Resolución S/N/022. Se otorga a la Universidad de la República un crédito por el IVA incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a la ejecución del proyecto Red de Competencia en Internet de las Cosas.

La resolución del Poder Ejecutivo lleva la firma del Presidente de la República, Luis Lacalle Pou y la ministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche.

Montevideo, 5 OCT 2022 VISTO: la solicitud realizada por la Universidad de la República, que refiere a que se otorgue un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios vinculados al proyecto “Red de Competencia en Internet de las Cosas”, financiado por la Unión Europea;

RESULTANDO:

  1. I) que en el mes de enero de 2021 la Unión Europea, a través del Programa Erasmus+, concedió una subvención dinerada a la Universidad de la República;
  2. II) que dicha subvención tiene como objeto financiar el proyecto de cooperación “Red de Competencia en Internet de las Cosas”, cuya finalidad consiste en la actualización y mejora de los planes de estudio de las diferentes carreas universitarias, la creación de al menos cinco laboratorios de Internet de las Cosas, la formación de su cuerpo académico y la colaboración entre la industria local y regional;

III) que el artículo 70 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 29 de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, y el artículo 85 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, otorgan un crédito a los organismos estatales que no sean contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para la ejecución de proyectos financiados por otros Estados o por Organismos Internacionales y establecen la forma de materializar dichos créditos; CONSIDERANDO: I) que se entiende conveniente otorgar dicho crédito a la entidad mencionada en el Visto, dado el interés que reviste para el país la finalidad del referido proyecto;

  1. II) que en aplicación de lo dispuesto por los citados artículos 70 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, en la redacción dada por el artículo 29 de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, y 85 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, los certificados de crédito nominativos a expedirse deberán reintegrar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios por el monto financiado por el Organismo Internacional;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA RESUELVE:

1o) Otórgase a la Universidad de la República, un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios destinados a la ejecución del proyecto “Red de Competencia en Internet de las Cosas”, financiado por la Unión Europea. Dicho crédito será materializado mediante la entrega de certificados de crédito nominativos en la forma que establezca la Dirección General Impositiva.

2o) La Dirección General Impositiva controlará que los certificados de crédito nominativos a expedirse reintegren el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios, por el monto financiado por el Organismo Internacional, de acuerdo a lo estipulado por el respectivo acuerdo de subvención.

3o) Comuniqúese a la Dirección General Impositiva, notifíquese al interesado y archívese.

Fuente Imagen: Interamericana de Cómputos.