronta aplicación.

La revisión que estaba a cargo del Grupo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR debería haber sido presentada en la reunión de Foz de Iguazú.

El Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR fue aprobado a través de la Decisión CMC Nº27/04, que luego fue sustituido por la Decisión CMC Nº23/06, norma que hasta la fecha no ha sido incorporada por ninguno de los Estados Partes.

4.3 Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR

La Decisión CMC Nº11/11 (no necesita ser incorporada por los Estados Partes) volvió a modificar la suma anual destinada a financiar los gastos de funcionamiento definidos para la Unidad Técnica del FOCEM (los mismos ya habían sido modificados por la Decisión CMC Nº24/05).

La misma decisión derogó las exigencias previstas en la Decisión CMC Nº50/08 para los Proyectos de Integración Productiva presentados en el marco del FOCEM.

4.4 Fortalecimiento de los mecanismos para la superación de las asimetrías19

La implementación de mecanismos para la superación de asimetrías ha sido uno de los reclamos históricos de varios de los Estados integrantes del MERCOSUR, en especial Paraguay y Uruguay20.

Cabe señalar, que si bien el MERCOSUR reconoció desde sus inicios algunas asimetrías funcionales en la aprobación de las normas comunitarias, períodos de aplicación de las mismas, flexibilidades, excepciones y regímenes especiales etc., postergó el reconocimiento de asimetrías estructurales hasta la aprobación del FOCEM en el año 2004.

Si bien algunos de los instrumentos aprobados en los últimos años apuestan a dicha contemplación, como es el caso del FOCEM, se espera la disponibilidad de mayores recursos así como la implementación de nuevos mecanismos que busquen el mismo objetivo.

19 Por información complementaria sobre la superación de las asimetrías en los procesos regionales se recomienda consultar los informes oficiales realizados en el año 2005, por la Secretaría del MERCOSUR, la Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones, la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración y el Sistema Económico Latinoamericano.

20 En los dos casos se han presentado propuestas en este sentido ante los órganos ejecutivos del MERCOSUR.

La Decisión CMC Nº13/11 (no debe ser incorporada por los Estados Miembros) decidió crear un Grupo de Trabajo para la superación de asimetrías, que dependerá del Grupo del Mercado Común (GMC) y deberá dar cumplimiento a lo definido en el Artículo 62 de la Decisión CMC Nº56/10.

La Dec. CMC Nº56/10 trata sobre la consolidación de la unión aduanera y sus artículos 61 y 62 refieren al fortalecimiento de los mecanismos para la superación de las asimetrías.

Decisión CMC Nº56/10

Art. 61 – A fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Decisión CMC Nº34/06, los Estados Partes presentarán, a más tardar el 31 de diciembre de 2011, un primer conjunto de proyectos e iniciativas destinados a la superación de las asimetrías del bloque y a la inserción competitiva de las economías menores en la unión aduanera. Estos proyectos, en particular, deberán contemplar las restricciones de Paraguay por su condición de país sin litoral marítimo.

Art. 62 – Los Estados Partes considerarán la posibilidad de contar con un ámbito de formulación estratégica del MERCOSUR, que incluya la participación de espacios académicos y gubernamentales.

El mencionado grupo de trabajo deberá presentar una propuesta que incluya iniciativas de análisis sistemático para la superación de las asimetrías y que contemplen la interacción entre el sector público y el académico.

La misma norma indica los temas a los que se deberá dar más énfasis, entre los que se destacan:

a) el fortalecimiento de los mecanismos vigentes en el ámbito de la superación de las asimetrías,

b) la evaluación del estado de situación de las iniciativas presentadas por los Estados Partes,

c) la elaboración y presentación de iniciativas en materia de asimetrías y mediterraneidad así como el apoyo a iniciativas de los Estados Partes.

La mencionada propuesta deberá ser presentada antes del 31 de diciembre de 2011.

