Adiós a la utilización en forma maliciosa o para bromas jocosas de la línea 911 de Emergencias o al menos significará una reducción significativa de la mencionada mala práctica, en caso de aprobarse un artículo contenido en la Ley de Urgente Consideración (LUC).

Para quienes cometan dicha falta se les podría llegar a aplicar multas que van desde las 10 Unidades Reajustables (unos $ 12.600) a las 100 UR (unos $ 126.000).

¿Qué establece el artículo promovido por el Ministerio del Interior en la LUC?

En ocasión de participar en el Parlamento días, el subsecretario Guillermo Maciel expresó: “El artículo 106 es también un artículo complementario y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 166 de la Ley n.º 19355”.

La ley –agregó- “actualmente vigente refiere a las llamadas al servicio 911 cuando se hace uso irregular de las mismas en forma maliciosa o para bromas jocosas, interfiriendo en esa línea. La única medida que existe hoy es que cuando hay más de tres comunicaciones en el mes o más de seis en el año de esa naturaleza, aparece la posibilidad de hacer un bloqueo por períodos que van desde una semana hasta seis meses”.

Por tanto, sostuvo Maciel, “se entiende que esta medida hasta ahora ha resultado insuficiente, y por lo tanto se amplía la posibilidad de sanciones a través de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, con multas que van desde las 10 a las 100 unidades reajustables al titular de la línea telefónica”.

Geolocalización

Por su parte, el subsecretario señaló que “el artículo 105 tiene que ver con las empresas operadoras de telecomunicaciones y las llamadas efectuadas al servicio 911 desde telefonía móvil. Esto es sin perjuicio del artículo 97 de la Ley n.º 19670, del año 2018.

Fundamentó que “lo que se busca con este artículo es complementar esa norma de manera tal de establecer un plazo y una multa a efectos de que las empresas de comunicación den cumplimiento a la información para obtener la geolocalización de determinado dispositivo electrónico. En este caso, un ejemplo reciente fue el asesinato de un hincha en la calle 8 de octubre, a la salida de un partido clásico, donde la ubicación del celular resultó ser clave para la investigación y aclaración del hecho delictivo”.

Entonces, manifestó Maciel, “la premura en obtener esa información y recibirla de las empresas de telecomunicaciones es fundamental. De ahí el establecimiento de un plazo y de una multa en caso de que hubiese incumplimiento, que imaginamos que no va a ocurrir”.

Fuente Imagen: jpdurazno.minterior.gub.uy