Compartimos el punto de vista del senador Ope Pasquet (Partido Colorado) bajo el título “Seguridad Social y proyecto restaurador”.

“En la semana que concluye, el Parlamento sancionó un proyecto de ley que en treinta artículos introduce varias modificaciones al régimen mixto de seguridad social, vigente desde 1996 por imperio de la ley 16.713.

El trámite legislativo fue ultrarrápido: quince días en el Senado, veinticuatro horas en Diputados. En esos plazos, ni los diputados ni los senadores pudimos estudiar a conciencia un proyecto técnicamente muy complejo, como suelen serlo los atinentes a la seguridad social. Para que el lector tenga un punto de referencia, cabe recordar que el procedimiento para la sanción de leyes de urgencia (Constitución, art. 168, nral. 7º), prevé que la Cámara que trata el proyecto en primer término disponga de 45 días para su estudio; el plazo es de 30 días para la segunda Cámara. Comparada con lo que fue el trámite dado a este proyecto, una ley de urgencia parecería una carreta de insoportable lentitud. Por lo visto, el Frente Amplio llegó a la conclusión de que es suficiente con que las leyes las estudie el Poder Ejecutivo; la mayoría oficialista se da por satisfecha con eso, y lo que piense o diga la oposición no importa, porque es minoría. Así funcionan las cosas hoy en el Parlamento.

Desde el punto de vista del contenido, la ley es heterogénea; regula varios temas, como el derecho a desvincularse de las AFAPs que se otorga a algunos trabajadores que se afiliaron voluntariamente a ellas; la incidencia del monto de las comisiones cobradas por cada Administradora en el mecanismo de asignación de afiliados, en defecto de una decisión expresa de éstos; y la constitución de un subfondo de retiro para disminuir el riesgo de las colocaciones (y por consiguiente su rentabilidad) cuando el afiliado se acerca a la edad de la jubilación.

Desde el punto de vista político, empero, lo sustancial no fueron estas disposiciones particulares, que corrigen y en algún aspecto buscan mejorar el régimen establecido por la ley 16.713; lo sustancial fue el discurso anti AFAPs con el que el asunto fue presentado a la opinión pública. El PIT-CNT y en particular uno de sus dirigentes principales, Marcelo Abdala, dijeron enfáticamente que la sanción de este proyecto de ley fue sólo un paso en el camino al gran objetivo, que es la eliminación de las AFAPs. El movimiento sindical las rechaza porque, sociedades comerciales como son, actúan con ánimo de lucro; el ánimo de lucro no debería tener cabida, según el Sr. Abdala y sus compañeros, en el ámbito de la seguridad social. No se dice con claridad qué se propone para sustituir a las AFAPs y al régimen de ahorro individual que ellas administran, pero está implícito en la crítica al sistema mixto hoy vigente, que lo que se busca es el retorno al régimen llamado de solidaridad intergeneracional, o de reparto, administrado sin fines de lucro por el BPS. O sea: lo que se quiere –aunque no se diga con todas las letras- es restaurar el sistema existente antes de la sanción de la ley 16.713.

Y bien: corresponde recordar que la ley 16.713 se sancionó para evitar la crisis del sistema de seguridad social, con el consiguiente impacto destructor sobre los jubilados, los pensionistas, las arcas del Estado y el país entero.

Ya a principios de los años sesenta, los estudios técnicos realizados por la OIT a solicitud de la CIDE señalaban que la combinación de nuestras generosas “leyes sociales” y la particular demografía uruguaya, comprometía el futuro de la seguridad social. En las décadas que siguieron, aquellas grietas en el muro relevadas por la OIT se fueron haciendo más grandes y más profundas. En 1989, los egresos totales del BPS representaban unos diez puntos del PBI; en 1994, eran ya quince puntos; había que actuar, y rápido.

El gobierno del Partido Colorado iniciado en 1995 (segunda presidencia del Dr. Sanguinetti), se abocó de inmediato a la tarea. Con el respaldo del Partido Nacional y la oposición del Frente Amplio, se logró que la ley se sancionara ese mismo año, para entrar en vigencia al año siguiente. Se respetaron plenamente los derechos adquiridos (la ley no alcanzó a quienes tenían causal jubilatoria configurada a la fecha de su entrada en vigencia) y se estableció, para el futuro, un sistema mixto de reparto (BPS) y capitalización (AFAPs), que es el que hoy tenemos.

¿Qué resultados tuvo la reforma? Los egresos del BPS representan hoy menos de diez puntos del PBI; el gran ahorro en este campo generó un “espacio fiscal” que permitió financiar, entre otras cosas, el aumento de las asignaciones presupuestales a la educación pública (de 3,1 a 4,5% del PBI, es decir, una apenas una fracción del ahorro en el BPS). Las jubilaciones y pensiones se pagaron regularmente aún durante la terrible crisis del 2002. Las AFAPs tienen, en números redondos, 1.200.000 afiliados (casi el 90% de ellos, voluntariamente afiliados), y los fondos que administran suman unos 10.000 millones de dólares. De ese total, la tercera parte corresponde a los aportes vertidos por los trabajadores, y las dos terceras partes son intereses producidos por las colocaciones realizadas.

La reforma fue un éxito, lo que no quiere decir que haya sido perfecta. Como toda obra humana, tuvo errores y defectos que deben corregirse y omisiones que deben colmarse. Por eso el Partido Colorado votó a favor de los dos artículos que permiten optar por la desvinculación de las AFAPs, a afiliados a quienes pueda resultar más conveniente la jubilación por el antiguo régimen.

Pero una cosa es corregir errores o introducir mejoras, y otra muy distinta es pretender tergiversar los hechos y hacer, de una reforma a todas luces exitosa, un capítulo más de la letanía sindical contra los años noventa, pretendido origen de todos los males (el origen de todos los bienes, se sabe, es el gobierno “progresista”, al que la Humanidad debe la invención del café con leche y el pan con manteca).

Precisamente para rechazar ese alegato retrógrado contra la reforma de la seguridad social, el Partido Colorado votó en general en contra del proyecto de ley (sin perjuicio, reitero, de haber votado a favor de los dos artículos que establecen el derecho a la desafiliación en ciertos casos).

Son más de 800.000 los afiliados que en algún momento podrán optar por salir de las AFAPs. Los dirigentes sindicales dirán lo que quieran en el terreno ideológico, pero cuando llegue la hora de elegir pensando en la jubilación, la inmensa mayoría de los trabajadores optará por quedarse en el régimen que defiende y multiplica sus ahorros. Más allá de las palabras, la conducta de las grandes mayorías será la mejor defensa y justificación de la ley 16.713’”.