4.5 Doble cobro del Arancel Externo Común

A través de la Decisión CMC Nº15/11 se creó un Grupo Ad Hoc de Alto Nivel como órgano dependiente del GMC y estará encargado de supervisar las tareas necesarias para implementar la primera etapa de las Decisiones CMC Nº10/10 y CMC Nº56/10.

15

Cabe recordar que la Decisión CMC Nº10/10 aprobó los lineamientos para la implementación de la eliminación del doble cobro del Arancel Externo Común del MERCOSUR (AEC) y sobre la distribución de la renta aduanera generada por los Miembros del bloque.

Dicha Decisión complementa lo establecido en las Decisiones CMC Nº54/04 y CMC Nº37/05. En particular, la Dec Nº37/05 definió el universo de productos que se beneficiarían de la libre circulación de acuerdo a lo establecido en el artículo segundo de la Dec Nº54/04. La nueva decisión avanza en incorporar a la libre circulación a los bienes que no califican en el artículo segundo de la Decisión CMC Nº54/04, pero estableciéndose tres etapas.

La Decisión aprobada en Asunción (que tampoco debe ser incorporada), crea el Grupo Ad Hoc con el objetivo de dar seguimiento a la etapa mencionada.

Primera etapa – productos sin transformación

En la primera etapa se indica que recibirán el tratamiento de bienes originarios del MERCOSUR, los bienes importados de terceros países por un Estado Parte que cumpla con la Política Arancelaria Común (PAC) y que circulen sin transformación dentro del MERCOSUR.

La Decisión no define las condiciones para considerar un producto sin transformación, discusión que se posterga y fue delegada a la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

En este caso, se entiende como cumplimiento de la PAC el pago del AEC, o del arancel residual que resulta de la aplicación de preferencias comerciales negociadas en acuerdos suscriptos por el MERCOSUR.

El documento que habilitará la libre circulación de los productos del universo anteriormente mencionado será el certificado de Cumplimiento de la Política Arancelaria Común (CCPAC), que serán emitidos por los Estados Partes y debe ser reconocido por todos los Miembros.

Es importante señalar, que en esta primera etapa no cumplen con la PAC aquellos productos que conforman las excepciones al AEC, como las listas nacionales, sectoriales y los regímenes especiales de importación.

La Decisión aclara que esta primera etapa deberá estar en pleno funcionamiento a partir del primero de enero de 2012.

Con respecto a la distribución de la renta aduanera, la Decisión si bien no establece el procedimiento que finalmente se aplicará, define que el mismo deberá acordarse de forma “transparente, ágil y simplificada”.

Sobre la distribución de la renta, se dispuso que en los casos en que un producto que cumpla con la PAC de acuerdo a lo establecido en la primera etapa, sea importado por un Estado Miembro, pero consumido en otro, la renta aduanera corresponda al Estado de destino final de ese bien.

Para el cumplimiento de la primera etapa, así como lo preveía la Decisión CMC Nº10/10, se deberá dar cumplimiento a las otras etapas vinculadas con el perfeccionamiento de la unión aduanera y que hasta la fecha aún siguen pendientes.

En particular se destaca la incorporación y reglamentación del Código Aduanero del MERCOSUR (aprobado en la Cumbre de San Juan por la Decisión CMC Nº27/10), y la definición del mecanismo de distribución de la renta aduanera.

Con respecto a la otra norma mencionada en la decisión comentada, en particular la Decisión CMC Nº56/10, cabe recordar que la misma aprobó el Programa de Consolidación Aduanera, donde se hace un relevamiento de todos los temas en los cuales hay que avanzar en pos de alcanzar un perfeccionamiento de la unión aduanera.

Resultados alcanzados en las negociaciones para la eliminación del doble cobro del AEC

De acuerdo al informe21 sobre los resultados de la Presidencia Pro Tempore de Paraguay, la presidencia “puso especial énfasis en los trabajos tendientes a la implementación y organización de los compromisos establecidos en las Decisiones CMC Nº10/10 y Nº56/10, en cuyo marco se han fijado plazos convocando diversas reuniones durante el semestre. En tal sentido, cabe señalar el significativo avance de los trabajos técnicos realizados en el ámbito de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con miras a la implementación de la Eliminación del Doble Cobro del AEC y Distribución de la Renta Aduanera. En este Foro se acordó un Plan de Trabajo para el año 2011 y se avanzó significativamente en el proyecto de Reglamentación, con el objetivo de implementar la primera etapa prevista en la Dec. CMC Nº10/10, que deberá estar en pleno funcionamiento a partir del 1º de enero de 2012. Asimismo, se avanzó en la definición de los conceptos como bienes sin transformación; consumo o utilización definitiva; país de destino final; la marcación y utilización del Certificado de Cumplimiento de Política Arancelaria Común (CCPAC); especificación del proyecto del Programa Informático para el Sistema de Validación de Información Comercial; entre otros elementos.

Al margen del avance del documento de trabajo y esfuerzos realizados por los técnicos, se han identificado elementos que requerirán de mayor análisis para su implementación, como ser la implementación informática, el procedimiento de validación de los datos y el intercambio de información, considerando las posibles dificultades de carácter legal que generarían para algunos de los Estados Partes.

Los trabajos seguirán en el segundo semestre con base a los lineamientos y plan de trabajo acordado durante este semestre, particularmente vinculado al tratamiento del mecanismo de transferencia de recursos para la distribución de la renta aduanera, incluyendo la compensación para el Paraguay y el monitoreo del impacto de la eliminación del doble cobro del Arancel Externo Común.

En la última Reunión Ordinaria del GMC se acordó crear un Grupo Ad-Hoc de Alto Nivel integrado por los Coordinadores Alternos del Grupo Mercado Común, que reporte a los Coordinadores del GMC, para supervisar los trabajos para la Eliminación del Doble Cobro del AEC, con el fin de facilitar el cumplimiento de los plazos previstos en la Decisión 56-10.

Por otra parte, también en el marco del Programa de Consolidación de la Unión Aduanera, se han mantenido videoconferencias y convocado reuniones sobre los temas de Incentivos, Defensa Comercial y Salvaguardias, Código Aduanero, entre otros…”.

21 Acta Nº01/11 de la XLI Reunión del Consejo del Mercado Común, Anexo III.

17

4.6 Funcionamiento del Parlamento del MERCOSUR

A través de la Decisión CMC Nº18/11 se aprobó la Recomendación Nº16/10 del Parlamento del MERCOSUR que refiere a las “normas de aplicación del Protocolo Constitutivo y del Acuerdo Político para la Consolidación del MERCOSUR y Proposiciones correspondientes”.

Se establece que luego de aprobada la Decisión comentada (no se definió la obligación de que la norma sea incorporada, pero tampoco su no incorporación), el Parlamento se conformará de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Recomendación Nº16/1022.

4.7 Libertad de tránsito

La Decisión CMC Nº19/11 dispuso que las mercaderías, así como los medios de transporte terrestres y fluviales (el aéreo y el marítimo son expresamente excluidos), gozarán de libertad de tránsito dentro del territorio de los Estados Partes, donde no se podrá hacer distinción alguna que se funde en el pabellón de las embarcaciones fluviales, en el origen, en los puntos de entrada, de salida o de destino, o en consideraciones relativas a la propiedad de la mercadería, los medios de transporte terrestre y de las embarcaciones.

Se establece que se respetará las legislaciones nacionales de los Estados Partes y que se hará sin perjuicio de lo establecido en el artículo 50 del Tratado de Montevideo.

La norma debe ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/1/2012.

22 Para conocer la composición del Parlamento del MERCOSUR propuesta, se recomienda acceder al informe XL Reunión del Consejo del Mercado Común correspondiente a diciembre de 2010. En; www.ciu.com.uy (sección Integración y Comercio Internacional).